Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2002 (24/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, sabado 24 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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g) Disenar y supervisar el cumplimiento de indicadores de gestion y las metas del subsector transportes. h) Coordinar los lineamientos de politica y actividades con los organismos publicos descentralizados u otros similares que los sustituyan y empresas en el MORDAZA del transporte. i) Proponer el Plan Anual de reuniones internacionales y priorizar la participacion del subsector en las mismas. j) Analizar convenios y acuerdos internacionales, coordinar con otros sectores y proponer la posicion a asumir en los mismos, asi como coordinar la aplicacion de los convenios y acuerdos suscritos. k) Coordinar la participacion del Ministerio en eventos internacionales y preparar las ponencias y trabajos a ser presentados en las reuniones internacionales. l) Coordinar y apoyar los programas de cooperacion tecnica internacional con los otros organismos internacionales vinculados al tema de transportes, incluyendo el financiamiento de los mismos. m) Coordinar, cuando sea necesario, las actividades internacionales del subsector con el Ministerio de Relaciones Exteriores. n) Proponer y coordinar la realizacion de eventos nacionales en temas de transportes y coordinar la participacion en eventos nacionales organizados por otras entidades. o) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Transportes, en el ambito de su competencia. Articulo 48º.- Direccion General de Aeronautica Civil La Direccion General de Aeronautica Civil ejerce la Autoridad Aeronautica Civil del Peru y se encarga de fomentar, planificar y asegurar un servicio eficiente y seguro del transporte y la navegacion aerea civil dentro del territorio peruano. Esta a cargo de un Director General, quien depende del Viceministro de Transportes. Tiene las funciones siguientes: a) Formular, ejecutar y evaluar los planes de la Direccion General de Aeronautica Civil. b) Proponer y ejecutar las politicas y estrategias del Sector en el ambito de su competencia. c) Conducir y/o supervisar los estudios y obras para la construccion, mejoramiento, ampliacion y rehabilitacion de aeropuertos y/o aerodromos, en el ambito de su competencia. d) Formular y/o actualizar normas legales, tecnicas y/o administrativas, en el ambito de su competencia. e) Aprobar el Plan Nacional de Navegacion Aerea. f) Normar, supervisar, inspeccionar, controlar, fiscalizar y sancionar todas las actividades aeronauticas civiles, seguridad de la aviacion (AVSEC) y otras vinculadas al ambito aeronautico. g) Otorgar, modificar, exigir el cumplimiento, suspender y revocar las autorizaciones administrativas y tecnicas para la explotacion de la actividad aeronautica civil. h) Suspender las actividades aeronauticas civiles cuando no cumplan las condiciones minimas de seguridad operacional. i) Prohibir el empleo de material de vuelo que no ofrezca seguridad. j) Colaborar con la investigacion de accidentes aeronauticos a cargo de la Comision de Investigacion de Accidentes Aeronauticos. k) Ejecutar la politica aerea nacional, asi como negociar y suscribir acuerdos en materia aeronautica de indole tecnico o aerocomercial. l) Recomendar la adopcion de las politicas aerocomerciales en concordancia con los acuerdos internacionales y las razones de interes nacional. m) Celebrar convenios de cooperacion y asistencia tecnica en materia aeronautica tanto nacionales como internacionales. n) Representar al Peru ante las autoridades internacionales, asi como los organismos como la CLAC, la OACI, Acuerdo de Rotacion ante la OACI y otros referidos a la materia de su competencia. o) Expedir Resoluciones Directorales que por atribucion y responsabilidad correspondan a la Direccion General. p) Formular y proponer a la Oficina General de Presupuesto y Planificacion el Presupuesto anual de la Direccion General para su aprobacion, evaluando y controlando su ejecucion. q) Administrar, ejecutar y evaluar el presupuesto asignado para el desarrollo de su gestion.

r) Las demas funciones que le asigne las disposiciones legales en el ambito de su competencia. Articulo 49º.- La Direccion General de Aeronautica Civil cuenta con la siguiente estructura organica: ORGANO DE DIRECCION - Direccion General de Aeronautica Civil ORGANO CONSULTIVO - Comision Consultiva de Aeronautica Civil - Junta de Infracciones ORGANOS DE LINEA - Direccion de Circulacion Aerea - Direccion de Seguridad Aerea - Direccion de Infraestructura Aeroportuaria - Direccion de Navegacion Aerea Articulo 50º.- La Comision Consultiva de Aeronautica Civil es el organo consultivo de la Autoridad Aeronautica Civil, que emite opinion y formula recomendaciones sobre asuntos vinculados a la Aeronautica Civil. Su conformacion y funcionamiento se rigen por normas especificas. Articulo 51º.- La Junta de Infracciones propone al Director General las sanciones a imponer a las infracciones a la Ley de Aeronautica Civil. Su conformacion y funcionamiento se rigen por normas especificas. Articulo 52º.- La Direccion de Circulacion Aerea es responsable de gestionar la autorizacion y supervisar la operacion de las aeronaves en el espacio aereo peruano. Esta a cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Promover, dentro del ambito de su competencia, el desarrollo permanente de la actividad aeronautica civil. b) Realizar estudios economicos sobre los diversos aspectos de la actividad aeronautica civil nacional e internacional. c) Evaluar y controlar la capacidad financiera de las empresas aereas y otras afines. d) Gestionar, autorizar y suspender la operacion de las aeronaves en el espacio aereo peruano, segun corresponda. e) Gestionar la evaluacion, por las areas respectivas, y proponer las autorizaciones correspondientes de las solicitudes de permisos de transporte aereo nacionales o internacionales, asi como la gestion de los procesos de certificacion de los operadores aereos nacionales. f) Supervisar y controlar las operaciones aereas de las empresas de aviacion nacionales, de las aeronaves nacionales y extranjeras privadas y comerciales en todo el territorio de la Republica, a fin que ejerzan sus actividades de acuerdo con las leyes, reglamentos, normas conexas y permisos de transporte aereo otorgados. g) Confeccionar, analizar, proyectar y difundir toda la informacion estadistica vinculada al trafico de pasajeros, carga y correo nacional e internacional, aterrizajes efectuados, rutas y frecuencias utilizadas, que se oriente a satisfacer las necesidades internas y externas. h) Mantener la informacion estadistica de infracciones y sanciones, en el ambito de su competencia i) Supervisar la vigencia de las matriculas provisionales, contratos de arrendamiento, subarrendamiento de aeronaves, en coordinacion con la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. j) Supervisar la vigencia de las coberturas de seguros de todos los operadores aereos que realicen actividades aeronauticas en el pais. k) Mantener el registro administrativo de los agentes de carga aerea. l) Gestionar la evaluacion, por las areas competentes, de las solicitudes de los aeroclubes, proponiendo las autorizaciones respectivas. m) Las demas funciones que le asigne la Direccion General, en materia de su competencia. Articulo 53º.- La Direccion de Seguridad Aerea es responsable de normar y vigilar el estricto cumplimiento de los estandares de seguridad vigentes, colaborando en la investigacion de accidentes de aviacion civil, promoviendo la capacitacion del personal aeronautico, asi como evaluando solicitudes en los aspectos de capacidad tecnica.

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