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Pág. 235341 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de diciembre de 2002 creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar con- cesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios públicos de di- fusión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites es- tablecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión apro- bado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones; Que, el artículo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos de difusión se encuentra el servicio público de distribución de radiodifusión por cable; Que, mediante Informe Nº 012-2002-MTC/17, la Direc- ción General de Gestión de Telecomunicaciones, señala que habiéndose verificado el cumplimiento de los requisi- tos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servicio público de distri- bución de radiodifusión por cable, es procedente la solici- tud formulada por JOSÉ ALFREDO VIDAL MORENO; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento Gene- ral aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Viceministro de Comunica- ciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a JOSÉ ALFREDO VIDAL MO- RENO concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende los distritos de Huaraz e Independencia, de la provincia de Huaraz, del departamento de Ancash. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con JOSÉ ALFREDO VIDAL MORENO para la pres- tación del servicio público a que se refiere el artículo pre- cedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente re- solución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprue- ba mediante la presente resolución. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de con- cesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la pu- blicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 22412 Otorgan a empresa concesión para la prestación del servicio portador local en Lima y Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 801-2002-MTC/03 Lima, 13 de diciembre de 2002 VISTA la solicitud formulada por la empresa SAC PERÚ S.R.L. para que se le otorgue concesión para la prestación del servicio portador local, en la provincia de Lima del de- partamento de Lima y la Provincia Constitucional del Ca- llao; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la ley de Telecomunicaciones, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde alMinisterio de Transportes y Comunicaciones, otorgar con- cesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios públicos portado- res se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites es- tablecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión apro- bado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones; Que, el artículo 32º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos portadores se encuentra el servicio portador lo- cal; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante informe Nº 122-2002-MTC/ 15.03.UECT, señala que habiéndose verificado el cumpli- miento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para el servicio portador local, es procedente la solicitud formulada por la empresa SAC PERÚ S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Or- denado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento Gene- ral aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunica- ciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa SAC PERÚ S.R.L. concesión para la prestación del servicio portador local, por el plazo de veinte (20) años, en la provincia de Lima del departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la empresa SAC PERÚ S.R.L. para la presta- ción del servicio público a que se refiere el artículo prece- dente, el cual consta de veinticinco (25) cláusulas y tres (3) anexos que forman parte integrante de la presente re- solución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprue- ba mediante la presente resolución. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de con- cesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la pu- blicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 22411 Autorizan viaje de funcionario a Brasil para integrar la Delegación de Apoyo que acompañará al Presidente de la República en visita oficial a dicho país RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 810-2002-MTC/01 Lima, 18 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente Constitucional de la República, doctor Alejandro Toledo Manrique, realizará una visita ofi- cial a la ciudad de Río Branco, Estado de Acre, República Federativa del Brasil, el día 20 de diciembre de 2002, con ocasión de realizarse la Ceremonia de Inauguración de la Carretera Brasiléia - Assis, BR - 317 (Estrada do Pacífico), infraestructura de transporte de singular importancia para la interconexión vial Perú - Brasil;