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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (12/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 224500 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de junio de 2002 Que el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional está orientado a proponer y ejecutar planes de coopera- ción mutua en las áreas de extensión, formación, capacita- ción y prácticas en la aplicación del derecho; a fin de lograr para los Magistrados, auxiliares jurisdiccionales y personal administrativo, mejores condiciones y oportunidades de acceso a estudios superiores, de extensión profesional, y/ o de especialización; Que los conocimientos que adquieran los Magistrados, auxiliares jurisdiccionales y personal administrativo en vir- tud del citado Convenio, coadyuvarán al perfeccionamiento de sus labores jurisdiccionales y, por tanto, a una mejor y más eficiente administración de justicia; Que, el Artículo 90º inciso 3) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que es atribución y obligación del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la apli- cación de la política del Poder Judicial en su distrito, en coordinación con el Consejo Ejecutivo; en tal sentido, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad es responsable de aplicar dicho Convenio dentro de los lí- mites de la normatividad administrativa vigente; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del señor Con- sejero Walter Vásquez Vejarano, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Ordóñez Valverde, por encontrarse de vacaciones, y por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, a suscribir el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional con la Universidad Privada Antenor Orrego, siendo responsable de su ejecu- ción. Artículo Segundo.- La suscripción y ejecución del Convenio materia de la presente resolución, no irrogará gasto alguno al Poder Judicial. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Liber- tad, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a las ins- tancias correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE CALDERÓN CASTILLO CARLOS ALVA ANGULO 10400 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 068-2002-CE-PJ Lima, 5 de junio del 2002 VISTOS: El Oficio Nº 007-02-P-CC-CSJL/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, e Informe Nº 070-2002-CE-PJ/WVV, del señor Consejero Walter Vásquez Vejarano; y, CONSIDERANDO: Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque somete a consideración de este Órgano de Gobierno la aprobación del proyecto de Convenio Inte- rinstitucional de Cooperación Académica entre la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y la Universidad Ca- tólica Santo Toribio de Mogrovejo de Chiclayo; Que el Convenio propuesto por la Corte Superior de Justicia de Lambayeque es eminentemente académico, por lo que no requiere disponibilidad presupuestaria para su ejecución, y en consecuencia no irrogará gastos al Pliego del Poder Judicial; Que el Convenio Interinstitucional de Cooperación Aca- démica está orientado a proponer y ejecutar planes de co- operación mutua en las áreas de extensión, formación, ca- pacitación y prácticas en la aplicación del Derecho, a fin de lograr para los Magistrados, auxiliares jurisdiccionales y personal administrativo, mejores condiciones y oportunida- des de acceso a estudios superiores; de extensión profe- sional, y/o de especialización;Que los conocimientos que adquieran los Magistrados, auxiliares jurisdiccionales y personal administrativo en vir- tud del citado Convenio, coadyuvarán al perfeccionamiento de sus labores jurisdiccionales y, por tanto, a una mejor y más eficiente administración de justicia; Que, el Artículo 90º inciso 3) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que es atribución y obligación del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la apli- cación de la política del Poder Judicial en su Distrito, en coordinación con el Consejo Ejecutivo; en tal sentido, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambaye- que es responsable de aplicar dicho Convenio dentro de los límites de la normatividad administrativa vigente; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del señor Con- sejero Walter Vásquez Vejarano, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Ordóñez Valverde, por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a suscribir el Conve- nio Interinstitucional de Cooperación Académica con la Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo de Chi- clayo, siendo responsable de su ejecución. Artículo Segundo.- La suscripción y ejecución del Convenio materia de la presente resolución, no irrogará gasto alguno al Poder Judicial. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lamba- yeque, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a las instancias correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE CALDERÓN CASTILLO CARLOS ALVA ANGULO 10402 Modifican competencia territorial de órganos jurisdiccionales que funcionan en el Módulo Básico de Justicia de Los Olivos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 067-2002-CE-PJ Lima, 5 de junio del 2002 VISTOS: Los Oficios Nºs. 2917-2001-P-CSJCN/PJ y 1779-2002- P-CSJCN/PJ, cursados por el Presidente de la Corte Su- perior de Justicia del Cono Norte de Lima, y el Oficio Nº 568-2002-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, sobre la modificación de la competencia te- rritorial del Módulo Básico de Justicia de Los Olivos ; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, hace de conocimiento de este Órga- no de Gobierno la problemática creada por la sobrecarga procesal que viene atravesando el Módulo Básico de Justi- cia de Los Olivos del Distrito Judicial de su Jurisdicción; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 1301-CME- PJ de fecha 12 de octubre del 2000, se creó el Módulo Básico de Justicia de Los Olivos constituido por 2 Juzga- dos Penales, 1 Juzgado Mixto y 2 Juzgados de Paz Letra- dos, con competencia territorial en el distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; Que, los Módulos Básicos de Justicia corresponden a una nueva organización, con empleo de modernas técni- cas de gestión y de administración, cuyos objetivos son mejorar la cobertura del sistema de administración de jus- ticia, aumentar el ratio de juez por habitante y fortalecer los primeros niveles de la administración de justicia; surgiendo la necesidad de monitorear y evaluar continuamente su fun-