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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (20/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

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Pág. 225005 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de junio de 2002 goce de los beneficios que el Régimen otorga, siempre y cuando, no incurra en las causales de exclusión del Régimen, establecidas en el Artículo 5º. Artículo 9º.- DEROGATORIA Derógase el Decreto Supremo Nº 100-2001-EF y el Decreto Supremo Nº 179-2001-EF. Artículo 10º.- REFRENDO Y VIGENCIA El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los criterios de inclusión o exclusión del Régimen, vinculados al inicio de la instrucción y la exis- tencia de la sentencia condenatoria, serán de aplicación desde que dichas situaciones sean notificadas a la SU- NAT. Segunda.- Se mantiene vigente lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 101-2001-SUNAT en todo aquello que no se oponga al presente Decreto Su- premo. En tal sentido, cuando en la citada Resolución se haga mención al Decreto Supremo se entenderá referida a la presente norma. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Lo establecido en el antepenúltimo párrafo del Artículo 5º será de aplicación incluso para aquellos contribuyentes que hubieran sido excluidos del Régimen con anterioridad a la vigencia del presente Decreto Su- premo. Segunda.- Incorpórase al Régimen, a partir del pri- mer día hábil del mes siguiente al de la fecha de notifica- ción, a aquellos contribuyentes a quienes por algún error, se les omitió, a pesar de haber cumplido con todos los requisitos exigidos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinue- ve días del mes de junio del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 10989 ENERGÍA Y MINAS Autorizan viaje a funcionario de Elec- tro Puno S.A.A. a Bélgica, Holanda y Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 257-2002-EM/DM Lima, 31 de mayo de 2002 Visto el Oficio G-519-2002/ELPU, de fecha 16 de mayo de 2002, del Gerente General de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno - Electro Puno S.A.A., solicitando autorización de viaje para un funcionario; CONSIDERANDO: Que, la empresa Philips Peruana S.A., mediante car- ta de fecha 30 de abril de 2002, ha invitado a Electro Puno S.A.A. para que designe a un representante de di- cha empresa para que participe en una visita técnica programada a la fábrica de lámparas de descarga (HID) en Turnhout, Bélgica; a la fábrica de componentes en Oss y al Centro de Aplicaciones LAC en Eindhoven,Holanda; así como, al Centro de Aplicaciones para Exte- riores y Alumbrado Público en Miribel, Francia; del 1 al 9 de junio de 2002; Que, dicha visita técnica tiene como objetivo que el representante de Electro Puno S.A.A. pueda observar las fábricas de iluminación de Europa, así como los diferentes procesos de fabricación que se han implanta- do en las diferentes fábricas proveedoras a nivel mun- dial de las más innovadoras lámparas, luminarias y equi- pos electrónicos de iluminación; asimismo, apreciar los sistemas de iluminación que se han lanzado reciente- mente al mercado; Que, el Directorio de Electro Puno S.A.A., en Sesión Nº 083, de fecha 16 de mayo de 2002, mediante Acuer- do Nº 01.83.020516, autorizó el viaje del Ing. Luis Ma- nuel Terrazos Ungaro, Gerente Comercial Puno, a las ciudades de Turnhout, Bélgica; Oss y Eindhoven, Holan- da; y Miribel, Francia, del 1 al 9 de junio de 2002, para que participe en la visita antes mencionada; Que, en consecuencia es necesario autorizar el co- rrespondiente viaje; De conformidad con lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Su- premo Nº 053-2001-PCM y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Luis Manuel Terrazos Ungaro, Gerente Comercial Puno de la Empre- sa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno - Electro Puno S.A.A., a las ciudades de Turnhout, Bélgi- ca; Oss y Eindhoven, Holanda; y Miribel, Francia, del 1 al 9 de junio de 2002, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por la empre- sa Philips Peruana S.A. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuesto o derechos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 9948 Imponen servidumbre de electroducto de línea ubicada en la provincia de Ca- ñete a favor de Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 272-2002-EM/DM Lima, 31 de mayo de 2002 VISTO: El Expediente Nº 21035996 organizado por la concesionaria LUZ DEL SUR S.A.A., solicitando la im- posición de la servidumbre de electroducto de la línea en 60 kV San Bartolo - Chilca - Mala, en el tramo T57 (L639) - T108 (L659), ubicada en los distritos de Chilca, San Antonio y Santa Cruz de Flores, provincia de Cañe- te, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A.A., concesionaria de distribu- ción de electricidad en la Concesión Sistema de Distri- bución Lima Sur, en mérito de la Resolución Suprema Nº 031-94-EM de fecha 8 de julio de 1994, ha solicitado la imposición de la servidumbre de electroducto de la línea en 60 kV San Bartolo - Chilca - Mala, en el tramo T57 (L639) - T108 (L659); Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el inciso b) del Artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Artículo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM;