Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2002 (30/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de MORDAZA de 2002

Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 9611

mento de MORDAZA, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas: VERTICE A B C D LATITUD SUR 4° 40´ 29.73" 4° 40´ 29.73" 4° 40´ 38.20" 4° 40´ 38.20" LONGITUD OESTE 80° 30´ 40.42" 80° 30´ 34.25" 80° 30´ 34.25" 80° 30´ 40.42"

Otorgan a Meli's Fishery S.A. concesion para desarrollar actividad de acuicultura a mayor escala para cultivar especie Tilapia
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 059-2002-PE/DNA MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2002 Visto el expediente con registro Nº CE-00110001 del 21 de marzo de 2002, presentado, por MELI´S FISHERY S.A., mediante el cual solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala; CONSIDERANDO: Que el numeral 2.1 del Articulo 2º de la Ley Nº 27460, Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura, senala que el Estado fomenta la mas amplia participacion de las personas naturales y juridicas nacionales y extranjeras en la actividad de acuicultura, las que pueden acogerse al regimen de estabilidad juridica de conformidad a las leyes sobre la materia, y sobre la base de la libre competencia y el libre acceso a la actividad economica; Que mediante el escrito del visto, MELI´S FISHERY S.A., solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala con la especie "Tilapia" Oreochromis niloticus, utilizando jaulas flotantes en un area de 4,94 Hectareas de la represa Poechos ubicada en el distrito Lancones, provincia de Sullana, departamento de Piura; Que mediante el Oficio Nº 1273-2002-INADE-120/GPC, el Instituto Nacional de Desarrollo manifiesta que el Proyecto Especial Chira - MORDAZA no tiene objecion en la realizacion del citado proyecto, siempre y cuando, no interfiera con el manejo operacional del embalse, se cumpla con las exigencias de la conservacion del medio ambiente y con las condiciones tecnicas administrativas enunciadas en el Oficio Nº 691-2002-INADE-PECHP-8401, referentes a la ubicacion de las instalaciones administrativas y de las jaulas o modulos flotantes; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se concluye que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 38 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; asimismo con el Certificado Ambiental Nº 002-2002-PE/DINAMA, la Direccion Nacional de Medio Ambiente califica favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental para el cultivo de la especie "Tilapia" Oreochromis niloticus; Estando a lo informado por la Direccion de Acuicultura Continental, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27460, Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MELI´S FISHERY S.A., concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala mediante el cultivo de la especie Tilapia Oreochromis niloticus; utilizando jaulas flotantes en un MORDAZA de agua de 4,94 Hectareas en la represa Poechos ubicada en el distrito de Lancones, provincia de Sullana, departa-

Articulo 2º.- La concesion a que a que se refiere el articulo precedente se otorga por un plazo de treinta (30) anos, renovable por periodos iguales, debiendo el concesionario cumplir con lo siguiente: a) Prever que el desarrollo de la actividad no afecte el medio ambiente o altere el equilibrio bioecologico. b) Solicitar autorizacion previa del Ministerio de Pesqueria en la eventual ampliacion de las actividades productivas hacia otras especies. c) Presentar informes semestrales a la Direccion Nacional de Acuicultura, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. Articulo 3º.- La beneficiaria debera iniciar los tramites ante la Administracion Tecnica del Distrito de Riego correspondiente, para obtener la licencia de uso de agua. Articulo 4º.- La utilizacion del objeto de la concesion con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgo, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento, no acreditar la ejecucion de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento de las normas ambientales, de las condiciones tecnico - administrativas exigidas por el Instituto Nacional de Desarrollo para el desarrollo de la actividad acuicola en la represa de Poechos, de lo establecido en la presente Resolucion Directoral y lo dispuesto en la Ley Nº 27460 y su Reglamento, seran causales de caducidad del derecho concedido, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Aguas y Suelos del Instituto Nacional de Recursos Naturales del Ministerio de Agricultura y a la Direccion Regional de Pesqueria de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Acuicultura 9534

Otorgan a Pesquera MORDAZA S.R.L. licencia para operar planta de congelado de productos hidrobiologicos para consumo humano directo en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 122-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2002 Visto el escrito con Registro Nº CE-00123002 del 20 de diciembre del 2001, presentado por la empresa PESQUERA MORDAZA S.R.L.; CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º inciso b) numeral 4), 44º y 46º e inciso d) del Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion y licencia para la operacion de plantas de procesamiento pesquero, los que constituyen derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria otorga a nivel nacional; Que el Articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-

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