Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2002 (24/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 24 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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mejorar la capacidad y eficiencia del Subsector Transportes en la toma de sus decisiones y en el manejo de sus recursos, a fin de optimizar sus sistemas administrativos, de gestion y control interno, incluyendo el senalamiento de responsabilidades que en su caso se hubieran identificado. d) Proponer al Auditor General la conformacion de las comisiones de auditoria. e) Procesar las denuncias y sugerencias y desarrollar las investigaciones o indagaciones del caso, emitiendo el Informe correspondiente. f) Las demas funciones que le asigne el Auditor General, en materia de su competencia. Articulo 25º.- La Direccion de Auditoria del Subsector Comunicaciones y Asuntos Administrativos es el organo de linea de la Oficina General de Auditoria Interna cuyo ambito de accion esta constituido por el Subsector Comunicaciones, incluyendo las empresas e instituciones descentralizadas o entidades similares que las sustituyan del Subsector, asi como las areas administrativas, de apoyo y de asesoria de la Sede Central del Ministerio. Esta a cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Realizar las acciones de control programadas, asi como las que disponga el Auditor General, relacionadas con los aspectos tecnicos - administrativos, financieros, economicos y contables de la Unidad Ejecutora de Comunicaciones, asi como en las demas areas y entidades de su competencia. b) Efectuar la supervision, vigilancia y verificacion de la correcta gestion y utilizacion de los recursos y bienes, asignados a las areas incluidas en el ambito de control de la Direccion. c) Elaborar los informes relacionados con las acciones de control ejecutadas y efectuar recomendaciones para mejorar la capacidad y eficiencia del Sub Sector Comunicaciones, en la toma de sus decisiones y en el manejo de sus recursos, a fin de optimizar sus sistemas administrativos, de gestion y control interno; incluyendo el senalamiento de responsabilidades que en su caso se hubieran identificado. d) Proponer al Auditor General la conformacion de las Comisiones de Auditoria. e) Procesar las denuncias y sugerencias y desarrollar las investigaciones o indagaciones del caso, emitiendo el Informe correspondiente. f) Las demas funciones que le asigne el Auditor General, en materia de su competencia. CAPITULO V ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL Articulo 26º.- La Procuraduria Publica es el organo encargado de garantizar la defensa del Estado en juicio Ministerio de Transportes y Comunicaciones y sus organismos, programas y proyectos o entidades similares que los sustituyan conforme a la Constitucion Politica y a la Ley de Defensa Judicial del Estado. Esta a cargo de un Procurador, adscrito al Despacho Ministerial. Tiene las funciones siguientes: a) Representar y defender los derechos e intereses del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de los Organismos del Sector ante el Tribunal Constitucional, Organos Jurisdiccionales y Administrativos. b) Coordinar con las autoridades del Sector Publico Nacional los asuntos relacionados con la defensa de los derechos e intereses del Sector y solicitar los informes que estime conveniente. c) Coordinar con el Consejo de Defensa Judicial del Estado. d) Las demas funciones senaladas en la Ley de Defensa Judicial del Estado, normas complementarias y conexas y otras que le asigne el Ministro de acuerdo al ambito de su competencia. CAPITULO VI ORGANOS DE ASESORAMIENTO Articulo 27º.- Oficina General de Asesoria Juridica La Oficina General de Asesoria Juridica asesora y emite opinion sobre los asuntos de caracter juridico de competencia de la Alta Direccion. Dirige la recopilacion sistemati-

ca de la legislacion de los temas de competencia del Ministerio. Esta a cargo de un Director General Tiene las funciones siguientes a) Asesorar a la Alta Direccion en aspectos juridicos relacionados con las actividades del Sector. b) Absolver las consultas que en materia juridica se le formulen. c) Coordinar la actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio. d) Evaluar expedientes y proyectos de resolucion a ser emitidos por la Alta Direccion. e) Elaborar y proponer disposiciones legales sobre materias vinculadas al Sector o las que le encomiende la Alta Direccion. f) Emitir pronunciamiento legal respecto de las discrepancias producidas dentro de un organo o entre organos del Ministerio, cuando asi se le requiera. g) Mantener la recopilacion sistematica de la legislacion del Sector. h) Las demas funciones que le asigne la Alta Direccion en materia de su competencia. Articulo 28º.- Oficina General de Planificacion y Presupuesto La Oficina General de Planificacion y Presupuesto conduce los procesos de planificacion, programacion de inversiones, presupuesto y cooperacion tecnica. Coordina la cooperacion financiera externa y conduce el sistema de informacion de gestion. Esta a cargo de un Director General. Tiene las funciones siguientes: a) Conducir la formulacion y evaluacion de los planes de desarrollo del Sector y del Pliego, y coordinar los de las instituciones publicas descentralizadas del Sector. b) Conducir y priorizar el Sistema Sectorial de Inversion Publica. c) Conducir el MORDAZA presupuestario del Pliego. d) Coordinar la gestion del financiamiento externo destinado al Ministerio. e) Promover la orientacion a resultados a traves de la formulacion de indicadores y la suscripcion de convenios de gestion. f) Conducir, coordinar y evaluar la gestion de la cooperacion tecnica internacional del Sector. g) Coordinar y mantener el funcionamiento del sistema de informacion gerencial del Sector. h) Coordinar con las instancias regionales los aspectos relacionados a los procesos de planificacion, programacion de inversiones y presupuesto del Sector. i) Las demas funciones que le asigne la Alta Direccion en materia de su competencia. Articulo 29º.- La Oficina General de Planificacion y Presupuesto cuenta con la siguiente estructura organica: ORGANO DE DIRECCION - Oficina General de Planificacion y Presupuesto ORGANOS DE LINEA - Direccion de Planificacion - Direccion de Inversiones - Direccion de Presupuesto - Direccion de Informacion de Gestion Articulo 30º.- La Direccion de Planificacion es el organo responsable de la coordinacion, formulacion y evaluacion de los planes sectoriales, de la gestion y seguimiento de la cooperacion tecnica internacional, y del seguimiento del destino y uso de las donaciones provenientes del exterior. Esta a cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Formular y evaluar el plan estrategico sectorial multianual del Sector. b) Formular y evaluar los planes de corto, mediano y largo plazo del Ministerio. c) Coordinar y elaborar los estudios de base y trabajos de investigacion para el MORDAZA de planificacion sectorial. d) Consolidar el programa multianual de inversiones del Sector. e) Coordinar la formulacion y evaluacion de indicadores de gestion y la suscripcion de convenios de gestion.

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