Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2003 (14/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2003

Aprueban Reglamento de Circulacion y Uso del Corredor Vial Av. Tacna - Av. Garcilaso de la MORDAZA en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 169-03-MML/DMTU MORDAZA, 6 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece entre las competencias y funciones especiales de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la planificacion, regulacion y gestion del transporte publico y del MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos, las mismas que ejerce con jurisdiccion exclusiva sobre la provincia de Lima; conforme a lo dispuesto en sus articulos 152º y 161º inciso 7), numerales 7.1 y 7.2; Que de conformidad con el articulo 2º de la Ordenanza Nº 132, son objetivos permanentes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la preservacion de la seguridad publica en el MORDAZA, dar fluidez al MORDAZA vehicular, asi como prevenir los riesgos a la salud y al ambiente generados por la circulacion o el funcionamiento de los vehiculos automotores; teniendo competencia para definir, orientar y supervisar la ejecucion de politicas en materia de transito; Que asimismo, es politica de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la promocion de la consolidacion, eficiencia, modernizacion, desarrollo y expansion del servicio publico de transporte terrestre de pasajeros y de la infraestructura necesaria que se requiera para dicho servicio publico, asi como velar por el cumplimiento de las condiciones de calidad, continuidad, mantenimiento y seguridad en la prestacion de los servicios publicos de transporte y de la infraestructura necesaria para el mismo; correspondiendole formular objetivos y directivas con el fin de procurar una eficaz prestacion y organizacion del servicio en cumplimiento a lo estipulado en los articulos 2º y 3º de la Ordenanza Nº 131; Que de acuerdo con el Edicto Nº 021, del 1 de MORDAZA de 1985 y sus modificatorias, la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA es el organo responsable de administrar, programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar el cumplimiento de las actividades concernientes a la regulacion del transporte colectivo, la circulacion y el transito; Que en las avenidas Tacna y Garcilaso de La MORDAZA se vienen presentando altisimos niveles de congestion vehicular y contaminacion ambiental, con grave riesgo para la salud e integridad fisica de los peatones, conductores, cobradores, pasajeros y usuarios de la mencionada via en general, que resultan insostenibles; Que conforme a lo expuesto, esta Direccion Municipal considera necesario implementar un sistema adecuado que permita y garantice una circulacion vehicular fluida en las avenidas Tacna y Garcilaso de La MORDAZA del Cercado de MORDAZA, de tal manera que repercuta en el bienestar general de la poblacion y en especial, de quienes diariamente transitan por dicha arteria, o laboran o residen en sus inmediaciones; Que en efecto, con el fin de regular el MORDAZA vehicular en la MORDAZA de MORDAZA, la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA ha proyectado llevar a cabo un programa de reordenamiento de la circulacion vehicular, sobre la base de diferenciacion de los tipos de transporte que se desplazan por las avenidas Tacna y Garcilaso de La Vega; Que por tanto, resulta conveniente y necesario aprobar un "Reglamento de Circulacion y Uso del Corredor Vial Av. Tacna - Av. Garcilaso de La Vega" destinado a regular la circulacion vial por dichas vias; De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas normas ampliatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Reglamento de Circulacion y Uso del Corredor Vial Av. Tacna - Av. Garcilaso de la Vega" en el Cercado de MORDAZA, que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- La presente resolucion y el Reglamento aprobado por el articulo 1º, entraran en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion General de Transporte la supervision general y el cumplimiento del "Regla-

mento de Circulacion y Uso del Corredor Vial Av. Tacna Av. Garcilaso de la Vega" en el Cercado de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BARAYBAR G. DE LA FUENTE Director Municipal

REGLAMENTO DE CIRCULACION Y USO DEL CORREDOR VIAL AV. TACNA Y AV. GARCILASO TITULO I: BASE LEGAL
1. Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. 2. Ley Nº 27181 - Ley de Transporte y MORDAZA Terrestre. 3. Ordenanza Metropolitana Nº 104 "Reglamento del Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros" y sus modificatorias. 4. Ordenanza Metropolitana Nº 131 - Ordenanza MORDAZA del Transporte Terrestre. 5. Ordenanza Metropolitana Nº 132 - Ordenanza MORDAZA del Transito. 6. Ordenanza Nº 196 - Reglamento del Servicio de Taxi Metropolitano. 7. Resolucion Directoral Municipal Nº 1899-96-MML/ DMTU - Regula el Transporte Pesado y de Carga. 8. Resolucion Directoral Municipal Nº 252-01-MML/ DMTU del 2 de octubre del 2001 - Restringe la circulacion de camionetas rurales en Av. Tacna. 9. Resolucion Directoral Municipal Nº 111-03-MML/ DMTU - Restringe la circulacion de camionetas rurales en la Av. Garcilaso de la Vega.

TITULO II: OBJETIVOS
Articulo 1º.- Son objetivos del presente Reglamento: 1. Preservar la correcta y MORDAZA operacion y circulacion de todos los vehiculos que se desplazan por las Avs. Tacna - Garcilaso de la MORDAZA mediante directrices para el correcto uso del mobiliario vial y la prestacion de un servicio de transporte eficiente y eficaz. 2. Contribuir a la reduccion y control de los niveles de contaminacion ambiental producido por el MORDAZA vehicular de la Av. Tacna - Garcilaso de la Vega. 3. Preservar la tranquilidad y la integridad fisica de los peatones, conductores y moradores, mediante correctos patrones de conducta en el subsistema de transporte publico de la Av. Tacna - Garcilaso de la Vega.

TITULO III: AMBITO DE APLICACION
Articulo 2º: Las disposiciones de la presente Directiva se aplican exclusivamente a la circulacion de todo MORDAZA de vehiculo automotor o no motorizado en la Av. Tacna - Garcilaso de la Vega.

TITULO IV: DEFINICIONES
Articulo 3º.- Para efectos de la aplicacion de la presente Directiva, rigen las siguientes definiciones: 1. AV. TACNA: Via MORDAZA colectora de doble sentido de circulacion vehicular ubicadas en el Cercado de MORDAZA, de la provincia de Lima. Se inicia en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA y termina en la interseccion con la Av. MORDAZA de Pierola, con una seccion vial de cuatro carriles de circulacion por cada sentido. AV. GARCILASO DE LA VEGA: Via MORDAZA colectora de doble sentido de circulacion vehicular ubicada en el Cercado de MORDAZA, de la provincia de Lima. Se inicia en el Av. MORDAZA de Pierola y termina en la interseccion con la Av. 28 de MORDAZA, con una seccion vial de cuatro carriles de circulacion por cada sentido. 2. EMPRESA: Persona juridica constituida conforme a ley, cuyo objeto es prestar servicio de transporte de pasajeros. 3. CARRIL EXCLUSIVO: Es la faja de circulacion vehicular identificada y definida para canalizar el MORDAZA especifico de una modalidad de transporte, que puede ser el servicio publico de transporte regular de pasajeros, el servicio de transporte especial o modal de pasajeros, el transporte particular, el transporte de carga o el servicio de transporte interprovincial.

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