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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2001 (24/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 203260 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 012-98-PE de 27 de febrero de 1998 se designó al ingeniero Luis Antonio Espinoza Ramos, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesquería del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Moquegua; Que mediante Oficio Nº 295-2001/P.CTAR-MOQ de 1 de marzo de 2001 el Presidente Ejecutivo del CTAR Moquegua solicita la ratificación de dicho profesional en el cargo de Director Regional de Pesquería de Moquegua; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515, y Decre- to Legislativo Nº 560; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Ratificar al ingeniero LUIS ANTO- NIO ESPINOZA RAMOS, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesquería del Consejo Transitorio de Administración Regional -CTAR Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 24034 Constituyen Comisión Permanente de evaluación y seguimiento de los conve- nios de investigación pesquera RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2001-PE Lima, 23 de mayo del 2001 CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en los Artículos 13º y 14º de la Ley General de Pesca, aprobada por el Decreto Ley Nº 25977, la investigación pesquera está orientada a obte- ner y proporcionar permanentemente las bases científi- cas que sustentan el desarrollo integral y armónico del proceso pesquero; para cuyo efecto el Estado promueve e incentiva la investigación que realizan los organismos públicos especializados del Sector y las Universidades, así como la que provenga de la iniciativa de personas naturales o jurídicas del sector privado, cuyos resultados deberán ser oportunamente difundidos por medios apro- piados; Que el Artículo 25º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que el Ministerio de Pesquería podrá autorizar mediante Resolución Ministerial a armadores de embarcaciones o a instituciones especializadas ex- tranjeras la realización de actividades de investigación científica o tecnológica en aguas jurisdiccionales perua- nas, debiendo participar el Instituto del Mar del Perú - IMARPE; Que la Resolución Ministerial Nº 161-2001-PE esta- blece que los convenios suscritos con fines de investiga- ción científica y exploratoria por el Ministerio de Pes- quería, organismos públicos descentralizados del sector con las empresas e instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, deben ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que es propósito del Ministerio de Pesquería garanti- zar que los resultados de las investigaciones contribu- yan al desarrollo de la pesquería nacional mediante la oportuna adopción de medidas de ordenamiento, por lo que es necesario velar por el cumplimiento de los objeti- vos y metas materia de los convenios referidos en el considerando precedente, a través de la conformación de una Comisión Permanente encargada de la evaluación y seguimiento de dichos convenios; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Pesca y su Reglamento; y,Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir una Comisión Permanente de evaluación y seguimiento de los convenios de investiga- ción pesquera vigentes y los que suscriban el Ministerio de Pesquería, organismos públicos descentralizados del Sector Pesquería con las empresas e instituciones públi- cas y privadas, nacionales y extranjeras, la misma que estará conformada de la siguiente forma: - El Viceministro de Pesquería, quien la presidirá; - El Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; - El Presidente del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP; - El Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero; - El Director Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia; y, - Cinco (5) representantes del sector privado. Artículo 2º.- La Comisión tendrá como funciones la evaluación y seguimiento en forma permanente de la ejecución de los convenios de investigación pesquera, así como recomendar las medidas correctivas que estime conveniente. Al finalizar cada convenio, la Comisión emitirá un informe al Despacho Ministerial, sobre el desarrollo y cumplimiento de los objetivos y metas cumplidas; asi- mismo, recomendará las medidas a adoptar respecto a los resultados de la investigación. Artículo 3º.- Los organismos públicos descentraliza- dos del Sector Pesquería y las empresas e instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, que en el marco de convenios aprobados por el Ministerio de Pes- quería ejecuten investigaciones pesqueras, deberán re- mitir a la Comisión informes parciales y final sobre el desarrollo y los resultados alcanzados. La Comisión podrá solicitar exposiciones finales so- bre ejecución de los convenios de investigación pesquera. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 24007 Declaran improcedente solicitud de cambio de nombre del titular de permi- so de pesca y autorización de incre- mento de flota RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 067-2001-PE/DNEPP Lima, 21 de mayo del 2001 Visto el expediente Nº CE-00141003 con escritos del 14 de marzo y 20 de abril del 2001, presentados por MIGUEL ARCANGEL MONTES TREJO. CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 239-97-PE/DNE del 15 de diciembre de 1997, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a los armadores FELIPE SAN- CHEZ HUAMANCHUMO y EUFEMIA ULLOA DE SANCHEZ, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "SHUR" (actualmente MICAELA) con matrícula Nº CE-12863-CM, de 113.88 m3 de volumen de bodega, equipada con redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.) , para la extracción de los recursos hidrobioló- gicos anchoveta y sardina con destino al consumo huma- no indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, aprobándose mediante Resolución Directoral Nº 092-2000-PE/DNE del 8 de mayo del 2000 el cambio de nombre del titular de dicho