Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2002 (31/10/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, jueves 31 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES
13.- DENUNCIA

Pag. 232397

5.- APROBACION, SEGUIMIENTO, EVALUACION E INFORMES El Grupo Coordinador General del Convenio aprobara y priorizara la ejecucion de los proyectos presentados. El Plan de Trabajo se elaborara en forma conjunta. Las entidades ejecutoras del Plan de Trabajo enviaran semestralmente a las Oficinas de Cooperacion Internacional de los Ministerios de Salud del Peru y de MORDAZA, un informe de avance de ejecucion del Plan de Trabajo. Anualmente el Grupo Coordinador General del Convenio se reunira para llevar a cabo la evaluacion y ajuste al Plan de Trabajo para el ano siguiente, con la participacion del Equipo Tecnico. La evaluacion anual de cada proyecto considerara por lo menos los siguientes aspectos: - Objetivos y metas propuestas. - Trabajos realizados. - Resultados obtenidos y ejecucion de gastos. - Restricciones y problemas encontrados y medidas tomadas para resolverlos. - Modo de cooperacion empleado. - Conclusiones y recomendaciones para futuras acciones. - La disposicion, publicacion o modo de divulgacion de los resultados obtenidos en la realizacion del proyecto. 6.- AUDITORIA La labor de auditoria solo sera procedente con relacion a los fondos proporcionados por terceras entidades y se llevara a cabo por la persona o personas para ello seleccionadas de acuerdo a las normas, reglamentos y politicas de las mismas. Copias de los informes de las auditoria seran entregadas a los Gobiernos del Peru y de MORDAZA, cuando asi lo soliciten. 7.- PERSONAL El personal comisionado por cada una de las Partes continuara bajo la direccion y dependencia de cada una de ellas, manteniendo la relacion laboral con la Institucion a la que pertenece y, en ningun caso, se considerara a la otra Parte patron sustituto. 8.- FUERZA MAYOR El Gobierno del Peru y el Gobierno de MORDAZA no seran responsables por incumplimiento total o parcial de los compromisos asumidos por el presente Convenio, que deriven de motivos de fuerza mayor. 9.- CONTROVERSIAS Cualquier controversia que pudiere surgir de la interpretacion, aplicacion y ejecucion del presente convenio, sera resuelta por arreglo directo entre las partes, en el MORDAZA del Grupo Coordinador General del Convenio. 10.- INTERPRETACION El presente Convenio se interpretara de acuerdo a los terminos del Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica suscrito entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de MORDAZA, el 9 de diciembre de 1977. 11.-VIGENCIA Y DURACION El presente Convenio entrara en vigencia a partir de la fecha de la suscripcion por las Partes y tendra una duracion de cuatro anos. 12.- PRORROGA El presente Convenio se prorrogara automaticamente por un periodo igual, salvo que una de las Partes exprese por escrito lo contrario, dentro de los sesenta dias anteriores a su fecha de vencimiento.

El presente Convenio puede ser denunciado por cualquiera de las Partes, mediante comunicacion escrita dirigida a la otra Parte. La denuncia surtira efecto sesenta dias despues de la fecha de recibo de la notificacion pertinente. Las obligaciones asumidas por las Partes, en virtud del presente Convenio, continuaran hasta la terminacion o denuncia del mismo, segun sea necesario, con el fin de permitir el cumplimiento de los compromisos previamente contraidos. Suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, a los veintitres dias del mes de agosto del ano dos mil dos, en dos ejemplares en idioma espanol, siendo ambos igualmente autenticos. POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALVEAR MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores 19141

SALUD
Aprueban Cuadro de Asignacion de Personal del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION SUPREMA Nº 026-2002-SA MORDAZA, 29 de octubre del 2002 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27657 - "Ley del Ministerio de Salud" que en su articulo 6º constituyo el Seguro Integral de Salud (SIS) como un Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud, para que administre los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual, de conformidad con la Politica del Sector; Que por Resolucion Ministerial Nº 484-2002-SA/DM se creo la Comision de Organizacion, Transferencia y Administracion del Seguro Integral de Salud para facilitar la consolidacion del Seguro Integral de Salud como Organismo Publico Descentralizado, de acuerdo a lo dispuesto en Ley Nº 27657; Que la Resolucion Ministerial Nº 886-2002-SA/DM aprueba la Directiva para la formulacion de los Proyectos de Reglamento de Organizacion y Funciones -ROF-, Cuadro de Asignacion de Personal -CAP-, y Presupuesto Analitico de Personal -PAP- de los Organos Desconcentrados y Organismos Publicos Descentralizados del Ministerio de Salud; Que el articulo 1º de la Ley Nº 27812 determina las MORDAZA de Financiamiento del SIS, establece las MORDAZA internas y externas de las que el SIS dispone como Pliego Presupuestal para el cumplimiento de su mision y su sostenibilidad; Que el articulo 31º de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, dispone que la aprobacion de los MORDAZA para Asignacion de Personal - CAP se haran mediante Resolucion Suprema refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca el Pliego; Que por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, estableciendose el Regimen Economico Financiero y Laboral, asimismo dispone la aprobacion del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.