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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (20/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 230282 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de setiembre de 2002 CATEGORÍAS (%) UIT ÍTEM INFRACCIÓN I II III IV V OBSERVACIONES cios con propósito de reconversión para el consu- mo humano sea directa e indirectamente 3 6 10 20 176 Vender productos farmacéuticos con fechas expi- radas adulteradas o contaminadas 5 10 177 Fabricar productos farmacéuticos sin autorización sanitaria 10 178 Carecer de certificado de Fumigación 1.8 8 6 20 179 Carecer de carné de Sanidad o tener éste venci- miento (multa por cada empleado) en las actividades que lo requieran. 0.5 0.8 10 20 180 Carecer de formulario de descanso semanal 0.4 0.5 0.6 1.5 181 Carecer de autorización sanitaria los establecimien- tos de venta de productos farmacéuticos 5 10 182 Carecer de tapas los azucareros, saleros o depósitos similares 1 1.5 5 10 183 No tener cubierta con impermeable (vidrios, már- mol, fórmica, plástico, etc.) las mesas de comedores 1.2 2 4 184 Carecer de materiales de cocina inoxidables (ollas utensilios, cubier- tos) Están prohibidos para este efecto el plomo, zinc y/o latón 1.2 2.4 4 8 185 No contar con sobrepiso (parihuela) en el almacenaje de alimentos en resguardo de su calidad o por tenerlos en contacto con el piso 1.2 2.4 4 8 186 Tener animales domésticos con efermedades infeccontagiosas en el local, en perjuicio de la comunidad con la consiguiente pérdida del de- recho de propiedad sobre dicho animal en favor del órgano de salud 2 5 8 10 187 No efectuar la limpieza y desinfección de los tanques elevados, tan- ques de rebombeo, etc. de almacenamiento de agua 2 veces al año, las viviendas familiares, conjunto residencial, entidades públicas y privadas, comercio, industria, etc 3 5 10 25 50 DIREC. GRAL. PROTEC. Y SEGURIDAD CIUDADANA 188 Alterar el orden público, ir contra la moral y las buenas costumbres o se afecte la tranquilidad del vecindario 4 5 10 20 40 189 Obstaculizar el paso vehicular o peatonal en la vía pública, por el uso de tranqueras, rejas, hitos de concreto, cilindro u otros objetos análogos 2.5 5 8 10 20 190 Permitir que en los locales, viviendas u otros se ejerza clandestinamente la prostitución 20 30 40 50 100 191 No izar la Bandera Nacional en Fiestas Patrias 1.2 2 4 y/o cuando lo disponga el Gobierno Central o la propia Municipalidad Provincial del Callao 1.5 2 2.6 6 10 192 Encontrar los símbolos patrios en mal estado, deteriorados, antihigiénicos 1.5 2 2.5 5 10 193 No pintar, pulir o limpiar las fachadas de viviendas vencido el plazo establecido 3 5 5 10 12 I. DIRECCIÓN DE DEFENSA CIVIL 194 No contar con el certificado de seguridad (comercio, industria y vivienda) Comercio menor 1.60 2.04 2.72 4.09 5.44 Comercio mediano 2.73 4.10 5.46 9.19 10.92 Comercio mayor 4.55 6.93 9.10 13.65 19.20 Industria menor 2.28 3.42 4.56 6.94 9.12 Industria mediana 4.55 6.93 9.10 13.65 19.20 Industria mayor 6.92 10.23 13.64 2.46 27.28 195 No exhibir el certificado de Seguridad en lugar visible 20.0 25.0 196 No contar con el Informe Técnico de Seguridad para eventos artísti- cos, deportivos, culturales, emitido por Defensa Civil 30.0 197 No contar con señalización de seguridad para rutas de evacuación, columnas de seguridad, salidas, equipos contra incendios y primeros auxilios 5.0 10.0 15.0 20.0 30.0 198 No adoptar medidas de seguridad en el tiempo establecido por De- fensa Civil de acuerdo a las recomendaciones 25.0 199 No contar con plan de contingencia para casos de emergencia 40.0 200 No contar con equipo contra incendio de acuerdo al riesgo existente 10.0 15.0 20.0 30.0 40.0 201 No contar con sistema de señalización en almacemiento de materia- les peligrosos 10.0 15.0 20.0 30.0 40.0 202 Infringir las medidas de seguridad para la venta y/o distribución de G.L.P. 20.0 30.0 40.0 50.0 60.0 203 No proporcionar auxilio con equipos y materiales en caso de emergencia o desastres 40.0 60.0 90.0 204 Alquilar viviendas o locales de uso público en estado ruinoso o que genere riesgos de vida 15.0 20.0 25.0 30.0 35.0 DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE URBANO 205 Utilizar la vía pública para el estacionamiento de unidades de transporte con fines de paradero, sin contar con la debida autorización (internamiento del vehículo al DOV) 1 206 Lavar vehículos en zonas públicas señalizadas como prohibidas 5 207 Dejar vehículos abandonados en la vía pública (interna- miento del vehículo al DOV) 10 208 Utilizar la vía pública para efectuar reparaciones del vehículo 10 209 Interferir el tránsito vehicular y/o peatonal por vía o desvío, para construir pistas, veredas, sardineles o excavar zanjas, sin contar con la autorización municipal 15 210 Interferir el tránsito vehicular y/o peatonal con fines di- versos, sin autorización municipal 5 211 Efectuar carga o descarga en lugares u horas prohibidas 5 212 Efectuar el traslado de embarcación en el perímetro urbano de la ciudad sin recabar la autorización municipal. 15 213 Dejar estacionado el vehículo sobre aceras, veredas y/o jardines que obstaculiza el tránsito peatonal 5 16802