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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (09/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 36

PÆg. 249538 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de agosto de 2003 có el artículo 3º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 803 indicando que para ejecutar de manera integral,comprehensiva y rápida un programa de formalizaciónde la propiedad son funciones de la COFOPRI, entreotras, lo expresado en el inciso a) numeral a.2.5) dela Ley Nº 27046, esto es declarar la prescripción ad- quisitiva y regularizar el tracto sucesivo mediante pro- cedimientos y declaraciones masivos. Por lo tanto, conla expedición de la citada Ley quedó modificada laLey de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal -Decreto Legislativo Nº 803. Asimismo, se crea el De-creto Supremo Nº 032-2000-MTC 4, la cual considera tanto la Prescripción Adquisitiva de Domino Integral como la Prescripción Adquisitiva de Dominio Indivi-dual. 7. Que, mediante la sentencia de vista, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de julio de 2002 se decla-ró la inconstitucionalidad de los artículos 6º, 7º y 8º de la Ley Nº 26878 sobre Habilitaciones Urbanas y el artículo 1º de la Ley Nº 27135 que modifica el artículo 3º de laLey de Nº 26878. 8. Que, teniendo en cuenta lo expuesto en los con- siderandos que anteceden así como lo por lo señala-do por el artículo 35º de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, Ley Nº 26435 5, que establece que " Las sentencias recaídas en los procesos de inconstitucio- nalidad tienen autoridad de cosa juzgada, vinculan a todos los poderes públicos y producen efectos gene- rales desde el día siguiente de su publicación [...])", los Vocales del Tribunal Administrativo de la Propie- dad reunidos en Pleno el 5 de marzo de 2003 acorda- ron dar por finalizados los procedimientos de pres-cripción adquisitiva administrativa que se vienen tra-mitando ante el Tribunal Administrativo de la Propie-dad. Estando a lo acordado, SE RESUELVE: Primero.- Dar por finalizado el presente Procedimiento de Prescripción Adquisitiva de Dominio tramitado anteesta instancia. Segundo.- Remitir el expediente a la Instancia Orgá- nica Funcional para los fines correspondientes. Regístrese y comuníquese. VÍCTOR JOSÉ ANTONIO ZAR GINOCCHIO Presidente del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI RICARDO JAVIER HAAKER PIÉROLA Vocal Titular del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI LUZ MARINA SÁNCHEZ MERA Vocal Titular del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI JAIME FERNANDO GALLEGOS VEGA Vocal Titular del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI JOSÉ SECLÉN PERALTA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI 4Reglamento de Procedimiento Administrativo de Declaración de Propiedad mediante Prescripción adquisitiva de Dominio y la Regularización del Trac- to Sucesivo, así como la Declaración de Reversión sobre Predios Matrices o Lotes Adjudicados por Entidades del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-99-MTC 5Ley Nº 26435 - Ley Orgánica del Tribunal Constitucional expedida el 6 deenero de 1995. 14824COMISIÓN DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD Nº 198-2003-COFOPRI/TAP Expediente Nº 2003-005-COFOPRI/TAPLima, 15 de julio de 2003VISTA:La Sentencia del Tribunal Constitucional del 23 de mayo de 2002 que declaró fundada la acción de inconsti- tucionalidad interpuesta por el Alcalde Metropolitano de Lima contra las Leyes Nºs. 26878 y 27135, Expediente Nº 012-2001-I/TC y declaró fundada en parte la deman- da y en consecuencia INCONSTITUCIONALES los artí- culos 6º, 7º y 8º de la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, así como el artículo 1º de la Ley Nº 27135; y, CONSIDERANDO:1. Que, el 31 de agosto de 1998 se instaló el ahora denominado Tribunal Administrativo de la Propiedad, ór- gano de segunda y última instancia administrativa con competencia a nivel nacional, el cual conoce y resuelve los procedimientos administrativos relacionados a las competencias de la COFOPRI, de conformidad con lo establecido por el artículo 15º del Reglamento de Nor- mas 1. 2. Que, la Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Am- pliada de la Sede Central Lima - Ciudad Arequipa y Cay- lloma remitió la Solicitud Nº 212007137 correspondiente al procedimiento individual de Tracto Sucesivo, peticio- nado por Miguel Curse Mamani, Luis Bartolomé Flores Amanqui y Juan de Dios Bellido Quispe del 26 de no- viembre de 2001, respecto del lote 21, manzana "26" zona D urbanización Generalísimo José de San Martín, ubica- do en el distrito de Mariano Melgar, provincia y departa- mento de Arequipa, inscrito en el Registro Predial Urba- no con el Código Nº P06053047, en favor de Cornelio Juan Paredes Perea, Edgar Felipe Paredes Perea y Si- priana Santos Perea Bernal, a fin de que esta Instancia resuelva la apelación presentada por Miguel Curse Ma- mani contra la Resolución Nº 283-2002-COFOPRI/OJA- AQP del 30 de enero de 2001, expedida por la Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Sede Cen- tral Lima - ciudad Arequipa y Caylloma, que declaró im- procedente la solicitud referida. 3. Que, el 22 de marzo de 1996 por Decreto Legislati- vo Nº 803 - Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Informal, se crea la Comisión de Formalización de la Pro- piedad Informal - COFOPRI como organismo rector máxi- mo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la for- malidad, a nivel nacional, centralizando las competen- cias y toma de decisiones a este respecto. 4. Que, la norma aludida no previó la formalización de la propiedad urbana mediante los procedimientos admi- nistrativos de Prescripción Adquisitiva de Dominio, Trac- to Sucesivo y Reversión, sobre predios matrices ocupa- dos por Posesiones Informales, Centros Urbanos Infor- males o Urbanizaciones Populares, así como lotes ubi- cados en Posesiones Informales o Centros Urbanos In- formales formalizados por la COFOPRI. 5. Que, el 20 de noviembre de 1997 se dio la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, es- tableciendo a través de sus artículos 6º, 7º y 8º el pro- cedimiento administrativo de formalización de la pro- piedad urbana mediante los procedimientos adminis- 1Reglamento de Normas que regulan la organización y funciones de los ór- ganos de la COFOPRI responsables del conocimiento y solución de los medios y impugnatorios, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de agosto de 2000