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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2002 (10/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 226101 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de julio de 2002 formatos y cualquier otro material en general, requerido para la ejecución de los procesos a su cargo. e) Planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente. f) Producir información especializada y sistemática so- bre la organización de procesos electorales. g) Establecer el número, ubicación y organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, de acuerdo a las circunscripciones que determine el Ju- rado Nacional de Elecciones. h) Preparar y distribuir a las Oficinas Descentraliza- das de Procesos Electorales el material necesario para el desarrollo de los procesos electorales. i) Brindar, desde el inicio del escrutinio, permanente información sobre el cómputo de resultados en las me- sas de sufragio a nivel nacional. j) Coordinar con las Fuerzas Armadas y Policiales y dictar instrucciones y disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los comicios. k) Divulgar mediante los medios que juzgue necesa- rios, los fines, procedimientos y formas del acto de la elección y de los procesos a su cargo. l) Coordinar con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil la elaboración de los padrones electorales. m) Recibir del Jurado Nacional de Elecciones los pa- drones electorales debidamente autorizados. n) Obtener los resultados de los procesos electorales a su cargo y remitirlos a los Jurados Electorales Espe- ciales. o) Revisar, aprobar y controlar los gastos que efec- túen las Oficinas Descentralizadas a su cargo, de acuer- do con los respectivos presupuestos. p) Diseñar y ejecutar un programa de capacitación operativa, dirigida a los miembros de mesa y ciudadanía en general, durante la ejecución de los procesos electo- rales. q) Evaluar las propuestas de ayuda técnica de los or- ganismos extranjeros y concertar y dirigir la ejecución de los proyectos acordados en los temas de su competen- cia. r) Establecer los mecanismos que permitan a los per- soneros de las organizaciones políticas y de los organis- mos de observación hacer el seguimiento de todas las actividades durante los procesos a su cargo. s) Dictar las resoluciones y reglamentación necesaria para su funcionamiento. t) Crear o desactivar los órganos necesarios en la es- tructura institucional para el adecuado cumplimiento de sus funciones, según las leyes y la normatividad vigen- tes. u) Implementar las normas técnicas de control inter- no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli- ca, que sean de su competencia. v) Mantener actualizada la información que la Institu- ción proporciona a través del Portal del Estado Peruano a la ciudadanía. w) Ejercer las demás atribuciones relacionadas con su competencia. CAPÍTULO IV ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 7º.- La Estructura Orgánica de la Oficina Na- cional de Procesos Electorales está conformada por Ór- ganos Permanentes y Órganos Temporales de acuerdo al detalle siguiente: A. Órganos Permanentes Órgano de la Alta Dirección Jefatura Nacional Órgano de Control Gerencia de Control Interno y Auditoría Órganos de Asesoramiento Gerencia de Asesoría Jurídica Subgerencia de Asesoría Jurídica Gerencia de PlaneamientoSubgerencia de Planeamiento Institucional Subgerencia de Planeamiento Electoral Órganos de Apoyo Secretaría General Gerencia de Administración y Finanzas Subgerencia de Recursos Humanos Subgerencia de Logística Subgerencia de Finanzas Gerencia de Informática Subgerencia de Plataforma Tecnológica Subgerencia de Proyectos Informáticos Subgerencia de Operaciones Gerencia de Formación y Capacitación Electoral Subgerencia de Formación Ciudadana Subgerencia de Capacitación Electoral Gerencia de Oficinas Descentralizadas de Proce- sos Electorales Subgerencia de Programación de Procesos Electorales Subgerencia de Organización de Procesos Electorales Centro de Investigación Electoral Órganos de Línea Gerencia de Gestión Electoral Subgerencia de Gestión Electoral Gerencia de Información y Educación Electoral Subgerencia de Información y Educación Elec- toral B. Órganos Temporales Comité de Gerencia de Procesos Electorales Oficinas Descentralizadas de Procesos Electora- les C. Órgano Consultivo Comité de Gerentes TÍTULO II FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS PERMANENTES CAPÍTULO I ALTA DIRECCIÓN Artículo 8º.- La Alta Dirección de la Oficina Nacional de Procesos Electorales está conformada por la Jefatura Nacional. JEFATURA NACIONAL Artículo 9º.- La Jefatura Nacional es la máxima auto- ridad de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Tie- ne domicilio legal en la capital de la República y compe- tencia nacional. Es responsable de normar, dirigir, con- ducir, evaluar la organización y el funcionamiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE y velar por el cumplimiento de los objetivos y metas instituciona- les. Se encarga de crear o desactivar órganos de la Ins- titución, nombrar o destituir personal en concordancia con la normatividad vigente. Tiene como funciones y atribu- ciones las siguientes: a) Ser el titular de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. b) Ejercer la titularidad del pliego presupuestal de la ONPE. c) Conducir el proceso de planeamiento estratégico institucional. d) Ejercer la representación legal de la Oficina Nacio- nal de Procesos Electorales en todos sus actos. e) Aprobar los documentos de gestión institucional y