Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2002 (05/12/2002)


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NORMAS LEGALES


MORDAZA, jueves 5 de diciembre de 2002
CURSOS Puntos OBS

3. Que la Especialidad Aeronautica comprende cualquiera de los cursos siguientes: a. Ingeniero Aeronautico b. Electronico Aeronautico c. Mantenimiento Aeronautico d. Control de Trafico Aereo 4. El incremento por el Curso de Combate Contrasubversivo sera aplicable solo si dicho curso tiene una duracion minima de tres meses. 5. Los cursos de interes seran aquellos determinados por la DIRIN, aprobados por el CGE y publicado en la OGE. 6. El Puntaje sera otorgado en su totalidad cuando el candidato ha seguido el curso en la modalidad de Residente. Se otorgara el MORDAZA del valor cuando ha seguido el curso en la modalidad de No Residente 7. Para la validez de los incrementos por cursos de nivel universitario, de post grado y otros de interes para el Ejercito, en el MORDAZA o en el extranjero, los cursos deben tener como minimo el numero de horas en la modalidad de residente que se indica a continuacion:
Cursos Cursos Cursos Cursos mas de 12 meses .............. de 07 a 12 meses ............. de 04 a 06 meses ............. de 01 a 03 meses ............. 650 400 200 60 hrs hrs hrs hrs

03 CURSOS A NIVEL UNIVERSITARIO U OTROS DE INTERES PARA EL EJERCITO. a. DOCTORADO b. MAESTRIA c. LICENCIATURA d. CURSOS DE MAS DE 12 MESES e. CURSOS DE 7 A 12 MESES f. CURSOS DE 4 A 6 MESES g. CURSOS DE 1 A 3 MESES

2.00 1.50 1.25 1.00 0.75 0.50 0.25

INSTRUCCIONES PARA LA APLICACION DE LA TABLA Nº 02-C 1. El Puntaje de incremento adicional de la Tabla Nº 02-C sera otorgado para Oficiales de la EMCH procedentes del CAPOR y Oficiales de procedencia universitaria en las condiciones siguientes: a. La Tabla de incrementos adicional por otros Cursos realizados en el MORDAZA o en el extranjero, tiene la finalidad de otorgar un incremento adicional de puntaje por seguir mas de un Curso entre los considerados en la Tabla Nº 02-B toda vez que estos no son acumulables entre si. PROCEDIMIENTO : (1) Se selecciona el curso que se sigue en valor de incremento al elegido en la Tabla Nº 02-B. (2) El Curso seleccionado se le ubica en la Tabla Nº 02-C de acuerdo a las caracteristicas del curso. (3) Se toma el puntaje adicional que le corresponde. b. El Curso materia de evaluacion, para el incremento adicional debe estar aprobado por el CGE (DIRIN) y publicado en la OGE. c. Sera considerado solo un curso adicional, el que le sigue en valor de incremento al elegido en la Tabla Nº 02-B. 2. La suma de incrementos otorgados por los cursos de las tablas Nº 02-B y 02-C no deben sobrepasar los 12 puntos. 3. POR RETRASOS EN EL ASCENSO. TABLA DE PUNTAJE Nº 02- D INCREMENTOS POR RETRASOS EN EL ASCENSO
Nº 01 02 03 TERCIOS El Primer MORDAZA El MORDAZA MORDAZA El Tercer MORDAZA SUBALTERNOS 3 2 1 SUPERIOR 4 3 2 GENERALES 5 4 3 OBS

8. Solo se debe considerar para asignacion de Puntaje, las Maestrias y/o Doctorados terminados y debidamente sustentados con el Titulo a nombre de la Nacion y que deben reunir los requisitos contemplados en la normatividad vigente. 9. Solo seran considerados para los incrementos respectivos los cursos de idiomas concluidos satisfactoriamente hasta el nivel AVANZADO y que hayan sido revalidados por el Centro de Idiomas Virgen de las MORDAZA (CIVIME). 10. Otros Cursos no considerados en la Tabla seran evaluados por la DIRIN para el otorgamiento del puntaje respectivo. TABLA DE PUNTAJE Nº 02-C INCREMENTOS ADICIONALES POR OTROS CURSOS REALIZADOS EN EL MORDAZA Y/O EN EL EXTRANJERO POR DESIGNACION Y/O CONCURSO
Nº CURSOS Puntos OBS

01 CURSOS DE CALIFICACION SUPERIOR a. ESTADO MAYOR CONJUNTO b. SUP. DE OPNS SICOLOGICAS c. SUP DE INTELIGENCIA 02 CURSOS DE CALIFICACION a. RESIDENTADO MEDICO b. RESIDENTADO ODONTOLOGICO c. RESIDENTADO MED VETERINARIO (A partir 2002) d. RESIDENTADO FARMACEUTICO (A partir 2002) e. RESIDENTADO DE SICOLOGIA (A partir 2002) f. AVIADOR DEL EJERCITO g. REGULAR DE COMANDOS h. ARTILLERIA ANTIAEREA i. MAESTRO DE EQUITACION j. BASICO DE BLINDADOS k. BASICO DE INTELIGENCIA l. BASICO DE OPERACIONES SICOLOGICAS ll. PARACAIDISMO ESPECIALIZADO m. DEMOLICION SUBMARINA n. ESPECIALIDAD AERONAUTICA n. OPERACIONES AEROTACTICAS o. ADMINISTRACION LOGISTICA (A partir 2002) p. PARACAIDISMO q. INGENIERIA ANFIBIA r. REGULAR ANFIBIO (A partir 2004) s. COMB CONTRASUBVERSIVO t. PILOTAJE AEREO CIVIL 2.00 2.00 2.00 1.00 1.00 0.85 0.75 0.75 0.75 0.75 0.75 0.75 0.75 0.75 0.75 0.75 0.75 0.50 0.50 0.50 0.50 0.50 Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente Residente 1.0 1.0 1.0 Residente Residente Residente

INSTRUCCIONES PARA LA APLICACION DE LA TABLA Nº 02-D Los puntajes de incrementos por retrasos en el ascenso, solo se aplicaran en el grado tomando como MORDAZA los tres (03) ultimos procesos en el que hubiere participado. TABLA DE PUNTAJE Nº 3 PARA DETERMINAR LA NOTA DEL SUBFACTOR FORMACION PROFESIONAL: DISMINUCIONES
Nº DEMERITOS PUNTOS 8 OBS. Excepto por razones de enfermedad debidamente comprobadas o razon de servicio. 01 POR EXONERACION DE CURSOS OBLIGATORIOS QUE DAN PUNTAJE BASICO A SOLICITUD DEL INTERESADO 02 POR HABER SIDO DESAPROBADO DE UN CURSO QUE DA PB POR LIMITE DE INASISTENCIAS, BAJO RENDIMIENTO Y POR ASUNTOS PARTICULARES. 03 POR HABER SIDO DESAPROBADO O SEPARADO DE UN CURSO DESIGNADO POR EL COMANDO DEL EJERCITO, EN EL MORDAZA O EN EL EXTRANJERO, SEA POR LIMITE DE INASISTENCIAS, BAJO RENDIMIENTO, O ASUNTOS PARTICULARES

10

Por una sola vez en el grado que le corresponde.

20

Por una sola vez en el grado que le corresponde.

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