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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (14/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 58

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G38/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de agosto de 2003 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G55/G73/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G72/G72/G65/G64/G6F/G72/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G41/G76/G2E/G20/G54/G61/G63/G6E/G61/G20/G2D/G20/G41/G76/G2E/G47/G61/G72/G63/G69/G6C/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G56/G65/G67/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 169-03-MML/DMTU Lima, 6 de agosto de 2003CONSIDERANDO:Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 es- tablece entre las competencias y funciones especiales dela Municipalidad Metropolitana de Lima, la planificación,regulación y gestión del transporte público y del tránsitourbano de peatones y vehículos, las mismas que ejercecon jurisdicción exclusiva sobre la provincia de Lima; con-forme a lo dispuesto en sus artículos 152º y 161º inciso 7),numerales 7.1 y 7.2; Que de conformidad con el artículo 2º de la Ordenanza Nº 132, son objetivos permanentes de la Municipalidad Me-tropolitana de Lima, la preservación de la seguridad públi-ca en el tránsito, dar fluidez al tránsito vehicular, así comoprevenir los riesgos a la salud y al ambiente generados porla circulación o el funcionamiento de los vehículos automo-tores; teniendo competencia para definir, orientar y super-visar la ejecución de políticas en materia de tránsito; Que asimismo, es política de la Municipalidad Metropo- litana de Lima, la promoción de la consolidación, eficien-cia, modernización, desarrollo y expansión del servicio pú-blico de transporte terrestre de pasajeros y de la infraes-tructura necesaria que se requiera para dicho servicio pú-blico, así como velar por el cumplimiento de las condicio-nes de calidad, continuidad, mantenimiento y seguridad enla prestación de los servicios públicos de transporte y de lainfraestructura necesaria para el mismo; correspondiéndo-le formular objetivos y directivas con el fin de procurar unaeficaz prestación y organización del servicio en cumplimien-to a lo estipulado en los artículos 2º y 3º de la OrdenanzaNº 131; Que de acuerdo con el Edicto Nº 021, del 1 de abril de 1985 y sus modificatorias, la Dirección Municipal de Trans-porte Urbano es el órgano responsable de administrar, pro-gramar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar el cumplimien-to de las actividades concernientes a la regulación del trans-porte colectivo, la circulación y el tránsito; Que en las avenidas Tacna y Garcilaso de La Vega se vienen presentando altísimos niveles de congestión vehi-cular y contaminación ambiental, con grave riesgo para lasalud e integridad física de los peatones, conductores, co-bradores, pasajeros y usuarios de la mencionada vía engeneral, que resultan insostenibles; Que conforme a lo expuesto, esta Dirección Municipal considera necesario implementar un sistema adecuado quepermita y garantice una circulación vehicular fluida en las ave-nidas Tacna y Garcilaso de La Vega del Cercado de Lima, detal manera que repercuta en el bienestar general de la pobla-ción y en especial, de quienes diariamente transitan por dichaarteria, o laboran o residen en sus inmediaciones; Que en efecto, con el fin de regular el tránsito vehicular en la ciudad de Lima, la Dirección Municipal de TransporteUrbano ha proyectado llevar a cabo un programa de reor-denamiento de la circulación vehicular, sobre la base dediferenciación de los tipos de transporte que se desplazanpor las avenidas Tacna y Garcilaso de La Vega; Que por tanto, resulta conveniente y necesario aprobar un “Reglamento de Circulación y Uso del Corredor Vial Av.Tacna - Av. Garcilaso de La Vega” destinado a regular lacirculación vial por dichas vías; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 27972 y demás normas ampliatorias y complemen-tarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Reglamento de Circulación y Uso del Corredor Vial Av. Tacna - Av. Garcilaso de la Vega”en el Cercado de Lima, que forma parte integrante de lapresente resolución. Artículo 2º.- La presente resolución y el Reglamento aprobado por el artículo 1º, entrarán en vigencia a partirdel día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Trans- porte la supervisión general y el cumplimiento del “Regla-mento de Circulación y Uso del Corredor Vial Av. Tacna - Av. Garcilaso de la Vega” en el Cercado de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAVIER BARAYBAR G. DE LA FUENTE Director Municipal REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN Y USO DEL CORREDOR VIAL AV. TACNA Y AV. GARCILASO TÍTULO I: BASE LEGAL 1. Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. 2. Ley Nº 27181 - Ley de Transporte y Tránsito Terres- tre. 3. Ordenanza Metropolitana Nº 104 “Reglamento del Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano dePasajeros” y sus modificatorias. 4. Ordenanza Metropolitana Nº 131 - Ordenanza Marco del Transporte Terrestre. 5. Ordenanza Metropolitana Nº 132 - Ordenanza Marco del Tránsito. 6. Ordenanza Nº 196 - Reglamento del Servicio de Taxi Metropolitano. 7. Resolución Directoral Municipal Nº 1899-96-MML/ DMTU - Regula el Transporte Pesado y de Carga. 8. Resolución Directoral Municipal Nº 252-01-MML/ DMTU del 2 de octubre del 2001 - Restringe la circulaciónde camionetas rurales en Av. Tacna. 9. Resolución Directoral Municipal Nº 111-03-MML/ DMTU - Restringe la circulación de camionetas rurales enla Av. Garcilaso de la Vega. TÍTULO II: OBJETIVOS Artículo 1º.- Son objetivos del presente Reglamento: 1. Preservar la correcta y segura operación y circula- ción de todos los vehículos que se desplazan por las Avs.Tacna - Garcilaso de la Vega mediante directrices para elcorrecto uso del mobiliario vial y la prestación de un servi-cio de transporte eficiente y eficaz. 2. Contribuir a la reducción y control de los niveles de contaminación ambiental producido por el tránsito vehicu-lar de la Av. Tacna - Garcilaso de la Vega. 3. Preservar la tranquilidad y la integridad física de los peatones, conductores y moradores, mediante correctospatrones de conducta en el subsistema de transporte pú-blico de la Av. Tacna - Garcilaso de la Vega. TÍTULO III: ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 2º: Las disposiciones de la presente Directiva se aplican exclusivamente a la circulación de todo tipo devehículo automotor o no motorizado en la Av. Tacna - Gar-cilaso de la Vega. TÍTULO IV: DEFINICIONES Artículo 3º.- Para efectos de la aplicación de la presen- te Directiva, rigen las siguientes definiciones: 1. AV. TACNA: Vía urbana colectora de doble sentido de circulación vehicular ubicadas en el Cercado de Lima,de la provincia de Lima. Se inicia en el Puente Santa Rosay termina en la intersección con la Av. Nicolás de Piérola,con una sección vial de cuatro carriles de circulación porcada sentido. AV. GARCILASO DE LA VEGA: Vía urbana colectora de doble sentido de circulación vehicular ubicada en elCercado de Lima, de la provincia de Lima. Se inicia en elAv. Nicolás de Piérola y termina en la intersección con laAv. 28 de Julio, con una sección vial de cuatro carriles decirculación por cada sentido. 2. EMPRESA: Persona jurídica constituida conforme a ley, cuyo objeto es prestar servicio de transporte de pasa-jeros. 3. CARRIL EXCLUSIVO: Es la faja de circulación vehi- cular identificada y definida para canalizar el tránsito espe-cífico de una modalidad de transporte, que puede ser elservicio público de transporte regular de pasajeros, el ser-vicio de transporte especial o modal de pasajeros, el trans-porte particular, el transporte de carga o el servicio de trans-porte interprovincial.