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Pág. 215834 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de enero de 2002 Designan Jefe de la Oficina de Planea- miento de Desarrollo del INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 034-2002-PROMUDEH Lima, 16 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 272-2001-Promudeh, de 21 de septiembre de 2001, se designó al doctor José Miguel Arca González del Valle en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina Categoría Gerente A, de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo del Instituto Nacional de Bien- estar Familiar - INABIF; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo y es necesario designar a quien le sucederá; De conformidad con lo previsto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866, sus modificatorias y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-Promudeh, y sus modifi- catorias, Ley Nº 27594 y Resolución Ministerial Nº 463- 2001-Promudeh; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia del señor doctor JOSÉ MIGUEL ARCA GONZÁLEZ DEL VALLE en el cargo de confianza de Jefe de Oficina, cate- goría Gerente A, de la Oficina de Planeamiento de Desa- rrollo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la señora HERLITH ROJAS SAAVEDRA en el cargo de confianza de Jefe de Oficina, categoría Gerente A, de la Oficina de Planeamiento de Desarrollo del Instituto Nacional de Bien- estar Familiar - INABIF. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZ DORIS SÁNCHEZ PINEDO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 1071 SALUD Conforman Comisión Técnica Intersectorial encargada de evaluar lo- gros del Proceso de Integración Funcio- nal de los Servicios de Salud del Ministerio y ESSALUD RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2002-SA Lima, 16 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 260-2001-SA del 26 de julio de 2001 se resolvió conformar una Comisión Técnica Intersectorial encargada de evaluar los logros del Proceso de Integración Funcional de los Servicios de Sa- lud del Ministerio de Salud y el Seguro Social de Salud ESSALUD (ex IPSS); Que el Artículo 6º de la Resolución antes citada, otorgó a la Comisión Técnica Intersectorial un plazo de sesenta días útiles, contados a partir de su publicación, para entre- gar el Informe Final correspondiente; Que la labor encargada a la referida Comisión deman- da un mayor tiempo, y el plazo establecido en la Resolu- ción Suprema Nº 260-2001-SA ha vencido, se hace nece- sario conformar una nueva Comisión Técnica Intersecto- rial a fin de que se cumpla con el objetivo encomendado; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una Comisión Técnica Inter- sectorial, la que estará constituida de la siguiente manera:- Dos representantes del Ministerio de Salud. - Dos representantes de ESSALUD. Artículo 2º.- La Comisión Técnica Intersectorial, se encargará de: - Evaluar los logros del Proceso de Integración Funcio- nal de los Servicios de Salud del Ministerio de Salud y el Seguro Social de Salud ESSALUD (ex IPSS). - Evaluar los alcances del proceso de Desintegración. - Evaluar la pertinencia de ambos procesos en relación a lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 166-2001-EF y Resolución Ministerial Nº 103-2001-PCM. - Establecer las conclusiones, lineamientos y recomen- daciones pertinentes para el Proceso de Integración - Des- integración Funcional de los Servicios de Salud MINSA- ESSALUD. Artículo 3º.- Las entidades referidas en el Artículo 1º designarán a sus representantes mediante Resolución de su Titular dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Suprema, de- biendo instalarse la Comisión Técnica Intersectorial den- tro de los cinco días hábiles subsiguientes. Artículo 4º.- La Comisión Técnica Intersectorial podrá contar con la asistencia especializada que fuere necesaria o conveniente. Artículo 5º.- Los órganos dependientes de los secto- res involucrados brindarán las facilidades respectivas para el mejor desempeño de la Comisión Técnica Intersectorial. Artículo 6º.- La Comisión Técnica Intersectorial tendrá un plazo de 180 días calendario, contados a partir de su instalación, para emitir su Informe Final al Ministerio de Salud y al Presidente Ejecutivo de ESSALUD. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Salud y el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud FERNANDO VILLARAN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción Social 1118 Aprueban Convenio de Asistencia Técnica Internacional y su Adenda, sus- crito con el UNFPA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2002-SA Lima, 16 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que la protección de la salud es de interés público; sien- do responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promo- verla; Que el Ministerio de Salud formula y dirige la política nacional de salud de acuerdo con la política general del gobierno; Que dentro del marco expuesto, el Ministerio de Salud viene promoviendo la ejecución de programas en favor de la población y para ello ha requerido la provisión de insu- mos y otros bienes para los Programas de Control de En- fermedades de Transmisión Sexual y SIDA - PROCETTS y de Planificación Familiar; Que por Resolución Legislativa Nº 13706 se aprobó el Acuerdo sobre Servicios de Asistencia Técnica suscrito entre el Gobierno del Perú y las Naciones Unidas, con fe- cha 30 de marzo de 1956; Que el Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA, es un organismo de las Naciones Unidas que se encarga de apoyar a los gobiernos para el logro de los ob- jetivos nacionales en materia de población; Que de acuerdo al Artículo 18º del Decreto Legislativo Nº 909, los Convenios de Asistencia Técnica Internacional que celebran los Pliegos Presupuestales se aprueban