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Pág. 234533 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de diciembre de 2002 corresponde al grupo de alumnos que se encuentra en- tre el Nº 1 del Cuadro de Mérito y aquel que ocupe el puesto que indica el resultado de la división entre 5. Los que continúen, conformarán el 2do, 3er, 4to y 5to quinto respectivamente. 2. A los Oficiales que no hubieran hecho el Curso Básico, Intermedio y/o Avanzado por haber ascendido antes al grado inmediato superior, se les aplicará el in- cremento del primer quinto. 3. Si el candidato ha hecho dos cursos o más, se considerará sólo el de mayor puntaje; el COEM Resi- dente 1 año complementando con el CCA equivale al COEM 2 años. 4. Para el COEM -CCA (2años) el quinto de incre- mento se obtendrá del Cuadro de Mérito del CCA. 5. A los Oficiales del CROCYTE y que en su oportu- nidad no hubieran realizado el Curso Básico, Intermedio y/o Avanzado se les otorgara el Puntaje Básico conside- rando los incrementos siguientes: - El incremento por el Curso Básico/Intermedio de acuerdo al quinto que ocupó en el Cuadro de Merito del primer año. - El incremento por el Curso Avanzado de acuerdo al quinto que ocupó en el cuadro de merito del segundo año. 6. Otorgar a los Oficiales ex DICYT, que realizaron curso en el Extranjero, el puntaje de incremento corres- pondiente al quinto que ocupaban al momento de ser becado para seguir curso en el extranjero. 7. A los Oficiales Ex DICYT y a los Oficiales alumnos que estén realizando el CROCYTE, y que hayan realiza- do los Cursos Básico, Intermedio y/o Avanzado, se les asignará el Puntaje Básico y el incremento que le co- rresponde a dichos cursos. 8. A los Oficiales Ex DICYT que aprobaron el Curso de Comando y Estado Mayor (CCEM) en el país o en el extranjero, se les aplicará el incremento del quinto obte- nido. 9. Los Oficiales que no hubieran realizado el curso complementario, por razones del servicio, obtendrán el incremento del quinto que ocuparon en el Cuadro de Mérito de salida de la EMCH. 10. Se considerara el curso de reclasificación sólo en el caso en que el Oficial no hubiera realizado curso Complementario. 11. Los incrementos por curso que otorgan Puntaje Básico, serán computados hasta el 31 Dic del año ante- rior al proceso de ascenso. 12. Los casos atípicos par la asignación de incre- mentos no considerado en el presente Reglamento, se- rán resueltos por JUPEVAL. TABLA DE PUNTAJE Nº 02 - A TABLA DE EQUIVALENCIA ATRIBUTO-QUINTO PARA EL CALCULO DEL INCREMENTO POR RESUL- TADOS EN CURSOS QUE OTORGAN PUNTAJE BÁ- SICO, CONDUCIDOS POR ESCUELAS QUE CALIFI- CAN POR ATRIBUTOS O NOTA, O QUE NO SE CO- NOZCA EL CUADRO DE MÉRITO. N° Escala de Atributo Escala de Nota Quinto Equivalente 01 A o AB 90.01 a 100.00 1er. Quinto 02 B o MB 85.01 a 90.00 2do. Quinto 03 C o B 75.01 a 85.00 3er. Quinto 04 D o REG 70.01 a 75.00 4to. Quinto 05 E o SUF 65.00 a 70.00 5to. Quinto En caso de cursos donde se asignen atributos, nota y Cuadro de Mérito, se le considerará el quinto de con- formidad a la nota obtenida. 