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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (04/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 230918 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de octubre de 2002 Registral de Lima y Callao, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 196483 de fecha 13 de noviembre de 2001, presentada por don John Freddy Hurtado Castañeda ante el Registro de Propiedad Vehicular en el que se adjunta la Carta Poder de don Carlos Augusto Manrique Andrade a favor de doña Martha Susana Manrique Tabja, documento supuestamente certificado por el Notario Público de Lima Dr. Aníbal Corvetto Romero, quien manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 22 de noviembre de 2001, que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificación no correspon- den a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 1559-2001-ORLC- GBM, de fecha 9 de noviembre de 2001, la Gerencia de Bienes Muebles, informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 179088 de fecha 9 de octubre de 2001, pre- sentada por don Cesar Humberto Marín Ventura ante el Registro de Propiedad Vehicular, en el que se adjunta la Partida de Matrimonio de don Wenceslao Chauca Huañac, y de doña Nila Salas Osorio, documento supuestamente extendido por la Municipalidad Provincial de Barranca, la citada municipalidad manifiesta en su Oficio Nº 217-2001- DRRCC-MPB, de fecha 22 de octubre de 2001, que el acta de matrimonio es completamente falsa; Que, mediante Memorándum Nº 1549-2001-ORLC- GBM, de fecha 7 de noviembre de 2001, la Gerencia de Bienes Muebles, informa a la Gerencia Legal la Oficina Registral de Lima y Callao sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 192415 de fecha 7 de noviembre de 2001, presentada por don José Crucinta Yucra, ante el Registro de Propiedad Vehicular, el que se adjunta un Contrato Pri- vado de Compraventa de Motor Usado suscrito entre don José Luis Lavado Quinteros como vendedor, y de la otra parte don José Crucita Yucra como comprador, por la suma de S/. 1,000.00 (Mil y 00/100 Nuevos Soles), documento supuestamente certificado por la Notaria Público de Lima, Dra. Silvia Samaniego de Mestaza, quien manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 12 de noviembre de 2001, que los se- llos y la firma que aparecen en dicha certificación no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 1421-2001-ORLC- GBM, de fecha 12 de octubre de 2001, la Gerencia de Bie- nes Muebles, informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 173261 de fecha 3 de octubre de 2001, pre- sentada por don Víctor Manuel Pizarro Robles ante el Re- gistro de Propiedad Vehicular, el cual está referido al Con- trato de Compraventa del vehículo de Placa Nº GO-7726, suscrito de una parte por doña Mariella Navaro Barragela- ta, como vendedora y de la otra parte doña Esperanza Lin- da Robles Ramírez como compradora, por la suma de US$ 5,000.00 (Cinco Mil y 00/100 Dólares Americanos), así como copias de los Documentos Nacional de Identidad de doña Esperanza Linda Robles Ramírez y de doña Mariella Novaro Barbagelata documento supuestamente certifica- do por el Notario Público de Lima, Dr. Manuel Reátegui Molinares, quien manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 22 de noviembre de 2001, que los sellos y la firma que apare- cen en dicha certificación no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 1269-2001-ORLC- GBM, de fecha 7 de setiembre de 2001, la Gerencia de Bienes Muebles, informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 156398 de fecha 6 de setiembre de 2001, pre- sentada por don Juan Alfonso Villa Chávez ante el Regis- tro de Propiedad Vehicular, en el que se adjunta copia del Documento Nacional de Identidad de don Juan Jesús Ban- ces Chapilliquen, documento supuestamente certificado por el ex Notario Público de Lima Dr. Alfredo Aparicio Valdez. La Dra. María Mujica Barreda, administradora del archivo notarial, manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 10 de enero de 2002, que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificación no corresponden al despacho notarial del ex Notario Público de Lima Dr. Alfredo Aparicio Valdez, quien falleció el 6 de enero de 2002; Que, mediante Memorándum Nº 506-2001-ORL-GBM, de fecha 3 de abril de 2001, la Gerencia de Bienes Mue- bles, informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 58210 de fecha 2 de abril de 2001, presentada por don Walter Waldemar Medina Ortiz ante el Registro de Propie- dad Vehicular, el cual está referido al contrato de Compra- venta del vehículo de Placa II-2209, suscrito de una parte don Marcelo Elipio Jauregui Antunez como vendedor, y de la otra parte don Walter Medina Ortiz como comprador por la suma de US$ 800.00 (Ochocientos y 00/100 DólaresAmericanos), documento supuestamente certificado por el ex Notario Público de Lima Dr. Manuel Reategui Molina- res, quien manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 23 de no- viembre de 2001, que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificación no corresponden a su despacho nota- rial; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y ar- tículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta- do, interponga las acciones judiciales correspondientes en forma individual contra las siguientes personas: 1. Daniel Geronimo VIZCARRA CULANTRES 2. Julio Germán GARAY LAZO 3. Ramiro SALDIVAR PALOMINO 4. José Dejehova VALENCIA CENTENO 5. Jesús Vidal SANDOVAL CASALINO 6. Nicolás LEYVA SUAREZ 7. John Freddy HURTADO CASTAÑEDA 8. Cesar Humberto MARIN VENTURA 9. José CRUCINTA YUCRA 10. Víctor Manuel PIZARRO ROBLES 11. Juan Alfonso VILLA CHAVEZ 12. Walter Waldemar MEDINA ORTIZ; y, Los demás que resulten responsables por la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsifica- ción de documentos, conforme a los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción Encargado de la Cartera de Justicia 17601 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 355-2002-JUS Lima, 1 de octubre de 2002 Visto el Oficio Nº 1378-2002-JUS/PPMJ de fecha 11 de setiembre de 2002, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 041-2002-ORLC/GL, de fe- cha 7 de junio de 2002, de la Gerencia Legal de la Oficina Registral de Lima y Callao, se desprende que existen indi- cios razonables de la comisión del delito contra la fe públi- ca (Falsificación de Documentos), en la solicitud de ins- cripción del título Nº 92410, de fecha 20 de mayo de 2002, presentada por don Esau Rosty Castillo Escalante, me- diante la cual se presenta ante el Registro de Personas Naturales, la escritura de poder especial que otorga don Jairo Jacob Castillo Escalante a favor de don Esau Rosty Castillo Escalante, documento expedido supuestamente por el Notario Público de Chiclayo, Dr. Domingo E. Dávila Fer- nández, quien mediante Oficio s/n de fecha 24 de mayo de 2002, manifiesta que la firma y sello no corresponden a su despacho notarial, por lo que es procedente la autoriza- ción a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judi- ciales del Ministerio de Justicia, para que en representa- ción y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y ar- tículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667;