Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2001 (20/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 203030 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de mayo de 2001 FUNCIONES:   Artículo 78º.- La Dirección de Patrimonio y Sanea- miento es un órgano de Línea de la Oficina General de Administración, está a cargo de un Director. Le correspon- de las funciones siguientes:   a) Brindar asesoría técnica y legal al Director General, sobre la factibilidad de: transferencias, donaciones, expro- piaciones, adjudicaciones y control de bienes patrimonia- les del Ministerio. b) Dirigir, evaluar y controlar el registro, conservación y mantenimiento de los bienes patrimoniales del Ministe- rio. c) Sanear técnica y legalmente los inmuebles del Minis- terio. d) Inscribir en las Oficinas Registrales correspondien- tes, los inmuebles materia de saneamiento. e) Registrar los inmuebles del Ministerio, en el Margesí de Bienes Nacionales ante la Superintendencia de Bienes Nacionales. f) Evaluar y actualizar las tasaciones de bienes patri- moniales de propiedad del Ministerio. g) Coordinar con instituciones y organismos públicos y privados de las transferencias de bienes patrimoniales que ingresan al patrimonio del Ministerio. h) Establecer los términos de referencia de contratos y convenios a suscribir con instituciones y organismos públi- cos y privados relacionados a transferencias y/o control de bienes muebles e inmuebles. i) Emitir opinión técnica y legal sobre saneamiento de inmuebles de las diferentes dependencias del Ministerio. j) Formular y actualizar el registro de los inventarios patrimoniales bajo la administración del Ministerio. k) Evaluar y ejecutar los aportes y desaportes de capital de bienes patrimoniales. l) Formular y proponer directivas internas, referidos al control, registro, conservación y mantenimiento de bienes patrimoniales del Ministerio, en concordancia con los dis- positivos legales vigentes. m) Establecer las bases y términos de referencia para contratos de cobertura de seguros de los bienes patrimo- niales del Ministerio. n) Revisar y actualizar los términos de referencia de la cobertura de los bienes patrimoniales del Ministerio que se encuentren asegurados. o)  Formular y proponer el Plan Operativo Institucional del ámbito de su competencia. p) Otras funciones que le asigne la Dirección General de Administración. DE LA OFICINA GENERAL DE PERSONAL MISIÓN: Artículo 79º.- Administrar los procesos técnicos, las acciones de personal y la formulación de la normatividad como ente rector del sistema de personal en el ámbito del MTC, contribuyendo a lograr que el potencial humano del Ministerio se involucre con mística, profesionalidad, ho- nestidad y dedicación al servicio público, para mejorar la gestión institucional. FUNCIONES: Artículo 80º.- La Oficina General de Personal, es el órgano de apoyo de la Alta Dirección, está a cargo de un Director General. Le corresponde las funciones siguientes: a) Formular y controlar la ejecución de su plan opera- tivo institucional. b) Formular y actualizar directivas sobre procesos técnicos y acciones de personal. c) Proponer y ejecutar las políticas orientadas a lograr el óptimo rendimiento y productividad del potencial huma- no. d) Dirigir y controlar los procesos técnicos de captación y selección de personal, de progresión en la carrera admi- nistrativa, de evaluación del desempeño laboral y de capa- citación de personal. e) Conducir la elaboración del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) y del Presupuesto Nominativo de Personal (PNP). f) Dirigir y ejecutar los nombramientos, contrataciones, desplazamientos y ceses de personal. g) Actualizar los registros físicos y sistematizados de los datos de personal y la información estadística respecti- va. h) Administrar los programas de servicio social, de salud, del Centro de Educación Inicial y de los Centros de Esparcimiento.i) Gestionar los beneficios sociales de los pensionistas y otorgar los beneficios para el personal activo. j) Dirigir y controlar la formulación de la planilla única de pagos de remuneraciones y pensiones del personal. k) Dirigir el control de asistencia y permanencia del personal. l) Solicitar a la Oficina General de Asesoría Jurídica su pronunciamiento legal y opinión respecto de las discrepan- cias producidas dentro de su jurisdicción. m) Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios de la Oficina General. n) Elaborar y presentar al Secretario General, la Me- moria Anual de su gestión. o) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección, de acuerdo al ámbito de su competencia. ESTRUCTURA ORGÁNICA: Artículo 81º.- La Estructura Orgánica de la Oficina General de Personal es la siguiente: A. Órgano de Dirección: Oficina General de Personal B. Órgano de Asesoramiento: Oficina de Asesoría Legal C. Órganos de Línea: Dirección de Administración del Potencial Humano. Dirección de Bienestar Social. Dirección de Remuneraciones y Pensiones. RELACIONES: Artículo 82º.- La Oficina General de Personal depende jerárquicamente de la Alta Dirección y mantiene relacio- nes funcionales con las Unidades Orgánicas de Personal y/ o quienes hagan sus veces en los Órganos y Proyectos Especiales del Ministerio y relaciones de coordinación con los Órganos y Proyectos Especiales del Ministerio. DE LA OFICINA DE ASESORÍA LEGAL MISIÓN: Artículo 83 º.- Absolver consultas sobre asuntos de carácter legal que regulan los procesos técnicos del sistema de personal, contribuyendo a la mejor aplicación de la normatividad legal del sistema. FUNCIONES: Artículo 84 º.- La Oficina de Asesoría Legal, es el órgano de asesoramiento de la Oficina General de Personal y está a cargo de un Director. Le corresponde las funciones siguientes: a) Formular y ejecutar su plan operativo institucional. b) Asesorar a la Dirección General y Direcciones de la Oficina General de Personal, en los asuntos legales, refe- ridos a los procesos técnicos de personal. c) Estudiar y emitir pronunciamiento legal sobre los asuntos administrativos, proyectos de normas, resolucio- nes, convenios y contratos sometidos a su consideración por la Oficina General. d) Elaborar y proponer disposiciones legales, que regu- len las acciones del sistema de personal, en el ámbito de su competencia. e) Coordinar con la Procuraduría Pública del MTC, Oficina General de Asesoría Jurídica y las demás Asesorías Legales, sobre asuntos de su competencia. f) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL POTENCIAL HUMANO MISIÓN: Artículo 85º.- Administrar el potencial humano apli- cando procesos técnicos que contribuyan a elevar el nivel de calidad y productividad en el trabajo del personal del MTC, elevando la mística del servicio. FUNCIONES: Artículo 86º.- La Dirección de Administración de Po- tencial Humano, es el órgano de línea de la Oficina General