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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (08/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 227846 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de agosto de 2002 Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por la referida Ley Orgáni- ca, de conformidad con el informe del señor Consejero Alva Angulo, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Vásquez Vejarano, por encontrarse de vacaciones, por unanimidad, RESUELVE: Imponer la me- dida disciplinaria de Destitución a Luis Egbert Navarro Pajuelo, por su actuación como Secretario del Primer Juz- gado Mixto de la provincia de Yauli, La Oroya, Distrito Judi- cial de Junín. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR ALFARO ÁLVAREZ JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 14121 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Autorizan a procurador iniciar acciones a presuntos responsables de ilícitos penales en agravio de la Corte Superior de Justicia de La Libertad RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 136-2002-P/PJ Lima, 1 de agosto del 2002 VISTO: El Informe de Inspección Nº 016-2002-PJ-OIG de la Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial, en torno a la Visita de Inspección a la Corte Superior de Justicia de la Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, conforme aparece del Informe de Inspección Nº 016- 2002-PJ-OIG de Visto, la Inspectoría General del Poder Judi- cial, en cumplimiento del Plan Anual de Control para el año 2002, ha realizado la Visita de Inspección a la Corte Superior de Justicia de la Libertad entre los días 22 y 25 de abril del presente año, encontrando en aquel acto, que el señor Job Moisés Leyva Vega, auxiliar adscrito al área de Tesorería de la Administración de la Corte Superior de Justicia de la Liber- tad, efectuó más de un retiro indebido de la Cuenta de Aho- rros del doctor Alejandro Zamora Saavedra, Magistrado Su- plente de la citada Corte de Justicia, por la suma de S/. 6,060.00 (Seis Mil Sesenta y 00/100 Nuevos Soles); Que, asimismo, de los hechos descritos se desprende que el señor Job Moisés Leyva Vega, para realizar el acto indebido de sustracción de dinero de una cuenta de ahorro en soles, se valió de la presentación ante el Banco de la Nación, con sede en la ciudad de Trujillo, de una Carta Po- der falsificada en su contenido y firma, la que ha generado un beneficio que no le correspondía sino al titular de la referida cuenta de ahorros; Que, el señor Job Moisés Leyva Vega, mediante acta de manifestación de fecha veintitrés de abril del presente año, ha reconocido ante la Comisión Auditora de la Inspec- toría General del Poder Judicial, haber realizado el retiro de dinero por la suma antes indicada de la cuenta de aho- rros del citado Magistrado, afirmando además, que el pri- mer retiro lo efectuó el veintiocho de noviembre del 2001 por la suma de S/. 5,186.00 (Cinco Mil Ciento Ochentiséis y 00/100 Nuevos Soles) en tanto que el segundo lo realizó el veintiséis de diciembre del 2001 por la suma de S/. 874.00 (Ochocientos Setenticuatro y 00/100 Nuevos Soles); Que, los hechos indicados en los considerando prece- dentes, determinan la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comisión de los ilícitos penales previs- tos en los Artículos 387º y 427º del Código Penal, siendo necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie las acciones judiciales correspondientes;De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4) del Artículo 76º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por la Ley Nº 27465, y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17357 modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que en nombre y defensa de los intereses del Estado, ini- cie las acciones civiles y penales indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución contra el servidor Job Moisés Leyva Vega y los que resulten responsables de los hechos que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir todos los actuados a la Procuraduría Público mencionada, para los fines antes in- dicados. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ÁLVAREZ Presidente 14118 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 142-2002-P/PJ Lima, 1 de agosto del 2002 VISTO: El Informe de Inspección Nº 016-2002 -PJ-OIG de la Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial, en torno a la Visita de Inspección a la Corte Superior de Justicial de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, conforme aparece del Informe de Inspección Nº 016- 2002-PJ-OIG, que se menciona en la parte expositiva, la Inspectoría del Poder Judicial del Poder Judicial, en cumpli- miento del Plan Anual de Control para el año 2002, a través de una Comisión de Auditoría, efectuó una Visita de Inspec- ción a la Corte Superior de Justicia de La Libertad; Que, de una muestra selectiva de cincuenta y dos (52) documentos sustentatorios de gastos entre facturas, bole- tas de venta y recibo de honorarios profesionales, cance- lados con el fondo para pagos en efectivo, se ha evidencia- do la existencia de pago de servicios mediante Recibo de Honorarios, por servicios como son: el retiro de desmonte en el Módulo Básico de Justicia de Virú, mantenimiento y limpieza de alfombras, reconstrucción de pared en salas de audiencias del Penal El Milagro, mantenimiento de tu- berías de desagüe y mantenimiento y limpieza de tanques elevados de agua, los mismos que no han sido efectiva- mente realizados, por un importe de S/. 2,430.00; Que, en la visita que realizará la Comisión de Auditoría al domicilio del Sr. Alberto Vargas Valeriano, supuesto pro- veedor de los servicios, se recabó su manifestación decla- rando que "en ningún momento ha realizado los trabajos indicados en el párrafo anterior, pero que sin embargo re- conoce que dichos recibos son de su propiedad, y han sido entregados a la Unidad de Logística de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, por su yerno sin su conocimien- to, cuya responsabilidad quiere deslindar"; Que, lo anteriormente expuesto demuestra la existencia de irregularidades en el pago de servicios realizados en la Corte Superior de Justicia de La Libertad, hechos que no han sido desmentidos tanto por el responsable de la Oficina de Administración Sr. Hugo Segura Vega, como del respon- sable del Área de Logística, Sr. Mario Landers Moscol; Que, de acuerdo a lo señalado en los párrafos anterio- res, los señores Hugo Segura Vega y Mario Landers Mos- col, son los directos responsables de autorizar el pago de servicios, sin que éstos se hayan realizado, y según lo se- ñalado por los señores Alberto Vargas Valeriano y Javier Tello Villacis, Auxiliar Administrativo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, también son los directos res- ponsables en la recepción de recibos de honorarios en blan- co y en el llenado de los mismos, así como en la formula- ción de solicitudes y conformidades de servicio, para el cobro de servicios, que como ya está explicado no han sido realizados, hecho que se sustenta en no existir la firma del