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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (02/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 209446 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de setiembre de 2001 Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCADA Jefe 30191 Autorizan realización de la "Encuesta Económica Anual 2000 de los Sectores Transportes, Comunicaciones y Cons- trucción" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 266-2001-INEI Lima, 28 de agosto del 2001 Visto el Oficio Nº 062-2001-MTC/15.14 de la Oficina General de Métodos y Sistemas del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, solici- tando autorización para realizar la "Encuesta Económica Anual 2000 de los Sectores de Transportes, Comunicacio- nes y Construcción"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 - "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Esta- dística e Informática", el INEI ente rector de los Sistemas de Estadística e Informática, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizados por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Oficiales del país referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, con la finalidad de medir las actividades económi- cas de Transporte, la Comunicaciones y Construcción en el país, es necesario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Económica Anual 2000 de las Estadísticas de los Sectores Transportes, Comunicaciones y Construcción" que permi- ta disponer de información económica y financiera de las empresas dedicadas a estas actividades, indispensable para la elaboración de las variables e indicadores económi- cos sectoriales que contribuya a la adopción de medidas de política económica de ese Sector; Que, el INEI ha realizado las coordinaciones con la Oficina General de Métodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, sobre el planeamiento de la encuesta así como la definición y contenido de los formularios electrónicos a ser utiliza- dos; Que, es conveniente autorizar la ejecución de la citada Encuesta, dirigida a las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades referidas a Transportes, Co- municaciones y Construcción, la misma que será ejecuta- da por la Dirección de Estadística de la Oficina General de Métodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción, así como aprobar los respectivos formularios en observancia de las Directivas Técnicas del INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Subjefatura de Estadística y la Oficina Técnica de Asesoría Jurídi- ca; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º, 87º y 90º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "En- cuesta Económica Anual 2000 de los Sectores Trans- portes, Comunicaciones y Construcción", que será eje- cutada a nivel nacional por la Dirección de Estadística de la Oficina General de Métodos y Sistemas del Minis-terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción dirigida a las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades referidas al Transporte, Comunicaciones y Construcción, especificadas en la sección I división 60, 61, 62, 63 excepto la actividad 6304, división 64 y en la sección O división 90 actividad 9213 y la sección F división 45, respectivamente de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme, Rev.3 y que se encuentran bajo el ámbito de competencia administrativa de su Sector. Artículo 2º.- Aprobar los formularios electrónicos de la "Encuesta Económica Anual 2000 de los Sectores Trans- portes, Comunicaciones y Construcción" que forma parte de la presente Resolución, cuya distribución se efectuará a partir del 3 de setiembre del 2001. Dichos formularios están dirigidos a las empresas del Sector Transportes, Comunicaciones y Construcción según los ingresos netos obtenidos en el año 2000: a) Sector transportes y Comunicaciones: - Formulario Electrónico F-1: para empresas que han tenido ingresos netos durante el año 2000 hasta S/. 500,000.00 (quinientos mil nuevos soles). - Formulario Electrónico F-2: para empresas que han tenido ingresos netos durante el año 2000 mayor a S/. 500,000.00 (quinientos mil nuevos soles). b) Sector Construcción: - Formulario Electrónico F-1: para empresas que han tenido ingresos netos durante el año 2000 hasta S/. 1`000,000.00 (un millón de nuevos soles). - Formulario Electrónico F-2: para empresas que han tenido ingresos netos durante el año 2000 mayor a S/. 1`000,000.00 (un millón de nuevos soles). Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución podrán acceder al formulario electrónico de dos formas: a) Directa.- Solicitando los formularios electróni- cos de la Encuesta en la Dirección de Estadística de la Oficina General de Métodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, sito en la Av. 28 de Julio Nº 800, Lima, y en provincias en las Direcciones Departamentales de Cir- culación Terrestre. Las Empresas deberán entregar un disquete en blanco y presentar una carta indicando nombre o razón social de la Empresa, dirección fiscal, número del Registro Unico del Contribuyente (RUC), Actividad Económica a la que se dedica, número total de personas ocupadas, ingresos netos en el año 2000, Teléfono y Fax. b) Por Internet.- Las empresas podrán obtener el formulario electrónico a través de un aplicativo en Inter- net colocado en la página Web del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción (www.mtc.gob.pe), del cual podrá descargar el formulario electrónico. Para estas empresas la carta de presentación señalada en el inciso a), deben adjuntarla a la documen- tación que presentarán al MTC después de diligenciar el formulario. Artículo 4º.- Establecer como plazo máximo, a nivel nacional, para la presentación de los formularios debida- mente diligenciados de la "Encuesta Económica Anual 2000 de la Estadística de Transportes, Comunicaciones y Construcción" hasta el 15 de octubre del 2001. Las empre- sas que incumplan con presentar la información solicita- da, serán sancionadas conforme al Art. 87º del D.S. Nº 043- 2001-PCM. Artículo 5º.- La información económico - financiera que proporcionará la empresa a través de la Encuesta, será presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCADA Jefe 30192