Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2003 (09/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2003

tos administrativos de Prescripcion Adquisitiva de Dominio, Tracto Sucesivo y Reversion, sobre predios matrices ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales o Urbanizaciones Populares, asi como lotes ubicados en Posesiones Informales o Centros Urbanos Informales for malizados por la COFOPRI. 5. Que, el 20 de noviembre de 1997 se dio la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, estableciendo a traves de sus articulos 6º, 7º y 8º el procedimiento administrativo de formalizacion de la propiedad MORDAZA mediante los procedimientos administrativos de Prescripcion Adquisitiva de Dominio, Tracto Sucesivo y Reversion sobre predios ocupados por las posesiones informales mencionados en el considerando que antecede. 6. Que, tomando como base lo establecido en la Ley Nº 26878, el 31 de diciembre de 1998 se expidio la Ley Nº 27046, Ley Complementaria del Acceso a la Propiedad Formal 2 , la que en su articulo 1º modifico el articulo 3º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 803 indicando que para ejecutar de manera integral, comprehensiva y rapida un programa de formalizacion de la propiedad son funciones de la COFOPRI, entre otras, lo expresado en el inciso a) numeral a.2.5), esto es declarar la prescripcion adquisitiva y regularizar el tracto sucesivo mediante procedimientos y declaraciones masivos. Por lo tanto, con la expedicion de la citada Ley Nº 27046 quedo modificada la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal - Decreto Legislativo Nº 803. 7. Que, mediante la sentencia de vista, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de MORDAZA de 2002 se declaro la inconstitucionalidad de los articulos 6º, 7º y 8º de la Ley Nº 268783 sobre Habilitaciones Urbanas y el articulo 1º de la Ley Nº 27135 que modifica el articulo 3º de la Ley de Nº 26878. 8. Que, teniendo en cuenta lo expuesto en los considerandos que anteceden asi como lo senalado por el articulo 35º de la Ley Organica del Tribunal Constitucional, Ley Nº 26435 4 , que establece que: " Las sentencias recaidas en los procesos de inconstitucionalidad tienen autoridad de cosa juzgada, vinculan a todos los poderes publicos y producen efectos generales desde el dia siguiente de su publicacion [...]) ", los Vocales del Tribunal Administrativo de la Propiedad reunidos en Pleno el 5 de marzo de 2003 acordaron dar por finalizados los procedimientos de prescripcion adquisitiva administrativa que se vienen tramitando ante el Tribunal Administrativo de la Propiedad. Estando a lo acordado, SE RESUELVE: Primero.- Dar por finalizado el presente Procedimiento de Prescripcion Adquisitiva de Dominio tramitado ante esta instancia. Segundo.- Remitir el expediente a la Instancia Organica Funcional, para los fines correspondientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZAR GINOCCHIO Presidente del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA HAAKER PIEROLA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI

LUZ MORDAZA MORDAZA MERA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA SECLEN MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI 14826 COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD Nº 202-2003-COFOPRI/TAP Expediente Nº 2002-231-COFOPRI/TAP MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2003 VISTA: La Sentencia del Tribunal Constitucional del 23 de MORDAZA de 2002 que declaro fundada la accion de inconstitucionalidad interpuesta por el MORDAZA Metropolitano de MORDAZA contra las Leyes Nºs. 26878 y 27135, Expediente Nº 012-2001-I/TC y declaro fundada en parte la demanda y en consecuencia INCONSTITUCIONALES los articulos 6º, 7º y 8º de la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, asi como el articulo 1º de la Ley Nº 27135; y, CONSIDERANDO: 1. Que, el 31 de agosto de 1998 se instalo el ahora denominado Tribunal Administrativo de la Propiedad, organo de MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa con competencia a nivel nacional, el cual conoce y resuelve los procedimientos administrativos relacionados a las competencias de la COFOPRI, de conformidad con lo establecido por el articulo 15º del Reglamento de Normas1 . 2. Que, la Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de la Sede Central MORDAZA - MORDAZA MORDAZA remitio el Expediente Nº 059-01-CH-P correspondiente al procedimiento individual de Prescripcion Adquisitiva de Dominio, pedido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuello a traves de la solicitud del 15 de agosto de 2001, respecto del lote 16, manzana "X" del Asentamiento Humano "Santa MORDAZA de Lima", distrito y provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, inscrito en el Registro Predial MORDAZA con el Codigo Nº P10016858, en favor de MORDAZA MORDAZA Ubillus, a fin de que esta Instancia resuelva la apelacion presentada por la solicitante contra la Resolucion Nº 157-2002 -COFOPRI/JLAM del 10 de MORDAZA de 2002 expedida por la Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de la Sede Central MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, que declaro improcedente la solicitud referida. 3. Que, el 22 de marzo de 1996 por Decreto Legislativo Nº 803 - Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Informal, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI como organismo rector MORDAZA encargado de disenar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rapida un Programa de Formalizacion de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto.

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Ley Nº 27046 - Ley Complementaria de promocion del acceso a la propiedad formal expedida el 31 de diciembre de 1998. Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas expedida el 19 de noviembre de 1997. Ley Nº 26435 - Ley Organica del Tribunal Constitucional expedida el 6 de enero de 1995.

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Reglamento de Normas que regulan la organizacion y funciones de los organos de la COFOPRI responsables del conocimiento y solucion de los medios y impugnatorios, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de agosto de 2000

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