Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2002 (24/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 24 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 10º.- Funciones de los Viceministros Los Viceministros tienen las funciones siguientes: a) Colaborar con el Ministro en el cumplimiento de la politica del subsector a su cargo. b) Ejecutar y hacer cumplir la legislacion y resoluciones sobre materia de su competencia. c) Ejecutar, por encargo del Ministro, la politica subsectorial y supervisar las actividades de los organismos descentralizados y proyectos especiales u otros similares que los sustituyan del subsector a su cargo. d) Dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento de las actividades de los organos del Ministerio a su cargo. e) Aprobar y ejecutar Directivas Tecnico - Administrativas y otras que el Ministro le encomiende. f) Resolver, en la instancia que le corresponda, los asuntos administrativos de su competencia. g) Informar al Ministro sobre el cumplimiento de las politicas del Sector. h) Representar al Ministro en los actos y gestiones que le MORDAZA encomendados. i) Las demas que el Ministro les delegue, en el ambito de su competencia. Articulo 11º.- Secretario General El Secretario General asiste al Ministro en los aspectos administrativos, de comunicacion social y relaciones publicas. Articulo 12º.- Funciones del Secretario General El Secretario General tiene las funciones siguientes: a) Dirigir y supervisar el funcionamiento de los organos de apoyo del Ministerio. b) Coordinar y supervisar el funcionamiento de los organos de asesoramiento del Ministerio. c) Coordinar y supervisar la marcha administrativa del Ministerio. d) Someter a consideracion del Ministro los planes, programas y proyectos que requieran su aprobacion. e) Asesorar al Ministro en las materias de su competencia. f) Dirigir, coordinar y supervisar la gestion documentaria del Ministerio. g) Centralizar, coordinar y procesar el flujo documentario del Despacho Ministerial. h) Coordinar las acciones vinculadas a prensa, imagen, protocolo y relaciones publicas. i) Expedir Resoluciones y Directivas sobre asuntos administrativos. j) Administrar el registro, publicacion y archivo de la documentacion oficial y dispositivos legales que emanen del Ministerio. k) Mantener el registro de las directivas internas vigentes. l) Las demas que le asigne el Ministro, en el ambito de su competencia. Articulo 13º.- La Secretaria General tiene la siguiente estructura organica: ORGANO DE DIRECCION - Secretaria General ORGANO DE LINEA - Oficina de Imagen Institucional - Oficina de Atencion al Ciudadano - Oficina de Tramite Documentario - Oficina de Defensa Nacional Articulo 14º.- La Oficina de Imagen Institucional asesora a la Alta Direccion en la formulacion e implementacion de estrategias de comunicacion y realiza el seguimiento y analisis de la informacion emitida por los medios y de las opiniones de audiencias especificas sobre temas del Ministerio. Coordina las acciones de protocolo. Esta a cargo de un Director, que depende de Secretaria General. Tiene las funciones siguientes: a) Proponer a la Alta Direccion las estrategias de las comunicaciones preactiva y reactiva del Sector. b) Planificar, ejecutar y supervisar la difusion de las actividades del Ministerio y coordinar las acciones correspondientes con los organismos del Sector.

c) Disenar estrategias que contribuyan a fortalecer la imagen de la entidad ante la opinion publica. d) Proporcionar a la Alta Direccion la informacion y analisis sobre las noticias y tendencias diarias de la opinion publica nacional e internacional. e) Mantener contacto permanente con los medios de comunicacion social. f) Controlar, aprobar y supervisar todo MORDAZA de impresos, campanas, avisos y spots publicitarios que se realicen por encargo del Ministerio. g) Supervisar el uso adecuado del logotipo institucional. h) Conducir las actividades de Relaciones Publicas y Protocolo del Ministerio. i) Organizar ceremonias y eventos que MORDAZA dispuestos por la Alta Direccion. j) Administrar y cautelar los archivos audiovisuales y fisicos de la Oficina. k) Las demas funciones que le asigne el Secretario General, de acuerdo al ambito de su competencia. Articulo 15º.- La Oficina de Atencion al Ciudadano esta encargada de brindar informacion y orientacion a ciudadanos y personas juridicas sobre servicios del Ministerio, asi como de velar por la racionalizacion y agilizacion de los procedimientos de atencion. Esta a cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Brindar informacion de los servicios que brindan las unidades organicas del Ministerio. b) Brindar informacion sobre la situacion en que se encuentren los documentos en tramite. c) Coordinar con la oficina responsable la respuesta a las solicitudes de informacion de la poblacion. d) Elaborar y actualizar las directivas y manuales de procedimientos de atencion y velar por su cumplimiento. e) Administrar y normar el Centro de Informacion y Documentacion en base a las normas vigentes. f) Disenar y actualizar las guias del usuario de los servicios que brindan las unidades organicas del Ministerio, asi como material de orientacion. g) Elaborar formatos y formularios para la tramitacion de procedimientos administrativos. h) Administrar y normar el modulo de atencion al publico. i) Las demas funciones que le asigne la Secretaria General, de acuerdo al ambito de su competencia. Articulo 16º.- La Oficina de Tramite Documentario esta encargada de administrar, custodiar y conservar la documentacion interna y externa del Ministerio, asi como de administrar el Sistema Integrado Documentario. Esta a cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Administrar, registrar, clasificar y distribuir la documentacion que ingresa al Ministerio. b) Administrar y normar el Sistema Integrado Documentario del Ministerio, manteniendolo actualizado y operativo. c) Administrar y normar el archivo central, los archivos perifericos y archivos de gestion, de conformidad con las normas y directivas del Sistema Nacional de Archivos. d) Registrar y controlar el reparto y entrega de la documentacion a nivel local, nacional e internacional. e) Custodiar y distribuir las resoluciones emitidas por el Sector. f) Cumplir con las disposiciones relativas a la notificacion a que se refiere la Ley del Procedimiento Administrativo General. g) Proponer la formulacion y actualizacion de las normas correspondientes al Tramite Documentario. h) Las demas funciones que le asigne la Secretaria General, de acuerdo al ambito de su competencia. Articulo 17º.- La Oficina de Defensa Nacional se encarga de planear, coordinar, supervisar y evaluar las acciones inherentes a la defensa nacional y la defensa civil a nivel del Ministerio; es el nexo con el Indeci y la Sedena. Esta a cargo de un Director, quien depende del Secretario General. Tiene las funciones siguientes: a) Asesorar a la Alta Direccion en el planeamiento y ejecucion de las acciones de Defensa Nacional en el Sector.

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