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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2002 (11/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

Pág. 226198 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de julio de 2002 Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometido a Discusión Pública por un período de sesenta días calendario, contados a partir del 14 de enero del año en curso; Que, habiéndose recibido observaciones al Proyecto de Norma Técnica Peruana éstas fueron revisadas, evaluadas y aprobadas por el Comité Técnico, sometién- dolo a consideración de la Comisión. Luego de la evaluación correspondiente, la Secreta- ría Técnica de la Comisión recomendó la aprobación del Proyecto de Norma Técnica Peruana, como Norma Téc- nica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técni- ca, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072- 2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo uná- nime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 20 de junio del 2002; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Norma Técnica Peruana, la siguiente: NTP 011.010:2002 MANGO. Mango fresco. Requisitos. 2ª Edición Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente Norma Técni- ca Peruana: NTP 011.010:1975 FRUTAS. Mangos Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 12199 Aceptan renuncia de miembro de la Co- misión Delegada de Reestructuración Patrimonial que opera en la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 060-2002-INDECOPI/DIR Lima, 8 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que la señorita Teresa Mera Gómez ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Lore- to; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Di- rectorio de la institución; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señorita Teresa Mera Gómez, al cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio, Indus- tria, y Turismo de Loreto, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 12211Designan miembro de la Comisión Dele- gada de Reestructuración Patrimonial que opera en la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 061-2002-INDECOPI/DIR Lima, 8 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el Decreto Legisla- tivo Nº 788 y en la Ley Nº 27146 y en el marco de la descentralización de sus funciones, el Indecopi ha sus- crito Convenios de Delegación de Funciones con distin- tas entidades de prestigio, públicas y privadas, estableciendo Comisiones Delegadas de Reestructura- ción Patrimonial encargadas de tramitar y resolver los procedimientos a que se refiere la Ley de Reestructura- ción Patrimonial; Que en ese contexto, resulta pertinente efectuar la incorporación de un nuevo miembro a la Comisión Dele- gada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Loreto; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Nancy Rosario Ñavincopa Flores en el cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio, Industria y Turis- mo de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 12212 Conceden autorización de funciona- miento como sociedad de gestión co- lectiva a la Entidad de Gestión de De- rechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA PERÚ) RESOLUCIÓN Nº 000072-2002/ODA-INDECOPI Expediente Nº 001472-2001/ODA-AI Lima, 21 de junio del 2002 SOLICITANTE :ENTIDAD DE GESTIÓN DE DE- RECHOS DE LOS PRODUCTO- RES AUDIOVISUALES (EGEDA PERÚ) MATERIA :Autorización de funcionamiento como sociedad de gestión colec- tiva I. ANTECEDENTES El 27 de noviembre del 2001, LA ENTIDAD DE GES- TIÓN DE DERECHOS DE LOS PRODUCTORES AUDIO- VISUALES (EGEDA PERÚ) - en adelante -EGEDA PERÚ- solicitó a la Oficina de Derechos de Autor -en lo sucesivo la Oficina- la autorización de funcionamiento para gestio- nar los derechos de propiedad intelectual de los produc- tores de obras y producciones audiovisuales. El 7 de enero del 2002, la Oficina observó los Estatu- tos, Reglamento de Reparto de la solicitante y otras omi-