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Pág. 231526 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de octubre de 2002 ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DE ZONIFICACIÓN Artículo Primero.- Calificar como Zona de Regla- mentación Especial - ZRE el terreno ubicado en Av. Do- mingo Orué, Mz. C, lotes 17 al 24, denominado Condo- minio Jardines de Aramburú, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, cuya área es de 1.63 Ha. Artículo Segundo.- Recomendar un estudio detallado de los predios colindantes zonificados como I2 con el fin de propiciar su incorporación al Programa Mi Vivienda. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. En Lima, a los dos días del mes de octubre de 2002. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 18273 Aprueban procedimiento extraordinario de regularización de edificaciones des- tinadas a establecimientos, centros y galerías comerciales en zona de alto riesgo del Centro Histórico de Lima ORDENANZA Nº 401 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA: POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión de fecha catorce de octubre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001 de fecha 4 de enero de 2002, se declaró en emergencia la zona de alto riesgo ubicada en el Centro Histórico de Lima, delimi- tada por los jirones Ayacucho cuadras 5, 6, 7; Ucayali cua- dras 6, 7; Paruro cuadras 8, 9, 10; y Puno cuadras 6 y 7; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-PCM am- pliado por Decreto Supremo Nº 029-2002-PCM, se decla- ró en estado de emergencia la zona de alto riesgo antes referida, constituyéndose una Comisión Multisectorial de Rehabilitación y Reconstrucción, encargada de coordinar con los sectores de la Administración Pública la elabora- ción del Programa Integral de Rehabilitación y Reconstruc- ción de la zona, orientada su ejecución a la rehabilitación, reconstrucción y el desarrollo urbano sostenible del área, la que servirá de modelo de desarrollo integral de la zona comercial del Centro Histórico, así como de coordinar la cooperación nacional e internacional; Comisión que es pre- sidida por el señor Alcalde Metropolitano de Lima; Que, de otro lado, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003 se creó una Comisión Mixta de Coordinación y Trabajo entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y los comerciantes de la zona de alto riesgo, declarada en emergencia, del Cen- tro Histórico de Lima, a fin de efectivizar el funcionamiento temporal de los establecimientos comerciales; Que, atendiendo a las recomendaciones formuladas por el Presidente de la Comisión de Operaciones Técnicas, integrante del Centro de Operaciones de Emergencia (COE) del Comité Provincial de Defensa Civil, presidido por el señor Alcalde Metropolitano, se ha considerado necesario establecer procedimientos especiales con carácter extraor- dinario que posibiliten a los comerciantes y en general a las personas naturales o jurídicas ubicadas en la zona de alto riesgo, regularizar su situación jurídica hacia la obten- ción de la licencia de construcción y de apertura de esta- blecimiento, según sea el caso, en aras de garantizar la seguridad pública y jurídica de la zona; Que, con el fin de incentivar y propiciar el acogimiento al procedimiento especial antes referido, se ha considera- do pertinente establecer un mecanismo de suspensión y posterior condonación de multas administrativas impues-tas antes del 29 de diciembre del 2001 en la Zona de Emer- gencia. En Sesión Ordinaria de la fecha, y en uso de las atribu- ciones conferidas por el artículo 36 numeral 3) y 109 de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó la siguiente: ORDENANZA DE PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACIÓN DE LAS EDIFICACIONES DESTINADAS A EST ABLECIMIENT OS, CENTROS Y GALERÍAS COMERCIALES EN LA ZONA DEFINIDA POR DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2002 Y CONDONACIÓN DE MULTAS ADMINISTRATIVAS. CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES Artículo Primero.- Del Ámbito, Objeto y duración de la Norma. Ámbito de aplicación: Las disposiciones contenidas en la presente norma serán de aplicación únicamente a los inmuebles que se encuentran ubicados en la “Zona de Emergencia” constituida por la zona de alto riesgo del Cen- tro Histórico de Lima, declarada en emergencia por Decre- to de Alcaldía Nº 001 del 4 de enero del 2002. Objeto: La presente Ordenanza tiene por objeto propi- ciar la formalización, con condiciones adecuadas de segu- ridad y funcionamiento, en la Zona de Emergencia; esta- bleciendo un Procedimiento Extraordinario de Regulariza- ción de Edificaciones destinado a Establecimientos Comer- ciales, Centros Comerciales y Galerías Comerciales; con incentivos que promuevan su acogimiento. Duración: El plazo para acogerse a los procedimien- tos y beneficios que son materia de esta Ordenanza es de cuatro (4) meses a partir de su publicación; posterior a ello únicamente se seguirán hasta su culminación los procedi- mientos iniciados dentro de dicho plazo. El procedimiento aprobado mediante la presente no podrá exceder de 20 meses, contados desde la publica- ción de la presente Ordenanza. CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES. Artículo Segundo .- De los Requisitos Específicos para el Procedimiento El Procedimiento Extraordinario de Regularización a que refiere el Artículo Primero, se iniciará ante la Oficina de Trámite Documentario de la Municipalidad Metropolitana de Lima y será atendido por la Dirección de Autorizaciones Urbanas de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, debiendo presentarse un expediente solicitando Licencia de Obra en Vía de Regularización o Licencia de Modifica- ción y Ampliación de Obra en Vía de Regularización, si fuera el caso, con los requisitos establecidos en el TUPA 2002, así como con la presentación de los siguientes do- cumentos, que formaran parte de dicho expediente: 1. Un juego completo de Planos de Arquitectura actua- lizados, coincidentes con la distribución física de la edifi- cación a regularizar. 2. La propuesta de alternativa técnica para la subsana- ción de las observaciones que no se hayan cumplido, refe- ridas a las Actas de Compromiso que fueron suscritas ante la Municipalidad Metropolitana de Lima. 3. Planos de las instalaciones y el sistema integral con- tra incendios. 4. Planos del sistema de evacuación y señalización de seguridad total para casos de emergencia. 5. Listado actualizado de los propietarios y sus respec- tivos porcentajes de participación en los derechos de pro- piedad. 6. Proyecto de Reglamento Interno actualizado, en el que se especificará, además de los aspectos generales propios del Reglamento, lo siguiente: a) Prohibición de colocación de mercadería, equipos, mobiliario o cualquier otro elemento en las áreas de circu- lación y áreas libres de la edificación. b) Normas de seguridad específicas de la edificación y su obligatorio cumplimiento por todos los conductores de los lo- cales comerciales. Éstas incluyen, sistemas contra incendios, iluminación de emergencia, sistemas de evacuación, áreas seguras, conformación de la brigada de seguridad, entre otros. c) Sistema de Control Interno para el cumplimiento de las normas de seguridad y mantenimiento oportuno de los