Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2001 (02/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 2 de setiembre de 2001

Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica" el INEI ente rector de los Sistemas de Estadistica e Informatica, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, con la finalidad de medir la actividad economica de Hidrocarburos en el MORDAZA, es necesario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Economica Anual - Estadistica de Hidrocarburos 2000" que permita disponer de informacion economica y financiera de las empresas dedicadas a esta actividad, indispensable para la elaboracion de las variables e indicadores economicos sectoriales que contribuyan a la adopcion de medidas de politica economica de este subsector; Que, el INEI ha realizado las coordinaciones con la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, sobre el planeamiento de la encuesta, asi como la definicion y contenido de los formularios electronicos a ser utilizados; Que, es conveniente autorizar la ejecucion de la citada encuesta, dirigida a las personas naturales o juridicas que se dedican a la Explotacion y Produccion de Hidrocarburos y Productos Derivados del Petroleo en el MORDAZA, la misma que sera ejecutada por la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, asi como aprobar los respectivos formularios electronicos, en observancia de las Directivas Tecnicas del INEI; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 81º, 87º y 90º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la "Encuesta Economica Anual - Estadistica de Hidrocarburos 2000", que sera ejecutada por la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, dirigida a las personas naturales o juridicas dedicadas a la Explotacion y Produccion de Hidrocarburos y Productos Derivados del Petroleo, especificadas en la seccion C division 11, clase 1110 y 1120, de la Clasificacion Internacional Industrial Uniforme, Rev. 3, y que se encuentran bajo el ambito de competencia de este subsector. Articulo 2º.- Aprobar los formularios de la mencionada encuesta que forman parte integrante de la presente Resolucion y cuya distribucion se efectuara a partir del 3 de setiembre del 2001. Dichos formularios estan dirigidos a las empresas que realizan las siguientes actividades : - Formularios F-1 : Empresas Petroleras - Formularios F-2 : Empresas de Refinerias - Formularios F-3 : Empresas que se dedican a la Produccion y Comercializacion de Aceites y Lubricantes Articulo 3º.- Las personas naturales y juridicas a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion podran acceder a los formularios electronicos de dos formas: a) Directa.- Solicitando los formularios electronicos de la encuesta a la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, sito en Av. Las Artes 260, San Borja. Las empresas deberan entregar un disquete en MORDAZA y presentar una carta indicando nombre o razon social de la empresa, direccion fiscal, numero del Registro Unico del Contribuyente (RUC), Actividad Economica a la que se dedica, numero total de personas ocupadas, total de ventas netas en el ano 2000, Telefono y Fax. b) Por Internet.- Las empresas podran obtener el formulario electronico a traves de un aplicativo en Internet colocado en la pagina Web del Ministerio de Energia y Minas (www.mem.gob.pe), del cual podra descargar el

formulario electronico. Para estas empresas la carta de MORDAZA senalada en el inciso a), deben adjuntarla a la documentacion que presentara al MEM despues de diligenciar el formulario. Articulo 4º.- Establecer como plazo MORDAZA, a nivel nacional, para la MORDAZA de los formularios debidamente diligenciados de la "Encuesta Economica Anual Estadisticas de Hidrocarburos 2000" hasta el 15 de octubre del 2001. Las empresas que no cumplan con presentar la informacion dentro del plazo establecido, seran sancionadas conforme al Art. 87º del D.S. Nº 0432001-PCM. Articulo 5º.- La informacion economica-financiera que proporcionen las empresas a traves de la Encuesta, debe ser presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA Jefe 30189

Autorizan la realizacion de la "Encuesta Economica Anual - Estadisticas de los Servicios Electricos 2000"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 263-2001-INEI MORDAZA, 28 de agosto del 2001 Visto el Oficio Nº 126-2001-EM-SG-OGS, de la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, solicitando autorizacion para realizar la "Encuesta Economica Anual- Estadistica de los Servicios Electricos 2000"; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica" el INEI, ente rector de los Sistemas de Estadistica e Informatica, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, a fin de medir la actividad economica energetica en el MORDAZA, es necesario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Economica Anual- Estadistica de los Servicios Electricos 2000" que permita disponer de informacion economica y financiera de las empresas dedicadas a esta actividad, indispensable para la elaboracion de las variables e indicadores economicos sectoriales que contribuyan a la adopcion de medidas de politica economica de este Subsector; Que, el INEI ha realizado las coordinaciones con la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, sobre el planeamiento de la encuesta, asi como la definicion y contenido del formulario a ser utilizado, por lo que es conveniente, autorizar su ejecucion y aprobar el formulario electronico respectivo; Que, es conveniente autorizar la ejecucion de la citada Encuesta, dirigida a todas las empresas de Servicios Electricos del MORDAZA, la misma que sera ejecutada por la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, asi como aprobar el respectivo formulario electronico, en observancia de las Directivas Tecnicas del INEI; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 81º, 87º y 90º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604;

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