Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2001 (26/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 26 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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queda autorizado a gestionar el financiamiento necesario mediante, entre otros, los fondos establecidos en el Articulo 2º del citado cuerpo normativo. 34.2 El INRENA fomenta la formacion de Guardaparques, procurando su capacitacion formal a traves de la implementacion de un Programa Nacional de Capacitacion que incluya en lo posible el establecimiento de una Escuela de Guardaparques. 34.3 La capacitacion tambien puede ser desarrollada por otras organizaciones o consorcios de instituciones, preferentemente con experiencia en manejo de areas naturales protegidas y en capacitacion, particularmente de su personal. CAPITULO IV DOCUMENTOS DE GESTION Y POLITICAS Articulo 35º.- Del Plan Director El Plan Director define los lineamientos de politicas y planeamiento estrategico, asi como el MORDAZA conceptual para un gerenciamiento eficaz y la constitucion y operacion a largo plazo (10 anos) de las Areas Naturales Protegidas y del SINANPE, formulando las medidas para conservar y complementar la cobertura ecologica requerida. Constituye el instrumento MORDAZA de planificacion y orientacion del desarrollo de las Areas Naturales Protegidas, cualquiera sea su nivel. Articulo 36º.- Aprobacion y evaluacion del Plan Director 36.1 El Plan Director se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Agricultura, con el visto MORDAZA del Jefe del INRENA y con opinion favorable del Consejo de Coordinacion del SINANPE. 36.2 El Jefe del INRENA emite un informe anual ante el Consejo de Coordinacion del SINANPE, en el que se evalua la aplicacion de las estrategias contenidas en el Plan Director. Articulo 37º.- Planes Maestros 37.1 El Plan Maestro es el documento de planificacion estrategica de mas alto nivel para la gestion del Area Natural Protegida. El MORDAZA de elaboracion del Plan Maestro es liderado, de manera concertada con el Comite de Gestion, por el Jefe del Area Natural Protegida correspondiente, con la colaboracion de los gobiernos regionales y locales, los pobladores locales debidamente organizados, y las instituciones publicas y privadas vinculadas al Area Natural Protegida. 37.2 Los Planes Maestros en lo pertinente, deben incluir estrategias mediante las cuales se implementen los compromisos asumidos por el Estado Peruano en materia de conservacion de la diversidad biologica y desarrollo humano. 37.3 La Direccion General aprueba mediante Resolucion Directoral, los terminos de referencia y las guias metodologicas para la elaboracion de los Planes Maestros; asimismo puede suscribir acuerdos, convenios u otros documentos analogos con instituciones publicas y privadas con el fin de facilitar el MORDAZA de su elaboracion. 37.4 El Plan Maestro es aprobado, previa revision en el Comite de Gestion o su equivalente, mediante Resolucion Jefatural del INRENA, con una vigencia de cinco (5) anos, a propuesta de la Direccion General. Las entidades que contribuyen en la elaboracion del Plan Maestro, pueden participar en los concursos que tengan como fin definir al Ejecutor de Contrato de Administracion del Area Natural Protegida correspondiente. 37.5 La Resolucion Directoral indicada en el numeral 37.3 debe garantizar que la elaboracion de los terminos de referencia de los Planes Maestros correspondientes a una Reserva Comunal debe contar con la participacion de los beneficiarios de la misma. El Plan Maestro de estas Areas Naturales Protegidas es aprobado por Resolucion Jefatural del INRENA, con la opinion favorable de los beneficiarios a traves de sus organizaciones representativas.

Articulo 38º.- Planes de Manejo de Recursos y Planes de Uso Publico 38.1 Los Planes de Manejo de Recursos y otros planes especificos por actividades o por ambitos, recogen la relacion de las acciones orientadas a cumplir a cabalidad con los objetivos de creacion del Area Natural Protegida. Son aprobados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General. 38.2 Dichos planes pueden contener las acciones de proteccion, monitoreo, seguimiento, pautas de uso, registro de datos acerca de poblaciones, repoblamiento, reintroduccion, traslado y MORDAZA de especies nativas, asi como erradicacion de especies exoticas; recuperacion, regeneracion y restauracion del habitat, evaluacion del potencial economico, entre otras actividades. En todo caso estos planes deben elaborarse recogiendo los criterios establecidos en el Plan Director y el Plan Maestro respectivo. 38.3 Los Planes de Uso Publico son instrumentos de planificacion especificos, que se desarrollan siguiendo los lineamientos del Plan Maestro y, como parte integrante de este, definen con mayor detalle los criterios, lineamientos, prioridades y limites del uso publico del Area Natural Protegida. Son aprobados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General. 38.4 De manera general, todo uso publico de un determinado ambito de un Area Natural Protegida debe contar con un Plan de Sitio. Este plan contiene la disposicion exacta en el terreno de toda obra o instalacion de uso comun a efectuarse, las pautas para su diseno arquitectonico, las regulaciones sobre el flujo y actividades de los visitantes, asi como la Capacidad Carga. Articulo 39º.- Planes Operativos 39.1 Los Planes Operativos son instrumentos de planificacion anual para la gestion y desarrollo de las Areas Naturales Protegidas, los cuales implementan las estrategias establecidas en el Plan Director y en el Plan Maestro a traves de los programas respectivos, en concordancia con las politicas institucionales. Son aprobados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General. 39.2 Contienen los programas y actividades especificas que la administracion de dichas Areas Naturales Protegidas requiere para el logro de los objetivos de su creacion, definiendo las metas cuantitativas y cualitativas, los costos necesarios para su implementacion, las responsabilidades y los medios de verificacion para el correspondiente seguimiento, supervision y evaluacion. Articulo 40º.- Memoria Anual El Jefe del Area Natural Protegida elabora una Memoria Anual donde se describe la ejecucion de los programas y actividades especificas llevadas a cabo a lo largo del ano, asi como el cumplimiento de las estrategias del Plan Maestro. CAPITULO V DE LOS NIVELES Y FORMALIDADES PARA LA CREACION DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS Articulo 41º.- Niveles de las Areas Naturales Protegidas 41.1 La Ley distingue tres niveles de Areas Naturales Protegidas: a) Areas de Administracion Nacional; b) Areas de Administracion Regional; y, c) Areas de Conservacion Privada. 41.2 Ademas, el Plan Director contempla la participacion de los gobiernos locales en acciones complementarias de conservacion de la diversidad biologica y proteccion de MORDAZA de agua y otros de interes local a traves de las Areas de Conservacion Municipal. Esta participacion tambien se realiza en virtud de las compe-

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