Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2002 (27/04/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 10

PROYECTO

MORDAZA, sabado 27 de MORDAZA de 2002

7. Vulnerabilidad del area a desastres naturales; y, 8. Otros requisitos establecidos en este Reglamento y normas que emanen de este. Articulo 71º.- Coordinacion de autoridades Las municipalidades provinciales coordinaran con la autoridad de salud de la jurisdiccion correspondiente y otras autoridades sectoriales competentes, la evaluacion e identificacion de los espacios geograficos para la ubicacion de infraestructuras de residuos. Articulo 72º.- Uso de propiedad privada El uso de terrenos de propiedad privada, concesiones u otros derechos adquiridos para la instalacion de infraestructura de residuos, previamente debe contar con el consentimiento expreso del titular o poseedor de los derechos de usufructo del predio, o en su defecto con una declaracion expresa de necesidad publica, de acuerdo a Ley. Articulo 73º.- Publicacion de listado de areas para infraestructura Las municipalidades provinciales deben publicar y mantener actualizada la zonificacion en donde es permitida la instalacion de las infraestructuras de residuos, de conformidad con los planes provinciales de gestion integral de residuos y los aspectos indicados en el Articulo 70º del Reglamento. Articulo 74º.- EIA para proyectos de infraestructura de residuos Todo proyecto MORDAZA o de ampliacion de infraestructura de residuos, debe contar con un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) aprobado por la autoridad correspondiente como requisito previo a su aprobacion. Articulo 75º.- PAMA para infraestructura de residuos La infraestructura de residuos que este operando MORDAZA de la publicacion del Reglamento, debera contar con un Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) a mas tardar en 6 meses contados a partir de la oficializacion del Reglamento, aprobado por la autoridad correspondiente.
Capitulo II Infraestructura de Transferencia

3. Estaciones provinciales de transferencia.- cuando sea necesario traspasar los residuos recolectados de un conjunto de distritos hacia un sistema de transporte de residuos provincial o metropolitano. Bajo ninguna circunstancia se permitira el almacenamiento temporal por mas de 24 horas en estas instalaciones.
Capitulo III Infraestructura de Tratamiento

Articulo 78º.- Objeto del tratamiento El tratamiento de los residuos, prioritariamente esta orientado a reaprovechar los residuos y a facilitar la disposicion final en forma eficiente, MORDAZA y sanitaria. En el caso de residuos peligrosos el tratamiento busca reducir o eliminar las caracteristicas de peligrosidad del residuo, a fin de acondicionarlos para una fase posterior de su manejo, o para su disposicion final. Articulo 79º.- Tratamiento centralizado El tratamiento de residuos puede ser realizado en instalaciones centralizadas, atendiendo a un conjunto de usuarios o generadores de residuos que convienen; o que deben hacerlo por razones legales, tecnicas, economicas o ambientales. Articulo 80º.- Operaciones de tratamiento centralizado de residuos del ambito de Gestion Municipal La instalacion de tratamiento centralizada de residuos del ambito municipal, segun corresponda, incluyen algunas de las siguientes operaciones: 1. Segregacion mecanizada, semimecanizada o manual de los elementos constitutivos de los residuos; 2. Compactacion o embalaje de los residuos para que el transporte, reaprovechamiento, comercializacion o disposicion final sea mas eficiente; 3. Biodegradacion de la fraccion organica de los residuos con fines de produccion de energia o de un mejorador de suelo; 4. Uso de la fraccion organica para la produccion de humus a traves de la crianza de lombrices; y, 5. Tratamiento termico de la fraccion organica de los residuos a fin de emplearlos como alimento de animales; 6. Otras operaciones de tratamiento, que se puedan disenar e implementar y que cumplan con los requisitos del Reglamento y normas emitidas al MORDAZA de este. Articulo 81º.- Operaciones de tratamiento centralizado de residuos del ambito no municipal La infraestructura de tratamiento centralizado de residuos del ambito no municipal, segun corresponda, incluye algunas de las siguientes operaciones: 1. Solidificacion y estabilizacion, que permite la integracion de residuos peligrosos para generar un material solido de alta capacidad estructural; 2. Incineracion, para anular las caracteristicas de peligrosidad del residuo original y reducir su volumen; 3. Pirolisis, que mediante un MORDAZA termico con deficit de oxigeno, transforme los materiales organicos peligrosos en componentes gaseosos, que se condensan formando un compuesto de alquitran y aceite, ademas de generar un residuo solido de carbon fijo y ceniza; 4. Desinfeccion, que posibilita anular las caracteristicas de patogenicidad de los residuos biocontaminados; y, 5. Otras operaciones de tratamiento, que se puedan disenar e implementar y que cumplan con los requisitos del Reglamento y normas que se emitan al MORDAZA de este.

Articulo 76º.- Objeto de plantas de transferencia La transferencia de residuos se realiza en una instalacion en la cual se descargan y almacenan temporalmente los residuos de los camiones o contenedores de recoleccion, para luego continuar con su transporte en unidades de mayor capacidad. La transferencia de residuos tiene los siguientes objetivos: 1. Minimizar los costos de transporte; 2. Optimizar el uso de los vehiculos de recoleccion de residuos; y, 3. Optimizar el flujo del transporte de residuos y un mejor control de los mismos. Articulo 77º.- Modalidades de plantas de transferencia La transferencia de residuos del ambito municipal se realiza mediante alguna de las siguientes modalidades: 1. Centro de acopio.- modalidad de transferencia a nivel comunal, cuando sea necesario traspasar los mismos de la recoleccion domiciliaria de algunos subsectores de un distrito hacia sistemas de transporte de residuos distritales; 2. Estaciones distritales de transferencia.- cuando sea necesario traspasar los residuos recolectados de un distrito hacia sistemas de transporte de residuos interdistritales;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.