Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2002 (24/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de agosto de 2002

m) Expedir Resoluciones Directorales que por atribucion y responsabilidad correspondan a la Direccion General. n) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Transportes, de acuerdo al ambito de su competencia. Articulo 61º.- La Estructura Organica de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles es la siguiente: ORGANO DE DIRECCION - Direccion General de Caminos y Ferrocarriles ORGANOS DE APOYO - Oficina de Apoyo Tecnologico - Oficina de Emergencias Viales ORGANOS DE LINEA - Direccion de Desarrollo Vial - Direccion de Normatividad Vial - Direccion de Fiscalizacion Vial Articulo 62º.- La Oficina de Apoyo Tecnologico brinda apoyo tecnologico para garantizar la calidad de las obras y materiales utilizados en la construccion, rehabilitacion, mejoramiento y mantenimiento de las redes viales del MORDAZA, en lo relacionado con carreteras, puentes y ferrocarriles. Esta a cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) En coordinacion con la Direccion de Fiscalizacion Vial y los Proyectos Especiales ejecutores de obras viales, programar y desarrollar estudios de suelos y rocas, geologicos, geotecnicos e hidrologicos; ensayo de materiales; diseno de pavimentos y cimentacion; y demas analisis y ensayos de laboratorio, para el MORDAZA de diseno y ejecucion de obras viales. b) Brindar apoyo tecnologico para el control de calidad de materiales a ser utilizados en obras y mantenimiento de carreteras, puentes y ferrocarriles. c) Asesorar en la formulacion de normas y especificaciones tecnicas, promoviendo la investigacion, el analisis y utilizacion de nuevos metodos y procedimientos en MORDAZA con la tecnologia moderna y acuerdos internacionales. d) Promover la celebracion de convenios con instituciones que apoyen el desarrollo de tecnologia relacionada con la infraestructura vial. e) Brindar servicio de certificacion y calibracion de equipos que utilicen los consultores y contratistas de estudios y obras viales, en los proyectos a cargo del Ministerio. f) Formular y proponer la actualizacion de tarifas para los servicios de laboratorio que la oficina preste. g) Contribuir a mantener actualizado el inventario vial a nivel nacional, proporcionando informacion requerida para el Sistema de Gestion de Pavimentos, en el ambito de su competencia. h) Las demas funciones que le asigne el Director General, en el ambito de su competencia. Articulo 63º.- La Oficina de Emergencias Viales se encarga de garantizar el restablecimiento de la seguridad y transitabilidad en las carreteras, puentes y vias ferreas del MORDAZA, perdidos por efecto de desastres naturales, a traves de los Proyectos Especiales responsables de las redes viales, y de los Gobiernos Regionales y Locales segun corresponda. Esta a cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Conducir el Sistema Nacional de Emergencias Viales, asumiendo el monitoreo de los requerimientos en el territorio nacional, y coordinando la atencion de las emergencias por los Proyectos Especiales responsables de las redes viales del MORDAZA, a traves de las respectivas unidades zonales. b) Desarrollar actividades para la prevencion de emergencias que se puedan producir en la red vial nacional, departamental y rural, asi como en la red ferroviaria, coordinando la senalizacion de las vias, difundiendo medidas de precaucion y capacitando a los usuarios de las redes viales. c) Monitorear las condiciones climaticas que puedan afectar la seguridad y la transitabilidad en las redes viales del MORDAZA, en coordinacion con las entidades nacionales e internacionales especializadas. d) Aplicar mecanismos de alerta temprana utilizando los medios de comunicacion privados y de radio - aficio-

nados, de modo que los usuarios de las redes viales reciban informacion oportuna para evitar accidentes en las redes viales, asi como para optimizar la programacion de las operaciones de empresas privadas de transporte (carreteras y ferrocarriles). e) Administrar la red de comunicaciones y de datos para atender emergencias viales, manteniendola integrada a los organismos de emergencias sanitarias y de defensa civil del pais. f) Mantener un control centralizado de la informacion sobre emergencias viales, con capacidad para distribuir responsabilidades a los Proyectos Especiales, y efectuar las evaluaciones posteriores. g) Establecer y supervisar mecanismos de financiacion para la atencion oportuna de las emergencias viales menores, asignados a traves de los presupuestos de cada uno de los Proyectos Especiales; asi como establecer procedimientos para canalizar hacia el Ministerio de Economia y Finanzas los requerimientos para atender aquellas emergencias mayores que excedan las previsiones. h) Programar y desarrollar entrenamiento de brigadas especiales para atender emergencias viales, en coordinacion con las autoridades de Defensa Civil de nivel nacional y local; asi como gestionar recursos para su adecuado equipamiento. i) Mantener una coordinacion permanente con la Direccion de Normatividad Vial para contar con una asignacion precisa de responsabilidades en cada una de las vias de comunicacion (carreteras, puentes y ferrocarriles), en especial aquellas que merezcan prioridad en funcion a su cercania con zonas vulnerables a fenomenos repetitivos. j) Otras que le asigne el Director General de Caminos y Ferrocarriles, en materias de su competencia. Articulo 64º.- La Direccion de Desarrollo Vial se encarga de realizar estudios para el desarrollo vial y ferroviario del pais. Esta a cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Elaborar perfiles de proyectos, con el proposito de sustentar el MORDAZA de planeamiento del desarrollo de las redes viales y ferroviaria del MORDAZA, en el ambito de su competencia. b) Participar en el planeamiento de las redes viales. c) Promover el desarrollo permanente de la infraestructura de transporte terrestre (carreteras, puentes y ferrocarriles), de acuerdo a los estandares internacionales y a las particularidades sociales y geograficas del MORDAZA, formulando y proponiendo estrategias, concordantes con las politicas del Sector. d) Realizar estudios economicos sobre los diversos aspectos de la infraestructura de transporte terrestre, permitiendo determinar y difundir oportunidades de desarrollo regional, nacional e internacional. e) Elaborar y mantener actualizado el banco de proyectos viales (carreteras, puentes y ferrocarriles) del MORDAZA, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones del Sistema de Inversion Publica. f) Elaborar y proponer criterios de priorizacion de proyectos a ejecutar para el desarrollo de la infraestructura de transporte terrestre. g) Dictaminar sobre la aplicabilidad y observancia de las normas y procedimientos relativos al uso y desarrollo de la infraestructura de transporte terrestre, adoptados y/o recomendados por los organismos internacionales especializados. h) Actualizar el Inventario Vial de Carreteras y Puentes, asi como el Registro Nacional de la Actividad Ferroviaria, especialmente en lo referente al levantamiento periodico del indice medio diario, velocidad promedio y otros indicadores tecnicos de todas las vias terrestres del MORDAZA, a traves de los Proyectos Especiales a cargo de las redes viales y de la red ferroviaria, y/o los que MORDAZA sus veces. i) Las demas funciones que le asigne el Director General, de acuerdo al ambito de su competencia. Articulo 65º.- La Direccion de Normatividad Vial se encarga de garantizar que los proyectos de desarrollo de las redes viales y ferroviarias se ejecuten de una manera eficaz y eficiente, mediante la formulacion de las normas pertinentes y la utilizacion de metodologias y tecnicas adecuadas. Esta a cargo de un Director. Tiene las funciones siguientes: a) Elaborar, proponer y administrar la actualizacion de normas, especificaciones tecnicas, incluyendo normas

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