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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (09/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 38

PÆg. 249540 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de agosto de 2003 tos administrativos de Prescripción Adquisitiva de Dominio, Tracto Sucesivo y Reversión, sobre predios matrices ocupados por Posesiones Informales, Cen- tros Urbanos Informales o Urbanizaciones Populares, así como lotes ubicados en Posesiones Informales o Centros Urbanos Informales formalizados por la COFOPRI. 5. Que, el 20 de noviembre de 1997 se dio la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, esta- bleciendo a través de sus artículos 6º, 7º y 8º el procedi- miento administrativo de formalización de la propiedad urbana mediante los procedimientos administrativos de Prescripción Adquisitiva de Dominio, Tracto Sucesivo y Reversión sobre predios ocupados por las posesiones informales mencionados en el considerando que antece- de. 6. Que, tomando como base lo establecido en la Ley Nº 26878, el 31 de diciembre de 1998 se expidió la Ley Nº 27046, Ley Complementaria del Acceso a la Propiedad Formal2, la que en su artículo 1º modificó el artículo 3º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 803 indicando que para ejecutar de manera integral, com- prehensiva y rápida un programa de formalización de la propiedad son funciones de la COFOPRI, entre otras, lo expresado en el inciso a) numeral a.2.5), esto es declarar la prescripción adquisitiva y regularizar el tracto sucesivo mediante procedimientos y declara- ciones masivos. Por lo tanto, con la expedición de la citada Ley Nº 27046 quedó modificada la Ley de Pro- moción del Acceso a la Propiedad Formal - Decreto Legislativo Nº 803. 7. Que, mediante la sentencia de vista, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de julio de 2002 se decla- ró la inconstitucionalidad de los artículos 6º, 7º y 8º de la Ley Nº 268783 sobre Habilitaciones Urbanas y el artículo 1º de la Ley Nº 27135 que modifica el artículo 3º de la Ley de Nº 26878. 8. Que, teniendo en cuenta lo expuesto en los con- siderandos que anteceden así como lo señalado por el artículo 35º de la Ley Orgánica del Tribunal Consti- tucional, Ley Nº 264354, que establece que: " Las sen- tencias recaídas en los procesos de inconstituciona- lidad tienen autoridad de cosa juzgada, vinculan a todos los poderes públicos y producen efectos gene- rales desde el día siguiente de su publicación [...])", los Vocales del Tribunal Administrativo de la Propie- dad reunidos en Pleno el 5 de marzo de 2003 acorda- ron dar por finalizados los procedimientos de pres- cripción adquisitiva administrativa que se vienen tra- mitando ante el Tribunal Administrativo de la Propie- dad. Estando a lo acordado, SE RESUELVE: Primero.- Dar por finalizado el presente Procedimiento de Prescripción Adquisitiva de Dominio tramitado ante esta instancia. Segundo.- Remitir el expediente a la Instancia Orgá- nica Funcional, para los fines correspondientes. Regístrese y comuníquese.VÍCTOR JOSÉ ANTONIO ZAR GINOCCHIO Presidente del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI RICARDO JAVIER HAAKER PIÉROLA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRILUZ MARINA SÁNCHEZ MERA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI JAIME FERNANDO GALLEGOS VEGA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI JOSÉ SECLÉN PERALTA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI 14826 COMISIÓN DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD Nº 202-2003-COFOPRI/TAP Expediente Nº 2002-231-COFOPRI/TAPLima, 15 de julio de 2003VISTA:La Sentencia del Tribunal Constitucional del 23 de mayo de 2002 que declaró fundada la acción de inconsti- tucionalidad interpuesta por el Alcalde Metropolitano de Lima contra las Leyes Nºs. 26878 y 27135, Expediente Nº 012-2001-I/TC y declaró fundada en parte la deman- da y en consecuencia INCONSTITUCIONALES los artí- culos 6º, 7º y 8º de la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, así como el artículo 1º de la Ley Nº 27135; y, CONSIDERANDO:1. Que, el 31 de agosto de 1998 se instaló el ahora denominado Tribunal Administrativo de la Propiedad, ór- gano de segunda y última instancia administrativa con competencia a nivel nacional, el cual conoce y resuelve los procedimientos administrativos relacionados a las competencias de la COFOPRI, de conformidad con lo establecido por el artículo 15º del Reglamento de Nor- mas 1. 2. Que, la Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Am- pliada de la Sede Central Lima - Ciudad Lambayeque remitió el Expediente Nº 059-01-CH-P correspondiente al procedimiento individual de Prescripción Adquisitiva de Dominio, pedido por María Isaura Guerrero Cuello a través de la solicitud del 15 de agosto de 2001, respecto del lote 16, manzana "X" del Asentamiento Humano "San- ta Rosa de Lima", distrito y provincia de Chiclayo, depar- tamento de Lambayeque, inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código Nº P10016858, en favor de Dora Purihuamán Ubillús, a fin de que esta Instancia resuelva la apelación presentada por la solicitante contra la Reso- lución Nº 157-2002 -COFOPRI/JLAM del 10 de mayo de 2002 expedida por la Jefatura de la Oficina de Jurisdic- ción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciudad Lamba- yeque, que declaró improcedente la solicitud referida. 3. Que, el 22 de marzo de 1996 por Decreto Legislati- vo Nº 803 - Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Informal, se crea la Comisión de Formalización de la Pro- piedad Informal - COFOPRI como organismo rector máxi- mo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la for- malidad, a nivel nacional, centralizando las competen- cias y toma de decisiones a este respecto. 2Ley Nº 27046 - Ley Complementaria de promoción del acceso a la propie- dad formal expedida el 31 de diciembre de 1998. 3Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas expedida el 19 denoviembre de 1997. 4Ley Nº 26435 - Ley Orgánica del Tribunal Constitucional expedida el 6 deenero de 1995.1Reglamento de Normas que regulan la organización y funciones de los ór- ganos de la COFOPRI responsables del conocimiento y solución de los medios y impugnatorios, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de agosto de 2000