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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (31/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 232395 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de octubre de 2002 Extracción y Procesamiento Pesquero y con la opinión fa- vorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Directoral Nº 394- 98-PE/DNE, que a su vez modificó la titularidad del permi- so de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 818- 97-PE, entendiéndose que la capacidad de bodega de la embarcación pesquera RIBAR I, de matrícula Nº CE-3707- PM, ha sido ampliada a 325 m3, manteniéndose las demás características del permiso de pesca otorgado para su ope- ración. Artículo 2º.- Consignar la nueva capacidad de bodega de 325 m3 de la embarcación pesquera RIBAR I, de matrí- cula Nº CE-3707-PM, en el literal A) del Anexo I de la Re- solución Ministerial Nº 152-2002-PE, así como en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 136-2002-PE. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Mi- nisterio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pes- quería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, An- cash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 19168 Modifican resoluciones en el extremo correspondiente al número de matrícu- la de embarcación pesquera RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 065-2002-PRODUCE/DNEPP Lima, 9 de octubre del 2002 Visto el escrito de registro Nº CE-00284001 de fecha 3 de mayo del 2002, presentado por AUSTRAL GROUP S.A.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 711-95-PE de fecha 20 de diciembre de 1995, se otorgó permiso de pes- ca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros armadores pes- queros a PESQUERA AUSTRAL S.A., para que opere en- tre otras embarcaciones pesqueras de bandera nacional a "ESTELA DE ORO" con matrícula Nº CO-5881-CM, para dedicarse a la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral perua- no, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que mediante Resolución Directoral Nº 047-2001-PE/ DNEPP de fecha 30 de abril del 2001 se modificó la Reso- lución Directoral Nº 190-99-PE/DNE, de fecha 25 de agos- to de 1999 que autorizó el cambio de titular del permiso de pesca, en el extremo correspondiente a la razón social denominándosele "AUSTRAL GROUP S.A.A.; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita la modificación de la Resolución Ministerial Nº 711-95-PE y las Resoluciones Directorales Nºs 190-99-PE/DNE y Nº 047-2001-PE/DNEPP, en lo que corresponde al número de matrícula de la embarcación pesquera "ESTELA DE ORO" del código de tipo de nave "CM" a "PM", debiendo modifi- carse asimismo en las demás resoluciones donde corres- ponda, habiendo sustentado con la documentación perti- nente, como es el Certificado de matrícula vigente, que presenta;Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 304-2002- PE/DNEPP-Dap y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el artículo 106º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, apro- bado por la Ley Nº 27444, procedimiento Nº 19 del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 505-98-PE del 9 de octubre de 1998; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 711- 95-PE y las Resoluciones Directorales Nº 190-99-PE/DNE y Nº 047-2001-PE/DNEPP, en el extremo correspondiente al número de matrícula de la embarcación pesquera "ES- TELA DE ORO", debiendo entenderse como tal el Nº CO- 5881-PM. Artículo 2º.- Consignar en los anexos correspondientes de las Resoluciones Ministeriales Nº 136-2002-PE y 152- 2002-PE, el número de matrícula de la embarcación pes- quera "ESTELA DE ORO" señalado en el artículo prece- dente, según corresponda. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 19169 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Convenio sobre un Progra- ma Integral para el Desarrollo de Acti- vidades Científico Técnicas, Asis- tenciales y de Promoción de la Salud, suscrito con Chile DECRETO SUPREMO Nº 090-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 23 de agosto de 2002, se suscribió en la ciudad de Santiago, República de Chile, el "Convenio en- tre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Chile sobre un Programa Integral para el Desarrollo de Actividades Científico Técnicas, Asistenciales y de Promoción de la Salud". Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú, y el ar- tículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congre- so; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Convenio entre el Gobier- no de la República del Perú y el Gobierno de la Repú- blica de Chile sobre un Programa Integral para el De-