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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2001 (12/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 202714 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de mayo de 2001 e) Cada una de las partes realizará a su costo, las modificaciones aprobadas por OSIPTEL. 8. INTERRUPCIÓN Y SUSPENSIÓN DE LA IN- TERCONEXIÓN La interrupción y suspensión de la interconexión se regirá conforme a lo establecido en el Anexo 3 del MAN- DATO. 9. PLAN DE NUMERACIÓN De acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, el Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción ha asignado a TELE- MATIC el código de operador 1902 para la operatividad del sistema de preselección y del sistema de llamada por llamada. TELEFÓNICA deberá tener implementado el código 1902 en su red. Con cinco (5) días calendario de anticipa- ción a la puesta en operación de la interconexión, TELE- FÓNICA deberá informar al otro operador que la nume- ración requerida se encuentra habilitada. 10. PRESELECCIÓN Los abonados de la red fija de TELEFÓNICA que preseleccionen a TELEMATIC para que éste curse su tráfico de Larga Distancia, deberán ser programados en las centrales locales de la red fija de TELEFÓNICA. Por este concepto, TELEFÓNICA cobrará a TELEMATIC, durante los tres (3) primeros meses de implementado el Sistema de Preselección, al que alude el Artículo 23º de la Resolución Nº 06-99-CD/OSIPTEL, un cargo por la programación de cada número telefónico presuscrito. Este cargo será negociado por las partes considerando como tope la tarifa máxima establecida por OSIPTEL en la Resolución Nº 036-99-CD/OSIPTEL. Dicho acuerdo deberá ser puesto en conocimiento de OSIPTEL en un plazo máximo de cinco (5) días calendario de su suscrip- ción para su aprobación. Los plazos fijados, los montos y el procedimiento seguido para la programación de cada número preseleccionado a TELEMATIC, se ceñirán a lo establecido en la normativa vigente sobre Preselección. 11. FACTURACIÓN Y COBRANZA TELEMATIC efectuará la facturación y cobranza a los abonados que cursen llamadas de larga distancia por su red portadora. Sin perjuicio de lo mencionado TELE- MATIC podrá negociar con TELEFÓNICA para que sea esta última la encargada de realizar la facturación y cobranza. A tal efecto ambas partes o una de ellas enviará a OSIPTEL el acuerdo establecido en un plazo máximo de cinco (5) días calendario de su suscripción. 12. TASACIÓN De acuerdo a las especificaciones técnicas de la seña- lización Nº 7 -SS7, una llamada se empieza a tasar en cualquier red que use dicha señalización una vez recibi- da la señal de respuesta, en este caso, es el mensaje de respuesta ANM (o RST), o el mensaje de conexión CON (o COX), con estos mensajes (ANM o CON) la central de origen inicia el proceso de tarificación. Se detendrá el proceso de tarificación en la Central que controla y tarifica la llamada cuando ésta envíe o reciba el mensaje de liberación REL (o LIB). El tiempo de conversación debe ser el intervalo (expre- sado en segundos) entre la recepción por parte de la Central de Origen de cualquiera de los mensajes CON o ANM y el momento en que la Central de Origen envíe o reciba la señal de release REL (LIB). Se considerará dentro del tiempo de conversación los períodos en los cuales se tengan pausas producto del mensaje Suspend (SUS). En caso de requerirse el envío de mensajes adiciona- les para fines de establecer la tasación de una llamada, las partes se sujetarán a lo establecido en el numeral 7 del presente Anexo. 13. UBICACIÓN DE EQUIPOS DE INTERCO- NEXIÓN Y PERMISOS PARA EL INGRESO DE PERSONAL A LAS INSTALACIONES DE LOS OPE- RADORES De conformidad con las normas vigentes sobre inter- conexión, de requerirse la coubicación, las partes nego-ciarán los acuerdos respectivos. Los acuerdos menciona- dos en el párrafo anterior, deberán ser puestos en cono- cimiento de OSIPTEL, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de su suscripción, para su respectiva aprobación. ANEXO 1.B PUNTOS DE INTERCONEXIÓN 1. ÁREAS DE SERVICIO COMPRENDIDAS EN LA INTERCONEXIÓN Las áreas de servicio que están comprendidas en el presente proyecto técnico son las siguientes: a) TELEFÓNICA: Todos los departamentos del terri- torio nacional. b) TELEMATIC: Inicialmente los departamentos de Lima, incluyendo la Provincia Constitucional del Callao, Arequipa, La Libertad, Junín y Cusco. 2. PUNTOS DE INTERCONEXIÓN Y SU UBICA- CIÓN Los puntos de interconexión iniciales son cinco (5), y su ubicación se indica en el cuadro siguiente: Departamento Ciudad Dirección de TELEFÓNICA Lima y Provincia Lima Av. Camino Real 208 - San Isidro Constitucional del Callao. Arequipa Arequipa Calle Alvarez Thomas 213-217 La Libertad Trujillo Jr. Bolívar y Jr. Junín 666 Junín Huancayo Esquina Av. Real y Jr. Ica 550 Cusco Cusco Av. El Sol 382 y Puluchapata 3. REQUERIMIENTOS DE ENLACES DE IN- TERCONEXIÓN INICIALES Y PROYECTADOS En un plazo máximo de cuatro (4) día hábiles compu- tados desde la entrada en vigor del presente MANDATO, TELEMATIC comunicará por escrito a TELEFÓNICA con copia a OSIPTEL el requerimiento de E1’s para los cinco primeros años. 4. EQUIPOS UTILIZADOS PARA LOS ENLA- CES DE INTERCONEXIÓN Los equipos utilizados para los enlaces de interco- nexión podrán ser provistos por cualquiera de las partes. Los enlaces de interconexión se sujetarán a lo establecido en el numeral 4 del Anexo 2 - Condiciones Económicas. ANEXO 1.C CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA INTERCONEXIÓN 1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1.1 Especificaciones técnicas de los enlaces: Los equipos de transmisión para los enlaces de interco- nexión tendrán las velocidades de 155 Mbps, 140 Mbps, 34 Mbps, 8 Mbps ó 2 Mbps. Todas las características físicas y eléctricas y las estructuras de tramas de los enlaces de interconexión seguirán las recomendaciones UIT-T aplicables para sistemas de transmisiones digitales, tales como: a. Los canales de hasta 64 Kbps de una trama de 2 Mbps: G.703, G.821, G.823 y G.732. b. Para enlaces PDH de 2 a 34 Mbps y tributarios SDH (no incluye enlaces internacionales): G.703, G.704, G.732, G.742, G.823 y G.826 (o G.821) c. Para enlaces SDH (especialmente para la trama STM-1 de 155 Mbps): G.707, G.781, G.782, G.783, G.803, G.825, G.826, G.957 y G.958. 1.2 Especificaciones técnicas del Punto de In- terconexión: El Punto de Interconexión tendrá la velo- cidad de 2Mbps, cumpliendo con las recomendaciones UIT-T y que incorpora una terminación coaxial de 75 ohms desbalanceado.