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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (12/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 224490 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 019-2002-JUS, se designó a la doctora Mercedes Carlina Vélez Guevara, como Procurador Público Adjunto Ad Hoc, para que en re- presentación de la defensa de los derechos e intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes, inter- venga en los procesos judiciales, investigaciones prelimi- nares y procedimientos de acusación constitucional, por los delitos contra la administración pública y otros, en agra- vio del Estado; Que los abogados del Estudio Moreno Ocampo Aboga- dos & Consultores, que patrocinan al Perú en el proceso de extradición de los procesados José Enrique Crousillat López Torres y José Francisco Crousillat Carreño, han so- licitado una reunión a los Magistrados de la Cámara Alta de Buenos Aires, a efectos de que tomen conocimiento del interés del Estado Peruano en la extradición y brinden ma- yor información respecto a las investigaciones y antece- dentes que dieron lugar a los procesados; Que se ha designado en representación del Estado Peruano, a la abogada Mercedes Carlina Vélez Guevara, para que participe en la mencionada reunión, en la ciudad de Buenos Aires - República de Argentina, del 12 al 15 de junio de 2002 por lo que es necesario autorizar el viaje y los gastos a realizarse; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la abogada Mercedes Carlina Vélez Guevara, Procurador Público Adjunto Ad Hoc, a la ciudad de Buenos Aires - República de Argentina, del 12 al 15 de junio de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos transferidos al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, en el marco del Proyecto PER/02/003 "Procuradurías Anticorrupción Ad Hoc", de acuerdo al si- guiente detalle: Pasajes US$704,62 Viáticos US$1 000,00 Tarifa CORPAC US$25,00 Artículo 3º.- La citada Procuradora, deberá cumplir con sustentar lo señalado en el Artículos 10º del Decreto Su- premo Nº 047-2002-PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 10455 Dan por concluida designación de Secretario Técnico del Consejo del No- tariado RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 136-2002-JUS Lima, 7 de junio de 2002 Visto el Oficio Nº 196-2002-JUS/CN-P de fecha 28 de mayo de 2002, del Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Viceministerial Nº 111-2002- JUS de fecha 12 de abril de 2002, se designó al señor abogado RAÚL MARTÍNEZ MUÑOZ como Secretario Téc- nico del Consejo del Notariado en adición a sus funciones de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Direc- tor de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Que al haber sido cubierta la plaza de la funcionaria que desempeñaba la función de Secretaria Técnica del Consejo del Notariado, es necesario dar por concluida ladesignación del señor abogado RAÚL MARTÍNEZ MUÑOZ a fin que la funcionaria correspondiente se encargue de dicha función; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supre- mo Nº 019-2001-JUS y Resolución Ministerial Nº 374-2001- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del se- ñor abogado RAÚL MARTÍNEZ MUÑOZ como Secretario Técnico del Consejo del Notariado, por la razón expuesta en el segundo considerando de la presente Resolución; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolución Viceministerial Nº 111-2002-JUS de 12 de abril de 2002. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 10349 Autorizan a persona jurídica el funcionamiento de centro de concilia- ción con sede en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 138-2002-JUS Lima, 7 de junio de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 14952-2001, de fecha 5 de julio de 2001, de la ASOCIACIÓN PERUANA DE CON- CILIACIÓN VARGAS - DAHUA; CONSIDERANDO: Que la ASOCIACIÓN PERUANA DE CONCILIACIÓN VARGAS - DAHUA, es una asociación civil sin fines de lu- cro que tiene entre sus objetivos ejercer la función concilia- dora; Que la mencionada asociación civil ha solicitado autori- zación para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado ASOCIACIÓN PERUANA DE CONCILIACIÓN VARGAS - DAHUA "ASPECOVAD", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 17 de abril de 2002, se realizó la constatación res- pectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estableci- dos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016- 2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funciona- miento de su Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 0946-2002-JUS/ STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinen- te atender la solicitud de la ASOCIACIÓN PERUANA DE CONCILIACIÓN VARGAS - DAHUA; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la ASOCIACIÓN PERUANA DE CONCILIACIÓN VARGAS - DAHUA el funcionamiento de su Centro de Conciliación denominado ASOCIACIÓN PE- RUANA DE CONCILIACIÓN VARGAS - DAHUA "ASPE- COVAD" con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el co-