2. OTROS CURSOS REALIZADOSTABLA DE PUNTAJE Nº 02 - B INCREMENTOS POR OTROS CURSOS REALIZADOS EN EL PAÍS Y/O EN EL EXTRANJERO POR DESIGNACIÓN O CONCURSO Nº CURSOS Puntos Obs 01CURSOS DE CALIFICACIÓN SUPERIOR CORONELES aDESARROLLO Y DEFENSA NACIONAL DEL CAEN 10.0 bGUERRA NAVAL de la MGP 10.0 cALTO MANDO de la FAP 10.0 dINTELIGENCIA ESTRATEGICA del CNI 10.0 eALTA GERENCIA en ADMINIST y CIENCIAS POLICIALES de la PNP 10.0 fESPECIAL de DESARROLLO y DEFENSA NACIONAL del CAEN (Ofls Sup de procedencia universitaria de San y SJE) 8.0 Tte Crl a. ESTADO MAYOR CONJUNTO Y OPNS CONJUNTAS 7.0 b. SUPERIOR de INTELIGENCIA 7.0 c. SUPERIOR de OPNS SICOLOGICAS 7.0 02 CURSOS DE CALIFICACIÓN a.RESIDENTADO MÉDICO 6.0 b.RESIDENTADO ODONTOLÓGICO 6.0 c.RESIDENTADO MED VETERINARIO (A partir 2002) 6.0 d.RESIDENTADO FARMACÉUTICO (A partir 2002) 6.0 e.RESIDENTADO DE SICOLOGÍA (A partir 2002) 6.0 f.AVIADOR DEL EJERCITO 6.0 g.REGULAR DE COMANDOS 4.0 h.ARTILLERIA ANTIAÉREA 4.0 i.MAESTRO DE EQUITACIÓN 4.0 j.BLINDADOS 4.0 k.BASICO DE INTELIGENCIA 4.0 l.BASICO DE OPERACIONES SICOLOGICAS 4.0 ll.PARACAIDISMO ESPECIALIZADO 4.0 m.DEMOLICIÓN SUBMARINA 4.0 n.ESPECIALIDAD AERONAUTICA 4.0 ñ.OPERACIONES AEROTACTICAS 4.0 o.ADMINISTRACIÓN LOGÍSTICA (A partir 2002) 4.0 q.PARACAIDISMO 3.0 r.INGENIERIA ANFIBIA 3.0 s.REGULAR ANFIBIO (A partir 2004) 3.0 t.COMB CONTRASUBVERSIVO 3.0 u. PILOTAJE AEREO CIVIL 3.0 03 CURSOS DE NIVEL UNIVERSITARIO Y OTROS DE INTERÉS PARA EL EJERCITO. a.DOCTORADO 8.0 b.MAESTRIA 6.0 c.LICENCIATURA 5.0 d.CURSOS DE MÁS DE 12 MESES 4.0 e.CURSOS DE 7 A 12 MESES 3.0 f.CURSOS DE 4 A 6 MESES 2.0 g.CURSOS DE 1 A 3 MESES 1.0 04 CURSOS EN EL EXTRANJERO DE INTERÉS PARA EL EJÉRCITO. a. CURSOS EN EL COLEGIO INTERAMERICANO DE DEFENSA (CID) EN EEUU. 10.0 b. CURSOS DE ALTO MANDO DEL MISMO NIVEL DEL CDDN (CAEN) 10.0 c.DOCTORADO 8.0 d.MAESTRIA 6.0 e.LICENCIATURA 5.0 f.CURSOS DE MÁS DE 12 MESES 4.0 g.CURSOS DE 7 A 12 MESES 3.0 h.CURSOS DE 4 A 6 MESES 2.0 i.CURSOS DE 1 A 3 MESES 1.0 INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA TABLA Nº 02-B INCREMENTO POR OTROS CURSOS REALIZADOS EN EL PAÍS Y/O EN EL EXTRANJERO. 1. Los incrementos por Cursos considerados en la Tabla Nº 02-B no son acumulables entre si. Sólo será considerado un Curso, el que otorga mayor incremento. 2. El Curso de Paracaidismo Especializado compren- de el Curso de Paracaidismo Básico más un Curso de Caída Libre o Maestro de Salto o Drapla u Orientadores o Curso de Saltos Operacionales.