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Pág. 203029 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de mayo de 2001 tración, está a cargo de un Director. Le corresponde las funciones siguientes: a) Absolver consultas de carácter legal concerniente a los Sistemas Administrativos (presupuesto, abastecimien- to, contabilidad y tesorería) de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. b) Evaluar y emitir opinión sobre expedientes, proyec- tos de resolución, contratos, licitaciones, concursos, garan- tías entre otros que celebre la Oficina General. c) Coordinar con la Oficina General de Asesoría Jurídi- ca asuntos jurídico-legales en el ámbito de su competencia. d) Participar, con autorización del Director General, en comisiones y reuniones relacionados al ámbito de su com- petencia. e) Mantener actualizada la legislación que se relacione con los Sistemas Administrativos. f) Proponer proyectos de dispositivos legales en materia de su competencia. g) Las demás funciones que le asigne la Oficina Gene- ral, de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN PRESUPUESTAL MISIÓN: Artículo 69º.- Formular, ejecutar y desarrollar el pre- supuesto para gastos de funcionamiento y de inversión para atender a las direcciones que conforman la Unidad Ejecutora 001 y consolidar sus planes operativos, con el fin de optimizar la prestación de servicios, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de gestión. FUNCIONES: Artículo 70º.- La Oficina de Administración Presu- puestal, es el órgano de apoyo de la Oficina General de Administración, está a cargo de un Director. Le correspon- de las siguientes funciones: a) Formular y ejecutar su plan operativo institucional. b) Consolidar el plan operativo de las direcciones de la Unidad Ejecutora 001. c) Dirigir, coordinar y controlar la formulación del presupuesto de la Unidad Ejecutora 001. d) Coordinar y consolidar la desagregación de las cifras aprobadas según ley de presupuesto anual, para su aproba- ción institucional. e) Solicitud, ampliación, ejecución y cierre del calenda- rio de compromisos de la Unidad Ejecutora 001, según normas y plazos preestablecidos. f) Informar a la Oficina General de Presupuesto y Planificación sobre la ejecución de los gastos e ingresos de la Unidad Ejecutora 001. g) Evaluación del avance financiero y físico de las actividades de funcionamiento y/o proyectos de inversión de la Unidad Ejecutora 001 y plantear oportunamente los correctivos pertinentes. h) Formular el plan anual de necesidades de bienes y servicios, de acuerdo a su plan operativo, cautelando su buen uso y custodia. i) Las demás funciones que le asigne la Oficina General, de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE ABASTECIMIENTOS MISIÓN: Artículo 71º.- Atender las necesidades de recursos materiales y servicios a las diversas unidades orgánicas del MTC en forma racional, eficiente y oportuna, con el fin de coadyuvar al cumplimiento de los objetivos institucio- nales, contribuyendo al mejoramiento de la calidad del servicio que brinda al usuario. FUNCIONES: Artículo 72º.- La Dirección de Abastecimientos, es el órgano de línea de la Oficina General de Administración, está a cargo de un Director. Le corresponde las funciones siguientes: a) Formular y ejecutar su plan operativo institucional. b) Formular y controlar el plan anual de adquisiciones, de acuerdo a las previsiones correspondientes de las Uni- dades Ejecutoras. c) Ejecutar y controlar, la adquisición de bienes y servi- cios, en concordancia a los dispositivos legales vigentes. d) Monitorear y supervisar los trámites de importación y de aduanas del MTC.e) Dirigir, organizar y controlar las actividades de seguridad interna, de prevención y protección ante la posibilidad de siniestros y/o emergencias. f) Almacenamiento y distribución de bienes. g) Las demás funciones que le asigne la Oficina Gene- ral, dentro del ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD MISIÓN: Artículo 73º.- Facilitar a la Alta Dirección y a las Unidades Ejecutoras la toma de decisiones sobre sólidos y oportunos estados financieros, para garantizar el buen manejo de los activos y recursos del MTC. FUNCIONES: Artículo 74º.- La Dirección de Contabilidad, es el órgano de línea de la Oficina General de Administración, está a cargo de un Director. Le corresponde las funciones siguientes: a) Formular y ejecutar su plan operativo institucional. b) Formular los estados financieros y presupuestarios del pliego, de acuerdo a las normas y dispositivos legales vigentes, afectando las partidas presupuestales corrientes y de inversión. c) Mantener actualizada la contabilidad general del Ministerio, de acuerdo a las normas y plazos preestableci- dos. d) Verificar la disponibilidad de los recursos presupues- tarios y el incremento o variación del estado financiero o patrimonial. e) Contabilizar las operaciones presupuestales y patri- moniales. f) Efectuar la conciliación de los ingresos y gastos en la Dirección Nacional de Presupuesto Público. g) Formular el plan anual de necesidades de bienes y servicios, de acuerdo al plan operativo, cautelando su buen uso y custodia. h) Las demás funciones que le asigne la Oficina Gene- ral, de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE TESORERÍA MISIÓN: Artículo 75º.- Que los fondos correspondientes al Plie- go se apliquen de acuerdo a los Planes Operativos y Programas Presupuestales de la Institución, previendo el cumplimiento de los compromisos y transacciones finan- cieras del MTC y cautelando los intereses del Estado. FUNCIONES: Artículo 76º.- La Dirección de Tesorería, es el órgano de línea de la Oficina General de Administración, está a cargo de un Director. Le corresponde las funciones siguien- tes: a) Formular y ejecutar su plan operativo Institucional. b) Controlar el manejo de los fondos generales de las Unidades Ejecutoras, en sus etapas de previsión, recauda- ción y distribución. c) Custodiar documentos de valor de las Unidades Ejecutoras. d) Ejecutar y controlar las cuentas corrientes de las Unidades Ejecutoras. e) Registrar y conciliar el movimiento de los fondos de las Unidades Ejecutoras. f) Aplicar los dispositivos legales y normativos referen- tes al Sistema de Tesorería. g) Formular el plan anual de necesidades de bienes y servicios, de acuerdo al plan operativo institucional, caute- lando su buen uso y custodia. h) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SANEAMIENTO MISIÓN: Artículo 77º.- Administrar eficientemente los bienes patrimoniales del Ministerio, supervisando su manteni- miento y control, así como su saneamiento técnico y legal de los bienes inmuebles de propiedad del estado asignados al Ministerio y demás inmuebles adquiridos, donados, construidos, ampliados y/o rehabilitados por instituciones públicas y privadas.