Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2002 (25/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

MORDAZA, jueves 25 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban proyecto de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION Nº 369-2002-MML-DMDU MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2002 Visto, el Expediente Nº 11048-2002, Anexos Nº 29562002, Nº 4315-2002, Nº 4908-2002 y acumulados, seguido por la UNIVERSIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES, mediante el cual solicita la Recepcion de Obras de Habilitacion MORDAZA en Via de Regularizacion del terreno de DIEZCINUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (19,682.75 m2), calificado con el uso de Gran Industria "I-3", ubicado con frente a la Av. Los Frutales, denominado "Parcela 9", Seccion A del Fundo Monterrico Grande Oeste, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Nº 02, tomado en Sesion Nº 006-2002, de fecha 11 de marzo del presente ano, la Comision Metropolitana de Habilitacion MORDAZA, acordo aprobar el Proyecto de Habilitacion MORDAZA en Via de Regularizacion del terreno descrito, aceptandose se rediman en dinero de los aportes para Renovacion MORDAZA de 590.48 m2, Parques Zonales de 984.14 m2 y Otros Fines de 393.66 m2; Que, con Recibo de MORDAZA Nº 04184 de fecha 7 de junio del 2002, emitido por la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA, se acredita el haber cancelado el Aporte de Renovacion MORDAZA de 590.48 m2, con Oficio Nº 339-2002/SERPAR-LIMA/OGAPI/MML de fecha 3 de junio del 2002, el Servicio de Parques de MORDAZA, SERPAR-LIMA, comunica que se ha cumplido con cancelar el aporte para Parques Zonales de 984.14 m2 y con Recibo de MORDAZA Nº 0400212366 de fecha 20 de junio del 2002, emitido por la Municipalidad Distrital de Ate, se acredita el haber cancelado el aporte de 393.66 m2 correspondiente a Otros Fines segun la valorizacion emitida por esta Corporacion con Resolucion Nº 017-2002MML-DMDU-DHU de fecha 3 de junio del 2002; Que, con Oficio Nº 196-2002-MML-DMDU-DHU de fecha 18 de marzo del 2002, la Direccion de Habilitacion MORDAZA remite a la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control MORDAZA del Informe Nº 056-2002-MML-DMDUDHU-DRD de fecha 5 de marzo del 2002, emitido por la Division de Revision de Diseno con el fin que se le apliquen a la administrada las sanciones que corresponda; Estando a los Informes Nº 041, Nº 056, Nº 121-2002MML-DMDU-DHU-DRD de fechas 20 de febrero, 5 de marzo y 29 de MORDAZA del 2002, respectivamente, emitidos por la Division de Revision de Diseno e Informe Nº 1232002-MML-DMDU-DHU-DCO de fecha 25 de junio del 2002 emitido por la Division de Control de Obras de la Direccion de Habilitacion Urbana; habiendo cumplido con la documentacion exigida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldia Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997; Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997, Ordenanza Nº 273 del 18 de MORDAZA del 2000, Decreto de Alcaldia Nº 055 del 11 de MORDAZA del 2002, Ordenanza Nº 292 del 17 de octubre del 2000, Ordenanza Nº 375 del 4 de MORDAZA del 2002 y la Ley Organica de Municipalides Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, de conformidad con el Plano signado con el Nº 023-2002-MML-DMDU-DHU, el Proyecto Definitivo de Habilitacion MORDAZA del terreno de DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS

METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (19,682.75 m2), calificado con el Uso de Gran Industria "I-3", ubicado con frente a la Av. Los Frutales, denominado "Parcela 9", Seccion A del Fundo Monterrico Grande Oeste, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- DECLARAR cumplida por la UNIVERSIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES, en Via de Regularizacion, las Obras de Habilitacion MORDAZA del terreno descrito en el Articulo Primero, por consiguiente autoricese la libre venta de los lotes que lo constituyen de conformidad con el siguiente detalle: Area Bruta Total Area Util Manzana Unica .................. .................. .................. .................. 19,682.75 19,682.75 9,085.00 10,597.75 m2 m2 m2 m2

Lote Nº 1 Lote Nº 2

Articulo Tercero.- DISPONER, que el propietario de la Habilitacion quede obligado a insertar en los contratos de Compra-Venta que celebre, la clausula que establezca la indivisibilidad de los lotes sin contar con la autorizacion de la Municipalidad respectiva. Articulo Cuarto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente, la misma que estara a cargo de los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBASE, la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente, a la Municipalidad Distrital de ATE para que incorpore al radio de su jurisdiccion el area que se recepciona, a la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, para su conocimiento y fines. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 13182

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban Reglamento General para la Obtencion de la Licencia de Apertura y Funcionamiento de Establecimientos en el distrito
ORDENANZA Nº 095-MDB Barranco, 5 de junio del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en la sesion de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en sus Articulos 191º y 192º la autonomia politica, economica y administrativa de las Municipalidades en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo Tercero de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, senala que las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, el Articulo 68º, inciso 7), de la acotada Ley Organica de Municipalidades, establece que son funciones de las Municipalidades en materia de comercializacion, el otorgamiento de las licencias de apertura y funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales, asi como, el control de su funcionamiento de acuerdo a ellas;

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