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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (31/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 232388 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de octubre de 2002 la embarcación a la que corresponde y que durante su vi- gencia la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso, en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que por Resoluciones Ministeriales Nº 280-95-PE, Nº 631-95-PE y Nº 711-95-PE de fechas 24 de mayo, 13 de noviembre y 20 de diciembre de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otras, a PES- QUERA OLGA S.A., PESQUERA ALMAR S.A., y PES- QUERA ALMI S.A., para operar respectivamente, las em- barcaciones pesqueras de bandera nacional, "FLAVIA" con matrícula Nº CE-2013-PM, capacidad de bodega 180 TM y construida en 1967; "ALBATROS" con matrícula Nº PS- 6408-PM, capacidad de bodega 270 TM y construida en 1971 y "DON MIGUEL" con matrícula Nº CO-6254-PM, capacidad de bodega 200 TM y construida en 1970; para que se dediquen a la extracción de recursos hidrobiológi- cos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que a través de los escritos del visto PESQUERA COLONIAL S.A., solicita cambio del titular de los permisos de pesca otorgados con las Resoluciones citadas en el considerando precedente, al haber adquirido la propiedad de dos embarcaciones pesqueras "FLAVIA" y "DON MI- GUEL" y por haber acreditado posesión de la embarcación pesquera "ALBATROS" como arrendataria de su actual propietario, el Banco Santander Central Hispano - Perú, conforme consta en los correspondientes Certificados Com- pendiosos de Dominio que presenta y la Escritura Pública de Aumento de Capital, Fusión de Sociedades por Absor- ción y Adecuación y Modificación Total de Estatutos, que celebran PESQUERA COLONIAL S.A., con las empresas citadas en el segundo considerando; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la recu- rrente ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimien- tos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 020- 2001-PE; por lo que resulta procedente atender lo solicita- do; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 263-2002- PE/DNEPP-Dap y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 43º inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977 - Ley Gene- ral de Pesca, el artículo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y en las Resolu- ciones Ministeriales Nºs. 152-2002-PE y 136-2002-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio del titular de los permi- sos de pesca para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional que se indican a continuación, en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados: PERMISO DE PESCA CAP. DE NUEVO EMBARCACIÓN MATRÍCULA BODEGA RESOLUCIÓN FECHA TITULAR (m3) R.M. Nº 280-95-PE 24-05-95 PESQUERA FLAVIA CE-2013-PM 181.00 COLONIAL S.A. R.M. Nº 631-95-PE 13-11-95 PESQUERA ALBATROS PS-6408-PM 282.78 COLONIAL S.A. R.M. Nº 711-95-PE 20-12-95 PESQUERA DON MIGUEL CO-6254-PM 199.00 COLONIAL S.A Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados a PESQUERA OLGA S.A., PESQUERA ALMAR S.A., y PESQUERA ALMI S.A., a través de las Re- soluciones Ministeriales Nº 280-95-PE, Nº 631-95-PE y Nº 711-95-PE para operar las embarcaciones pesqueras denomi- nadas "FLAVIA" con matrícula Nº CE-2013-PM, "ALBATROS" con matrícula Nº PS-6408-PM y "DON MIGUEL" con matrí- cula Nº CO-6254-PM, respectivamente.Artículo 3º.- Incorporar a la empresa PESQUERA COLONIAL S.A., como titular de los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones pesqueras "FLA- VIA" con matrícula Nº CE-2013-PM, "ALBATROS" con matrícula Nº PS-6408-PM y "DON MIGUEL" con matrícula Nº CO-6254-PM, así como la presente Resolución al Anexo I, literal J) y al Anexo V de la Resolución Ministerial Nº 152- 2002-PE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 136- 2002-PE, excluyendo a "PESQUERA OLGA S.A.", "PES- QUERA ALMAR S.A." y "PESQUERA ALMI S.A.", y a las Resoluciones Ministeriales Nº 280-95-PE, Nº 631-95-PE y Nº 711-95-PE del Anexo I, literal J) y del Anexo V de la Resolución Ministerial Nº 152-2002-PE y del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 136-2002-PE. Queda estable- cido que una vez que el armador cumpla con presentar el certificado de adecuación de las dimensiones de la red de cerco sardinera, conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 225-2001-PE, se procederá a la incorpora- ción al Anexo correspondiente de la Resolución Ministerial Nº 152-2002-PE. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 19162 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 057-2002-PRODUCE/DNEPP Lima, 3 de octubre del 2002 Visto los escritos de registros Nºs. CE-00393001 del 24 de mayo y 1 de julio del 2002 y CE-00652002 del 12 de agosto del 2002, presentados por la empresa PESQUERA DIAMANTE S.A.; CONSIDERANDO: Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que la transferencia de la propiedad o pose- sión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacio- nal durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que por Resolución Ministerial Nº 802-97-PE de fecha 12 de diciembre de 1997, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a ENVASADORA SAN ANTONIO S.A., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "SUPE I" de matrícula Nº CO-16681-PM de 530.65 m 3 de volumen de bodega, con una capacidad máxi- ma de carga de 350 TM, con sistema de preservación a bordo del tipo R.S.W., para dedicarse a la extracción de los recursos hidrobiológicos, jurel y caballa, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de 1½ pulgadas (38 mm.) y a la extracción de los recursos hidro- biológicos anchoveta y sardina utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm.), para destinarlos al consumo humano directo e indirecto; Que mediante los escritos del visto la recurrente, soli- cita el cambio del titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 802-97-PE; y, modificación de la citada resolución autoritativa, por cambio de denominación de la embarcación pesquera "SUPE I" a "CONSTANZA" con matrícula Nº CO-16681-PM; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante Informes Nºs. 328- 2002-PE/DNEPP-Dap y 004-2002-PRODUCE/DNEPP-