Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2002 (19/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de diciembre de 2002

y de la Oficina de Administracion Distrital para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Familia, de tal forma que una vez concluido el turno y de inmediato el Juez que hace el turno se inhibira del MORDAZA y los remitira al Juez del lugar competente para conocer y tramitar la causa; El Consejo Ejecutivo Distrital del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA, en uso de sus atribuciones; por mayoria; RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22464 Articulo Primero.- DISPONER que a partir del dia veintitres de diciembre del ano en curso, todos los Juzgados Especializados en lo Penal de este Distrito Judicial realicen un Turno Judicial rotatorio de veinticuatro horas cada uno, en un ambiente especial ubicado en la Sede de la Corte, debiendo empezar con la realizacion del turno el Juez del Primer Juzgado Penal y asi sucesivamente hasta el Decimo MORDAZA, adicionandose a ellos los senores Jueces de los Juzgado Penales de los Modulos Basicos de Justicia en el siguiente orden: MBJ de Carabayllo, MBJ de Condevilla y MBJ de Los Olivos. Articulo Segundo.- DISPONER que el Juez Penal de Turno proceda a la remision inmediata de los procesos al Juzgado Especializado en lo Penal que corresponda, una vez calificado, para su tramitacion y conocimiento, a traves de la Mesa de Partes de los Juzgados Penales de esta Corte Superior de Justicia y los Modulos Basicos respectivos. Articulo Tercero.- DISPONER que los cinco Juzgados Especializados de Familia, a partir del dia veintiuno de diciembre del corriente, en forma rotatoria realicen turno Judicial en Materia Tutelar, los dias sabados, domingos y feriados, de la siguiente forma: - Primer Juzgado de Familia: Sabado veintiuno diciembre del presente ano, - MORDAZA Juzgado de Familia: MORDAZA veintidos diciembre del presente ano, - Tercer Juzgado de Familia: Miercoles veinticinco diciembre del presente ano, - MORDAZA Juzgado de Familia: Sabado veintiocho de ciembre del presente ano, - MORDAZA Juzgado de Familia: MORDAZA veintinueve diciembre, y asi sucesivamente. de de de dide

Establecen disposiciones para la realizacion de turnos judiciales en Juzgados Penales y de Familia del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL MORDAZA NORTE DE MORDAZA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DEL DISTRITO JUDICIAL DEL MORDAZA NORTE DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 002-2002-CED-CSJCN/PJ
Independencia, doce de diciembre del dos mil dos VISTO: El documento presentado por el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero del Consejo Ejecutivo Distrital, mediante la cual solicita se incluya como tema de agenda de la presente Sesion de Consejo, la situacion de los Turnos Judiciales que vienen cumpliendo los Juzgados Penales y el MORDAZA Juzgado de Familia- Materia Tutelar; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo Distrital del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA se instalo mediante Resolucion Administrativa N°319-2002-P-CSJCN/PJ de fecha veintinueve de noviembre del presente ano y segun el inciso 6 del articulo 96° de la Ley Organica del Poder Judicial, tiene entre sus funciones y atribuciones, fijar los turnos de la MORDAZA y Juzgados; Que, en Sesion de Consejo Ejecutivo Distrital de la fecha, se ha tratado como uno de los temas de agenda, el sistema de Turno Judicial de los Juzgados Especializados en Familia y en lo Penal; Que, el MORDAZA Juzgado de Familia ­Materia Tutelar y el Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de Condevilla, cumplen un Turno Judicial durante los trescientos sesenticinco dias del ano; los Juzgados Penales de los Modulos Basicos de Justicia de Carabayllo y Los MORDAZA tienen turnos judiciales de quince dias al mes, y los doce Juzgados Penales de la Sede Central, cumplen el Turno Judicial dos o tres dias al mes, respectivamente; Que, la situacion MORDAZA expuesta implica en la practica que algunos Magistrados que realizan turno judicial, laboren las veinticuatro horas de los trescientos sesenticinco dias del ano, sin descanso alguno y otros lo hacen por periodos largos de tiempo, lo que obliga a los Magistrados permanezcan en su Despacho por el tiempo indicado, lo cual resulta atentatorio contra las normas que protegen al trabajador, mas aun colisionan con la propia Constitucion Politica del Estado, que en su articulo veintitres establece que ninguna relacion laboral puede limitar, desconocer o rebajar la dignidad del trabajador; Razones por los cuales, aun cuando la competencia territorial de los Juzgados Penales de los Modulos Basicos de Justicia de Carabayllo, Los MORDAZA y Condevilla han sido establecidas mediante Resoluciones Administrativas numeros mil trescientos dos, mil trescientos uno ­ CMEPJ, ciento veintiuno- dos mil uno -CE-PJ, cero sesentisiete- dos mil dos- CE-PJ, y al Juzgado de Familia- Materia Tutelar mediante Resolucion Administrativa N°324-99-PCSJ-CNL, resulta imprescindible, excepcional y transitorio, hasta la creacion del Juzgado Penal y Tutelar de Turno Permanente, establecer un turno rotatorio de veinticuatro horas entre todos los Juzgados Penales incluido los de Modulos Basicos, asi como entre los cinco Juzgados de

Articulo Cuarto.- DISPONER que los procesos de familia- materia tutelar a los que se hace referencia en el articulo anterior, una vez calificados por uno de los Jueces de los cuatro primeros Juzgados Especializados de Familia que realiza Turno, seran remitidos al MORDAZA Juzgado de Familia ­Materia Tutelar, para su tramitacion. Articulo Quinto.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de la Republica, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafon, Fiscalia de la Nacion, Fiscal Decano del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA, de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura del MORDAZA Norte, y de la Oficina de Administracion Distrital y de los senores Jueces para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA EL MORDAZA DEL SENOR CONSEJERO DOCTOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ES COMO SIGUE: VISTO: El documento presentado por el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero del Consejo Ejecutivo Distrital, mediante la cual solicita se incluya como tema de agenda de la presente Sesion de Consejo, la situacion de los Turnos Judiciales que vienen cumpliendo los Juzgados Penales y el MORDAZA Juzgado de FamiliaMateria Tutelar; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, conforme a lo estipulado por el inciso 25 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, constituye una atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el aprobar o modificar el ambito de competencia territorial de los Distritos Judiciales; Segundo: Que, conforme a lo estipulado por el inciso 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder

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