Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2002 (24/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 24 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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e) Proponer programas y proyectos de inversion en infraestructura portuaria, terminales interiores de carga y vias navegables. f) Evaluar y supervisar los proyectos portuarios propuestos o ejecutados por entidades del sector publico y privado, en el ambito de su competencia. g) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Transportes, en el ambito de su competencia. Articulo 57º.- La Direccion General de Transporte Acuatico cuenta con la siguiente estructura organica: ORGANOS DE DIRECCION - Direccion General de Transporte Acuatico ORGANOS DE LINEA - Direccion de Infraestructura Portuaria y Vias Navegables - Direccion de Servicios Portuarios, Actividad Naviera y Multimodal Articulo 58º.- La Direccion de Infraestructura Portuaria y Vias Navegables es responsable de promover normas, disposiciones y acciones orientadas a impulsar y fortalecer el desarrollo y modernizacion de la infraestructura portuaria y vias navegables. Esta a cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Planificar, ejecutar y supervisar proyectos de inversion publica en infraestructura portuaria y vias navegables que impulsen el desarrollo del Sector. b) Evaluar y proponer en el ambito de su competencia la aprobacion de estudios y obras de infraestructura portuaria, vias navegables y terminales interiores de carga propuestos y ejecutados por el sector privado. c) Formular y proponer normas y disposiciones reglamentarias relacionadas a la infraestructura portuaria y vias navegables. d) Supervisar en el ambito de su competencia el cumplimiento de las normas tecnicas relacionadas a la infraestructura portuaria, vias navegables y terminales interiores de carga. e) Emitir opinion tecnica sobre proyectos de infraestructura portuaria y vias navegables requerida por entidades del sector publico y privado. f) Ejecutar las acciones tecnico administrativas orientadas a una efectiva y eficiente gestion en la ejecucion y supervision de los proyectos de su competencia y otros que le MORDAZA encargados. g) Desarrollar acciones tecnicas orientadas a: evaluacion de estudios, elaboracion de terminos de referencia, seguimiento de contratos, evaluacion de presupuestos adicionales y/o deductivos, ampliaciones de plazos, valorizaciones, liquidaciones y otros de los proyectos de inversion publica. h) Recopilar y mantener informacion actualizada de la infraestructura portuaria y vias navegables a nivel nacional. i) Las demas funciones que le asigne la Direccion General, de acuerdo al ambito de su competencia. Articulo 59º.- La Direccion de Servicios Portuarios, Actividad Naviera y Multimodal es responsable de promover el ordenamiento administrativo y operativo de los servicios portuarios y de las actividades navieras y multimodales, regulando y evaluando el otorgamiento de licencias y permisos de operacion. Esta a cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Proponer politicas y estrategias orientadas a fomentar e impulsar el desarrollo de los servicios portuarios y las actividades naviera, comercial y multimodal, en el ambito de su competencia. b) Evaluar y proponer el otorgamiento de licencias y prorrogas que son requeridas para ejercer actividades de agencias, empresas y cooperativas de estiba/desestiba. c) Evaluar y proponer el otorgamiento de licencias requeridas por las personas naturales o juridicas para prestar servicios portuarios y conexos al transporte maritimo que se desarrollan en trafico de MORDAZA y areas portuarias, asi como para prestar servicios de transporte acuatico comercial y/o turistico. d) Evaluar y emitir opinion sobre las solicitudes de fletamento de naves de bandera extranjera y/o el incremento o reduccion de flota segun corresponda.

e) Formular y proponer normas y disposiciones reglamentarias en el ambito de su competencia. f) Supervisar y evaluar el cumplimiento de las normas tecnicas de actividades relacionadas al ambito de su competencia. g) Controlar y fiscalizar en el ambito de su competencia las actividades de las personas naturales y juridicas que prestan servicios portuarios y conexos al transporte maritimo en MORDAZA y areas portuarias, asi como las de aquellas que prestan servicios de transporte acuatico comercial y/o turistico. h) Controlar y fiscalizar las actividades de las agencias generales maritimas, fluviales, lacustres, asi como a las empresas y cooperativas de estiba y desestiba. i) Evaluar y proponer la aprobacion de los proyectos de los reglamentos internos operativos, reglamentos de prevencion de accidentes y practicas de seguridad, control y vigilancia requeridos por las entidades prestadoras que explotan la infraestructura portuaria de uso publico. j) Mantener informacion actualizada sobre tarifas portuarias y de los servicios conexos al transporte maritimo. k) Las demas funciones que le asigne la Direccion General, de acuerdo al ambito de su competencia. Articulo 60º.- Direccion General de Caminos y Ferrocarriles La Direccion General de Caminos y Ferrocarriles es un organo de linea del Viceministerio de Transportes que esta a cargo de dictar normas sobre el uso y desarrollo de la infraestructura de carreteras, puentes y ferrocarriles, asi como de fiscalizar su cumplimiento en las redes viales del pais. Esta a cargo de un Director General, quien depende del Viceministro de Transportes. Tiene las funciones siguientes: a) Formular, proponer y ejecutar las politicas, estrategias y planes de desarrollo relativos a la gestion de las redes viales del MORDAZA, en lo relacionado con las carreteras y puentes asi como la actividad ferroviaria, fiscalizando la ejecucion delegada a los Proyectos Especiales, con excepcion de las vias concesionadas. b) Formular, y aprobar de ser el caso, la normatividad tecnica y administrativa relacionada con la ejecucion de la gestion de la infraestructura vial (carreteras, puentes y ferrocarriles), velando por su adecuado y oportuno cumplimiento, aplicacion y actualizacion, asi como por la preservacion del patrimonio vial del MORDAZA, incluyendo los derechos de via y area matriz de los ferrocarriles. c) Emitir opinion sobre las tarifas de precios y multas de los sistemas de peajes y pesajes, respectivamente, y sobre la propuesta de su ubicacion, d) Normar, autorizar y fiscalizar los permisos y licencias de operacion del servicio ferroviario, imponiendo las multas y sanciones administrativas que corresponda, de acuerdo a las facultades conferidas por Ley. e) Coordinar la formulacion de programas contingentes para atender las emergencias de las redes viales del MORDAZA, y su adecuada y oportuna ejecucion a traves de los Proyectos Especiales ejecutores de estudios y obras en las redes viales del pais. f) Coordinar con los entes ejecutores a fin de consolidar y mantener actualizado el inventario vial a nivel nacional. g) Formular y proponer convenios y acuerdos internacionales, asi como participar por encargo en actividades y foros internacionales. h) Coordinar los asuntos relacionados con la politica, estrategia y planeamiento del desarrollo de la infraestructura de transporte intermodal con la Secretaria de Politica de Transportes, las direcciones generales de linea del sub -sector Transportes y otras entidades relacionadas. i) Asesorar tecnicamente a otras entidades publicas y privadas en materia de infraestructura de transporte terrestre: carreteras, puentes y ferrocarriles. j) Promover la investigacion y desarrollo en los aspectos relacionados con las tecnologias aplicables a la construccion, rehabilitacion, mejoramiento, mantenimiento y gestion de la infraestructura de carreteras, puentes y ferrocarriles. k) Normar y dirigir la ejecucion de pruebas de control de calidad de las obras de las redes viales y aprobar las tarifas aplicables a terceros. l) Organizar, establecer y mantener actualizado el Inventario Vial de Carreteras y Puentes, asi como el Registro Nacional de la Actividad Ferroviaria, incluyendo indicadores de operacion que permitan su evaluacion y seguimiento.

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