Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (09/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 249537 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de agosto de 2003 Visto el Acuerdo de Concejo Nº 05-A-MDC-2003 del Con- cejo Distrital de Cusipata, provincia de Quispicanchis, depar- tamento de Cusco, por el que se declara la vacancia del car- go de Regidor de don Benito Zevallos Apaza, y se disponeponer en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones; CONSIDERANDO: Que en sesión ordinaria de fecha 28 de marzo de 2003, por unanimidad de los miembros del Concejo Distrital deCusipata acordaron declarar la vacancia del cargo de Re- gidor que ostenta Benito Zevallos Apaza por la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, se-gún consta del acta que en copia autenticada obra de fojas 8 a 10, expidiéndose el Acuerdo de Concejo Nº 05- A-MDC-2003 de fojas 1 y 2, el mismo que se sustentó enlo dispuesto por los incisos 1) y 5) del artículo 26º de la derogada Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que según el Acuerdo de Concejo Nº 05-A-MDC-2003, Benito Zevallos Apaza no concurrió a las sesiones ordinarias de fecha 6 y 14 de enero, 3, 14 y 25 de febrero, 6, 22 y 28 de marzo de 2003, y a las sesiones extraordinarias de fechas 7,12 de enero y 9 de marzo de 2003; conforme se determina de las esquelas de citación de fojas 11, 14, 18, 22, 30, 33, 37, 39, 42, 47, 50, 54, 58, 62 y 67, en las que aparecen la anotación"falta", lo cual no acredita que el citado Regidor haya tomado conocimiento de las convocatorias efectuadas, advirtiéndose asimismo, que no median entre la convocatoria y la sesióncuando menos dos días hábiles, conforme lo precisa el artí- culo 39º de la norma arriba señalada; Que la constancia emitida por el Juez de Paz del distri- to de Cusipata que obra a fojas 6, no certifica que el Acuer- do de Concejo Nº 05-A-MDC-2003 haya sido entregado al Regidor vacado, desconociendo el vínculo que existiría conla receptora del mismo, doña Magdalena Condori R; Que en autos no se ha demostrado que don Benito Zevallos Apaza haya incurrido en la causal de vacanciaprevista en el numeral 5) del artículo 26º de la derogada Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar nulo el acuerdo de vacan- cia del cargo de Regidor que ostenta Benito Zevallos Apa-za tomado en la sesión ordinaria de fecha 28 de marzo de 2003 por el Concejo Distrital de Cusipata, provincia de Quispicanchis, departamento de Cusco. Artículo Segundo.- Declarar que Benito Zevallos Apa- za continúa ejerciendo el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Cusipata, por el período de gobierno munici-pal 2003 - 2006 para el cual fue elegido. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que se requiera para el cumpli-miento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General 14839 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COFOPRI Dan por finalizado procedimientos de Prescripción Adquisitiva de Dominio COMISIÓN DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD Nº 185-2003-COFOPRI/TAP Expediente Nº 2002-044-COFOPRI/TAPLima, 15 de julio de 2003VISTA: La Sentencia del Tribunal Constitucional del 23 de mayo de 2002 que declaró fundada la acción de inconsti-tucionalidad interpuesta por el Alcalde Metropolitano deLima contra las Leyes Nºs. 26878 y 27135, Expediente Nº 012-2001-I/TC y declaró fundada en parte la deman- da y en consecuencia INCONSTITUCIONALES los artí-culos 6º, 7º y 8º de la Ley Nº 26878 - Ley General deHabilitaciones Urbanas, así como el artículo 1º de la LeyNº 27135; y, CONSIDERANDO: 1. Que, el 31 de agosto de 1998 se instaló el ahora denominado Tribunal Administrativo de la Propiedad, ór-gano de segunda y última instancia administrativa concompetencia a nivel nacional, el cual conoce y resuelve los procedimientos administrativos relacionados a las competencias de la COFOPRI, de conformidad con loestablecido por el artículo 15º del Reglamento de Nor-mas 1. 2. Que, la Unidad de Procedimientos Administrativos remitió el Expediente Nº 166 -00-Norte-P correspondien- te al procedimiento individual de Prescripción Adquisiti- va de Dominio, peticionado por Lucho Soto Escalante yVictoria Hurtado Tuero a través de la Solicitud Nº200400819 del 14 de marzo de 2000, respecto del lote12, manzana "Ñ", Zona II del Asentamiento Humano "Se-ñor de los Milagros", ubicado en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código Nº P01090093, en favor deNicanor Cossio Fuentes, a fin de que esta Instancia re-suelva la apelación presentada por los solicitantes con-tra la Resolución Nº 566-2001- COFOPRI/GDRP del 28de diciembre del 2001 expedida por la Gerencia de De- claración y Regularización de la Propiedad, que declaró improcedente la solicitud referida. 3. Que, el 22 de marzo de 1996 por Decreto Legislati- vo Nº 803 - Ley de Promoción del Acceso a la PropiedadInformal, se crea la Comisión de Formalización de la Pro-piedad Informal - COFOPRI como organismo rector máxi- mo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de Formalizaciónde la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la for-malidad, a nivel nacional, centralizando las competen-cias y toma de decisiones a este respecto. 4. Que, la norma aludida no previó la formalización de la propiedad urbana mediante los procedimientos admi- nistrativos de Prescripción Adquisitiva de Dominio, Trac-to Sucesivo y Reversión, sobre predios matrices ocupa-dos por Posesiones Informales, Centros Urbanos Infor-males o Urbanizaciones Populares, así como lotes ubi-cados en Posesiones Informales o Centros Urbanos In- formales formalizados por la COFOPRI. 5. Que, el 20 de noviembre de 1997 se dio la Ley Nº 26878 2 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, estable- ciendo a través de sus artículos 6º, 7º y 8º el procedimien-to administrativo de formalización de la propiedad urbanamediante los procedimientos administrativos de Prescrip- ción Adquisitiva de Dominio, Tracto Sucesivo y Reversión sobre predios ocupados por las posesiones informalesmencionados en el considerando que antecede. 6. Que, tomando como base lo establecido en la Ley Nº 26878, se expidió el 31 de diciembre de 1998la Ley Nº 27046 - Ley Complementaria del Acceso a la Propiedad Formal 3, la que en su artículo 1º modifi- 1Reglamento de Normas que regulan la organización y funciones de los ór- ganos de la COFOPRI responsables del conocimiento y solución de los medios y impugnatorios, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de agosto de 2000 2Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas expedida el 19 denoviembre de 1997. 3Ley Nº 27046 - Ley Complementaria de promoción del acceso a la propie-dad formal expedida el 31 de diciembre de 1998.