Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2002 (13/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 13 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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sala de juegos entro en funcionamiento con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la Ley o que la instalacion de cualquiera de los establecimientos senalados en el articulo 5º de la Ley se realizo con posterioridad a la instalacion de la sala de juegos. Asimismo, podra ser materia de adecuacion la observancia de los requisitos tecnicos de las maquinas tragamonedas y memorias de solo lectura previstos en el articulo 10º de la Ley, salvo los requisitos senalados en el literal c) del citado articulo, en lo que resulte aplicable, siempre que el solicitante acredite que la sala de juegos se encontraba en funcionamiento MORDAZA de la entrada en vigencia de la Ley Nº 27796, debiendo la DNT en estos casos ejercer sus facultades de control y fiscalizacion a fin de tutelar los derechos de los usuarios. Unicamente podran ser materia de adecuacion los aspectos mencionados en los parrafos anteriores, debiendo los interesados cumplir con los demas requisitos y obligaciones previstos en la Ley y su Reglamento para acceder a una Autorizacion Expresa. En ningun caso la solicitud de acogimiento a la Ley podra encontrarse referida a maquinas tragamonedas que de acuerdo con los criterios tecnicos previstos en la Ley y en el presente Reglamento no puedan ser objeto de autorizacion y registro, ni a la observancia de los requisitos tecnicos y de seguridad de los establecimientos destinados a la explotacion de juegos de casino y/o maquinas tragamonedas asi como de los requisitos financieros que deben cumplir los solicitantes de una autorizacion. El procedimiento aplicable para el tramite de las solicitudes de adecuacion a la Ley, seguira el mismo procedimiento administrativo previsto para las solicitudes de Autorizacion Expresa. Luego de haberse efectuado las evaluaciones y verificaciones correspondientes y de cumplirse con los requisitos aplicables, la DNT emitira una autorizacion provisional aceptando la solicitud de acogimiento presentada, la misma que tendra un plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre del 2005. A partir del 1 de enero del 2006, conforme lo establece el ultimo parrafo de la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27796, la DNT clausurara los establecimientos que no hayan cumplido con adecuarse a las disposiciones contenidas en la Ley. Segunda: De las acciones de control y fiscalizacion La DNT u organo regional al cual se delegue, podra realizar las acciones de control y fiscalizacion que considere convenientes en proteccion de los derechos fundamentales de los usuarios, tales como a la seguridad, a la salud, y en resguardo del interes publico. Para el efecto realiza dicha funcion dentro del MORDAZA de su competencia fijada en la Ley, disposiciones reglamentarias establecidas, y en aplicacion de las disposiciones contenidas en la Sentencia del Tribunal Constitucional publicada el 02 de febrero de 2002 y su aclaratoria, en donde se declara la constitucionalidad, entre otras, de las funciones de fiscalizacion de la DNT, sentencia cuyo caracter vinculante obliga a todos los poderes publicos y a todas las personas, conforme lo establece el articulo 35º de la Ley Nº 26435, Ley Organica del Tribunal Constitucional. Tercera.- Renovacion de Autorizaciones Expresas en Bingos y Discotecas Los Titulares que vienen explotando maquinas tragamonedas en Bingos y Discotecas pueden renovar su Autorizacion Expresa por un periodo que no exceda del 31 de Diciembre del 2005, debiendo acreditar en el termino de sesenta (60) dias calendario una capacidad minima de 150 (ciento cincuenta) personas en su giro principal, sin incluir las destinadas a la explotacion de maquinas tragamonedas. Para efectos de la evaluacion de las solicitudes de renovacion de Autorizacion Expresa el procedimiento a seguir sera el mismo que se establece para el procedimiento de Autorizacion Expresa, incluyendose por tanto la evaluacion financiera, tecnica y legal correspondiente, no siendo necesario presentar aquella documentacion que no MORDAZA perdido validez y vigencia. El plazo limite para la MORDAZA de las solicitudes de renovacion sera de treinta (30) dias de la fecha de publicacion del presente Reglamento. En el caso de que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas a excepcion del Articulo 6º de la Ley, debera presentar una Declaracion Jurada indicando la fecha MORDAZA en que cumplira con adecuarse a la Ley, la misma que no debera exceder del 31 de diciembre del 2005.

