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Pág. 226100 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de julio de 2002 diecisiete y 77/100 Nuevos Soles). Artículo Segundo.- La Oficina de Asesoría Legal, se encargará de llevar a cabo las acciones inmediatas para la formalización de esta contratación, respetándose lo previsto en las normas sobre las facultades para la suscripción del contrato, contenidas en el Título III de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Artículo Tercero.- Remitir en el término de diez días calendario, copia de la presente Resolución y de los in- formes Técnico y Legal a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELCIRA VÁSQUEZ CORTEZ Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 12162 ORGANISMOS AUTÓNOMOS O N P E Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 190-2002-J/ONPE Lima, 14 de junio de 2002 Vistos, el Informe Nº 114-2002-GP/ONPE, de fecha 5 de junio de 2002, de la Gerencia de Planeamiento, res- pecto a la aprobación de nuevo Reglamento de Organi- zación y Funciones; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 26487, Ley Orgáni- ca de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, es función esencial del citado organismo velar por la ob- tención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de refe- réndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 482-2001-J/ ONPE de fecha 10 de setiembre de 2001, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE; Que, mediante documento de Vistos, la Gerencia de Planeamiento presenta la propuesta para la modificación del Reglamento de Organización y Funciones, solicitada por las distintas gerencias de la institución; Que, en este contexto, es conveniente aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones para la Oficina Nacional de Procesos Electorales; De conformidad con las facultades establecidas en la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales; Con el visado de las Gerencias de Planeamiento y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar, el Reglamento de Organi- zación y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, que como Anexo, forma parte inte- grante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES ÍNDICE TÍTULO I Disposiciones Generales Capítulo I Contenido y Alcance Capítulo II Naturaleza y Finalidad Capítulo III FuncionesCapítulo IV Estructura Orgánica TÍTULO II Funciones de los Órganos Permanentes Capítulo I Alta Dirección Capítulo II Órgano de Control Capítulo III Órganos de Asesoramiento Capítulo IV Órganos de Apoyo Capítulo V Órganos de Línea TÍTULO III Funciones de los Órganos Temporales Capítulo I Comité de Gerencia de Procesos Electo- rales Capítulo II Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales TÍTULO IV Funciones del Órgano Consultivo TÍTULO V Régimen Económico TÍTULO VI Régimen Laboral DISPOSICIÓN TRANSITORIA DISPOSICIONES FINALES ORGANIGRAMA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCE Artículo 1º.- El presente Reglamento establece la na- turaleza, funciones, estructura y relaciones de los Órga- nos y Oficinas Descentralizadas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Artículo 2º.- Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicación y cumplimiento obligatorio de todos los Órganos y Oficinas Descentralizadas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. CAPÍTULO II NATURALEZA Y FINALIDAD Artículo 3º.- La Oficina Nacional de Procesos Electo- rales es un organismo autónomo que forma parte de la estructura del Estado, cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en mate- ria técnica, administrativa, económica y financiera. Artículo 4º.- La Oficina Nacional de Procesos Electo- rales es la autoridad máxima en la organización y ejecu- ción de todos los procesos electorales, de referéndum y de otros tipos de consultas populares, señaladas por ley. Artículo 5º.- La Oficina Nacional de Procesos Electo- rales tiene como finalidad esencial, velar por la obten- ción de la fiel y libre expresión de la voluntad popular, manifestada a través de los procesos electorales, de re- feréndum y de otros tipos de consultas populares. CAPÍTULO III FUNCIONES Artículo 6º.- Son funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales: a) Planificar, preparar y organizar todos los procesos electorales, de referéndum y de otros tipos de consultas populares. b) Garantizar al ciudadano el derecho al ejercicio del sufragio. c) Dictar las instrucciones y disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la protección de la li- bertad personal durante los comicios. d) Diseñar la cédula de sufragio, actas electorales,