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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (12/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 44

Pág. 224498 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de junio de 2002 lado del doctor Hugo Antonio Molina Ordóñez, Vocal Titu- lar de la Corte Superior de Justicia de Ica a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; y del doctor Eduardo Valeriano Conde Gutiérrez, Vocal Titu- lar de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Ica. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Con- trol de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, Gerencia General del Poder Judicial y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO 10394 Aprueban documentos de gestión admi- nistrativa de los Módulos Básicos de Justicia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 062-2002-CE-PJ Lima, 5 de junio del 2002 VISTOS: Los Oficios Nºs. 1431-2001-GG-PJ, 515 y 516-2002-GG- PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF del 11 de diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeu- damiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acceso a la Justicia, cuyos objetivos son: acercar la justicia a la po- blación alejada de las sedes de Corte, mejorar el funciona- miento del primer nivel de administración de justicia, au- mentar la productividad de los órganos jurisdiccionales; reducir las barreras culturales al acceso a la justicia, y mejorar la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes del sistema de administración de justicia en un único local; Que, para el logro de dichos objetivos se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulos Básicos de Justicia", con efectividad en diversas Cortes Superiores de Justicia del país; Que la Gerencia General del Poder Judicial remite a este Órgano de Gobierno, para su aprobación, los documentos de gestión de los "Módulos Básicos de Justicia", los mismos que norman la organización, funciones, relaciones interinstitucio- nales al interior de los referidos Módulos, así como los procedi- mientos que se llevarán a cabo en los diferentes órganos administrativos y jurisdiccionales que conforman los Módulos Básicos de Justicia, para su adecuado funcionamiento; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 26) y 29) del Artícu- lo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del señor Consejero Calderón Castillo, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Ordóñez Valverde, por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los siguientes documentos de Gestión Administrativa de los Módulos Básicos de Jus- ticia, que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente Resolución: 1. Reglamento de Organización y Funciones. 2. Reglamento Interno (Matriz).3. Manual de Organizaciones y Funciones (Matriz). 4. Manual de Procedimientos Administrativos - Tomo I: Procedimientos Administrativos. 5. Manual de Procedimientos Administrativos - Tomo II: Procedimientos para los Juzgados Especializados en lo Civil, Laboral y Familia. 6. Manual de Procedimientos Administrativos - Tomo III: Procedimientos para los Juzgados de Paz Letrados, y; 7. Manual de Procedimientos Administrativos - Tomo IV: Procedimientos para los Juzgados Especializados en lo Penal. Artículo Segundo.- La Gerencia General del Poder Judicial, se encargará de difundir los referidos documen- tos a los Módulos Básicos de Justicia del país. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución a la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Defensoría del Pueblo, Cortes Superio- res de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura y Geren- cia General del Poder Judicial, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO 10396 Convierten juzgado penal de procesos en reserva en Quinto Juzgado Especiali- zado en lo Penal de Ica RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 064-2002-CE-PJ Lima, 5 de junio del 2002 VISTO: El Oficio Nº 911-2002-P-CSJIC/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica; y, CONSIDERANDO: Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica remite a este Órgano de Gobierno propuesta de Conver- sión del Juzgado Penal para Procesos en Reserva de Ica en Quinto Juzgado Especializado en lo Penal, fundamen- tándola en el hecho de que algunos Juzgados soportan excesiva sobrecarga procesal en relación a los demás, lo que impide la atención oportuna para un eficaz servicio de administración de justicia; Que el Juzgado Penal para Procesos en Reserva de Ica en el año 2001 soportó carga procesal de 1,613 expedientes por cuya razón su Conversión en Quinto Juz- gado Especializado en lo Penal, permitirá redistribuir la carga procesal de manera más racional, respetando el prin- cipio de Juez Natural; Que, el Informe Nº 048-2002-SEP-GP-GG, de la Geren- cia General del Poder Judicial, concluye en la factibilidad de la conversión del Juzgado Penal para Procesos en Reserva en Quinto Juzgado Especializado en lo Penal de Ica, al no exigir mayor egreso financiero para el Poder Judicial; Que, de otro lado, de los informes estadísticos remiti- dos por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, aparece que el Tercer Juzgado Penal de Ica, encar- gado de tramitar procesos penales en ejecución, soporta carga procesal de 1,384 expedientes aproximadamente, resultando necesario que la Presidencia de la referida Corte Superior, informe los motivos por lo que no se dispuso la redistribución de la carga procesal entre el Primer, Segun- do y Cuarto Juzgado Penal de Ica; Que, de conformidad con el texto modificado del Artí- culo 82º inciso 26), de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está facultado para adoptar los acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con ce- leridad y eficiencia;