Cuarta.- Declaracion y pagos realizados a partir de enero del ano 2002 por el impuesto a los juegos de maquinas tragamonedas La Declaracion y los pagos por concepto del Impuesto a los Juegos de Maquinas Tragamonedas, recibidos por la SUNAT y las entidades de la red bancaria con las cuales mantenga convenios, desde el 1 de enero hasta el 26 de MORDAZA del ano 2002, se consideraran validos. La SUNAT informara a las Entidades que correspondan, en un plazo que no excedera de los cuarenta y cinco (45) dias computados a partir de la vigencia del presente dispositivo: a) El monto recaudado en el periodo referido en el primer parrafo, previa detraccion del porcentaje establecido en los incisos a) y e) del articulo 12º de la Ley General. b) La distribucion respectiva, la cual debera efectuarse de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27616. Quinta.- Procedimientos tributarios relacionados con el Impuesto Corresponde a la SUNAT la tramitacion y resolucion de todos los procedimientos administrativos contenciosos o no contenciosos relacionados con el Impuesto, aun aquellos presentados con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 27796. Para tales efectos, las siguientes Entidades deberan transferir en un plazo que no debera exceder de noventa (90) dias, contados desde la vigencia de la presente MORDAZA, lo siguiente: a) La DNT, los recursos o solicitudes presentados y la documentacion relacionada a tales procedimientos que aun conserve, respecto de los periodos tributarios anteriores a agosto del 2001. b) Las Municipalidades Provinciales, las solicitudes o recursos presentados y la documentacion relacionada a tales procedimientos vinculados al Impuesto a los Juegos de Maquinas Tragamonedas que posean desde el 1 de enero del 2002. Sexta.- Renovacion del Certificado de Defensa Civil La renovacion del Certificado de Inspeccion sera otorgado por el INDECI o sus organos desconcentrados. Dicho Certificado de Inspeccion debera ser renovado por el Titular anualmente y remitido a la DNT. En dicho certificado, entre otros, se estableceran las dimensiones de la sala de juegos estableciendo el estimado de capacidad MORDAZA que tienen las instalaciones para albergar al publico usuario y personal de la sala, numero MORDAZA de mesas de juego o de maquinas tragamonedas que se podrian instalar en los ambientes fisicos de la sala sin disminuir las condiciones de seguridad y tiempo aproximado de evacuacion en caso de siniestro. Setima: Vigencia de las huellas electronicas de las memorias de solo lectura registradas y autorizadas Las memorias de solo lectura de los programas de juego cuya huella electronica ha sido determinada mediante la utilizacion de los distintos algoritmos e instrumentos de control aprobados por la DNT con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento, se consideraran validos para todo efecto administrativo de registro, control y fiscalizacion. Octava.- Procedimiento de seleccion del representante de los trabajadores de empresas explotadoras de juegos de casino y maquinas tragamonedas ante CONACTRA El procedimiento para la eleccion del representante de los trabajadores ante la CONACTRA, sera establecido mediante el Reglamento que sera aprobado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Novena.- Del Sistema Unificado de Control en Tiempo Real La SUNAT en coordinacion con el MINCETUR establecera las caracteristicas tecnicas para la implementacion del Sistema Unificado de Control en Tiempo Real a que se refiere la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 27796.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES:
Primera.- Renovacion de autorizaciones concedidas al MORDAZA de la Ley y su Reglamento: Las solicitudes de renovacion de las autorizaciones y registros concedidos por la DNT al MORDAZA de lo establecido en la Ley y su Reglamento, siempre que respecto de las

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