Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2002 (25/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 117

Pág. 227123 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de julio de 2002 Que, la presentación de un RÉGIMEN DE SINCE- RAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS DE ADMI- NISTRACIÓN MUNICIPAL, RESIDET - COMAS, va a permitir a los Contribuyentes acogerse a este Régimen y aprovechar los Beneficios Otorgados para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Así como de los Benefi- cios que otorgan a los Contribuyentes para el pago tribu- tario del Ejercicio 2002; Estando a las facultades de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades - Ley Nº 23853, el Pleno del Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar el término para acoger- se al RÉGIMEN DE SINCERAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, RE- SIDET - COMAS, hasta el 31 de julio del 2002. Artículo Segundo.- Los Contribuyentes que cance- len los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines del presente ejercicio hasta el 31 de julio del 2002, ten- drán descuentos sobre el insoluto del Arbitrio referido de la siguiente forma: 10% para los que paguen el 1er. Trimestre. 15% para los que paguen el 2do. Trimestre. 30% para los que cancelen el saldo o el total del 2002. Regístrese, comuníquese, cúmplase, archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 13237 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Declaran fundada apelación contra licitación pública destinada a adquirir productos alimenticios para el Progra- ma del Vaso de Leche RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0535-2002-A-SEGE-002-MDEA El Agustino, 22 de julio de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: El recurso de apelación signado con el Expe- diente Nº 7526 de fecha 11 de julio de 2002 presentado por la Empresa Transandina de Alimentos (Talsa S.A.C.) a la Licitación Pública Nacional Nº 0001-2002-CE-MDEA; CONSIDERANDO: Que, mediante la R.A. Nº 426-A-2002-SEGE-02- MDEA de fecha 30 de abril de 2002, la entidad Municipal designó a los miembros integrantes del Comité Especial para conducir el Proceso de Selección de la Licitación Pública Nacional Nº 0001-2002-CE-MDEA, Primera Con- vocatoria. Que, con R.A. Nº 474-A-2002-SEGE-02-MDEA de fe- cha 5 de junio de 2002 se aprueba las Bases Administrativas para el Proceso de Selección denominado como LPN Nº 0001-2002-CE-MDEA destinado para la adquisición de los productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche en la Municipalidad Distrital de El Agustino. Que, con fecha 11 de julio de 2002, la Empresa Tran- sandina de Alimentos (TALSA S.A.C.) interpuso recurso de apelación, por no estar conforme con el acto de notifi- cación referido a Integración de las Bases, pues según manifiestan, este atenta con el derecho que tiene todo postor a participar en los procesos de selección en con- diciones semejantes al resto de los postores, esto es, no se había respetado el Principio de Trato Justo e Igualita- rio consignado en el Art. 3º del Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM.Que, con Informe Nº 206-ADMI/2002-MDEA, el Presi- dente del Comité Especial señala que dentro de los al- cances de la Ley Nº 26850 y su Reglamento, se ha deter- minado que el recurso de apelación presentado por la Empresa TALSA S.A.C. cumple con los requisitos de ad- misibilidad descrita en el Art. 168º del Reglamento y en virtud del Informe Nº 166-2002-DIRENT-MDEA. Que, el Art. 26º del Reglamento faculta a la Entidad a declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por las causales previstas en el Art. 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por el Art. 54º del TUO de la Ley Nº 26850 y el Art. 166º, Art. 170º y el Art. 171º de su Reglamento. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar fundada en todos sus extremos el recurso de apelación interpuesto por la Empresa Tran- sandina de Alimentos (TALSA S.A.C.) por los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Proceso de Selección de la Licitación Pública Nacional Nº 0001-2002-CE-MDEA, primera convocatoria, se retrotraiga hasta la etapa de integración de las Bases, declarándose por tanto nulo los actuados a partir del acto de apertura de la presenta- ción de propuestas de fecha 9 de julio de 2002. Artículo 3º.- Notifíquese la presente Resolución con- forme a la Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCO ANTIPORTA LAYMITO Alcalde 13291 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Establecen disposiciones complementa- rias a la Ordenanza Nº 077-MDMM que prohibió lavado comercial de vehículos en la vía pública ORDENANZA Nº 116-MDMM Magdalena del Mar, 20 de julio de 2002 POR CUANTO: El Concejo en Sesión Extraordinaria celebrada en la fecha, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 077-MDMM, se pro- híbe el Lavado Comercial de Vehículos en la Vía Pública; Que, dicha Ordenanza sólo sanciona a las personas que prestan el servicio de lavado de vehículos sin con- templarse a los propietarios y/o conductores de los mis- mos; Que, el objetivo de una sanción administrativa es cas- tigar las conductas que violen Dispositivos Municipales, por lo que es preciso complementar la Ordenanza Nº 077- MDMM, castigando con una multa a los propietarios y/o conductores de los vehículos automotores que contraten el servicio de lavado de vehículos en la vía pública, o que habiendo acordado que la prestación de dicho servicio se debería hacer dentro de un local permitan que se rea- lice el mismo en vía pública; Que, el Informe Nº 876-DAJ-MDMM, emitido por la Dirección de Asesoría Legal, se pronuncia favorablemente sobre la legalidad de la implementación de dicha prohibi- ción por medio de una Ordenanza; En uso de la facultad conferida por el Artículo 47º in- ciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo aprobó por MAYORÍA la siguiente: