Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2002 (25/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de MORDAZA de 2002 ORDENANZA

Tercera.- Dejese sin efecto las disposiciones legales que se opongan a lo reglamentado en la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BONAZZI DE BALARIN MORDAZA Alcaldesa Encargada de la Alcaldia 13239

DISPONEN LA REALIZACION MASIVA DE LAS INSPECCIONES TECNICAS DE SEGURIDAD Y DEFENSA CIVIL EN LOS ESTABLECIMIENTOS DEL DISTRITO DE BARRANCO Articulo Primero.- DISPONER la realizacion masiva de las inspecciones tecnicas de seguridad y defensa civil, en todos los establecimientos del distrito de Barranco, en donde se realicen espectaculos publicos o exista gran afluencia o concentracion masiva de usuarios y/o realicen actividades de MORDAZA riesgo para la MORDAZA humana. Articulo Segundo.- ORDENAR la no realizacion de los espectaculos publicos en todos los locales dentro de la jurisdiccion, en donde se realicen actividades con concentracion masiva de publico usuario, que no cumplan con los requisitos basicos e indispensables que garanticen la seguridad y la MORDAZA, despues de la inspeccion tecnica de oficio a que se refiere el articulo anterior, hasta que cumplan con subsanar las deficiencias y observaciones de defensa civil. Articulo Tercero.- CONVOCAR a las autoridades del INDECI, Ministerio Publico y demas dependencias competentes en materia de seguridad y defensa civil, para apoyar en las inspecciones tecnicas basicas que califiquen el estado actual de los locales del distrito. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que las inspecciones tecnicas de oficio seran de ejecucion gratuita. Las inspecciones para aquellos locales que no califiquen en cuanto a las medidas en seguridad y defensa civil basica para su funcionamiento, deberan solicitar la inspeccion tecnica de evaluacion con los requisitos establecidos en las normas vigentes sobre la materia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 13234

Disponen realizacion masiva de inspecciones tecnicas de seguridad y defensa civil en establecimientos del distrito
ORDENANZA Nº 103-MDB Barranco, 23 de MORDAZA del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en la sesion de la fecha y con el MORDAZA unanime de sus miembros; y, CONSIDERANDO: Que, es funcion de las Municipalidades el establecer y, de ser el caso, controlar el cumplimiento de las normas de seguridad y promover los servicios publicos necesarios, contra incendios, inundaciones y otras catastrofes como parte del sistema nacional de Defensa Civil, conforme lo establece el Articulo 65º inciso 17), de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; Que, la autoridad municipal a traves de la Secretaria Tecnica de Defensa Civil, ha venido realizando las acciones de verificacion de las medidas de seguridad basica en los locales del distrito, tarea que ha sido objeto de obstaculizacion por parte de los conductores de los establecimientos al no permitir el acceso a las instalaciones comerciales; Que, en el distrito de Barranco se ha determinado el grado de informalidad en cuanto a las medidas minimas de seguridad que deben existir en todo establecimiento en donde se realizan espectaculos o en el cual existen gran concentracion o afluencia de publico usuario, tales como salones de baile, discotecas, Pub, galerias, MORDAZA feriales, centros comerciales, etc., MORDAZA, que la realidad inmobiliaria existente en el distrito es considerado como de alta peligrosidad y riesgo por la antiguedad de la infraestructura fisica utilizada para estos fines, las mismas que atentan contra la MORDAZA humana; Que, en ese orden de ideas y mediante el Articulo MORDAZA del Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM, se aprobo el reglamento de inspecciones tecnicas de seguridad de Defensa Civil, en donde se establece la competencia de los Gobiernos Locales Distritales para realizar inspecciones tecnicas basicas de oficio o a solicitud de parte, en los locales donde se lleven a cabo espectaculos publicos con una asistencia hasta de tres mil personas u otros locales comerciales donde exista masiva concurrencia y/ o de MORDAZA riesgo para la vida; Que, los organos del Sistema Nacional de Defensa Civil -SINADESI- entre los que se encuentran los Concejos Municipales Distritales, pueden realizar inspecciones tecnicas sobre inmuebles a fin de verificar las condiciones de seguridad o cuando existe de por medio una denuncia o un riesgo inminente que pone en peligro a la MORDAZA o la salud de los usuarios de los locales o recintos, asi como el grado de degradacion o contaminacion, conforme lo establece el Articulo 12º Inc. b) y Articulo 16º MORDAZA parrafo del aludido D.S. Nº 013-2000-PCM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, aprobo la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Prorrogan plazo para acogerse al Regimen de Sinceramiento de Deudas Tributarias de Administracion Municipal
ORDENANZA Nº 056-C/MC Comas, 3 de MORDAZA de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA Visto: Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas respecto al Informe Nº 2412002-OAT/MC de fecha 28 de junio del 2002, la Oficina de Administracion Tributaria expone ante la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, el REGIMEN DE SINCERAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS DE ADMINISTRACION MUNICIPAL, RESIDET - COMAS; CONSIDERANDO: Que, teniendo en cuenta que la RECESION ECONOMICA en el MORDAZA se esta profundizando mas, no avizorandose que esto mejore a corto plazo, lo que ha conllevado a un alto indice de morosidad en el pago tributario de los Contribuyentes; Que, esta situacion ha generado como consecuencia que la captacion de ingresos MORDAZA insuficientes para atender las necesidades operativas institucionales, hecho que se ha reflejado en el no pago del MORDAZA total de los servidores municipales; Que, la Administracion Municipal debe implementar una serie de medidas tendientes a superar esta situacion, de no ser asi se puede tornar en una espiral, la cual se empeoraria en desmedro del mantenimiento de la Limpieza Publica y de las Areas Verdes;

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