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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (14/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 63

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G38/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 14 de agosto de 2003 las atribuciones del Concejo Municipal se encontraba el de resolver los recursos de impugnación de su competencia; Que, conforme al procedimiento establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,los recursos de apelación interpuestos contra Resolucionesde Alcaldía y Resoluciones Directorales emitidos en vía dedelegación por la Alcaldía, serán elevados al Concejo Mu-nicipal para su pronunciamiento, con lo que concluía la víaadministrativa; Que, la Ley Nº 27972, nueva Ley Orgánica de Munici- palidades, publicada en el Diario Oficial El Peruano el27.5.03, derogó a la Ley Nº 23853, a partir del 28.5.03; Que, la Ley Nº 27972, nueva Ley Orgánica de Munici- palidades, establece en su artículo 50º que la vía admi-nistrativa queda agotada con la decisión que adopte el Al-calde, con excepción de los asuntos tributarios por lo queel Concejo Municipal ya no tiene competencia para resol-ver recursos de apelación; Que, a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 27972, nueva Ley Orgánica de Municipalidades existenpendientes de resolver por el Concejo Municipal de SanMartín de Porres diversas apelaciones administrativas; Que, la Ley Nº 27972, nueva Ley Orgánica de Muni- cipalidades, no ha previsto entre sus Disposiciones Com-plementarias cuál es el procedimiento que debe seguirsepara la atención de dichas apelaciones pendientes de re-solverse a la fecha de entrada en vigencia; Que, habiendo profusa legislación y jurisprudencia con- cordante con los principios del procedimiento administrativo,de razonabilidad, de eficacia y del debido procedimiento,normado por el Art. IV Inc. 1.4., 1.8 y 1.10 de la Ley delProcedimiento Administrativo General Nº 27444, los mis-mos que garantizan que se sancione bajo el marco norma-tivo aplicable al momento de iniciar el trámite ante la Insti-tución Edil, ya que es dentro del referido contexto que losrecurrentes han acudido a interponer sus solicitudes, de-nuncia, etc., ante la Municipalidad a fin de hacer valer susderechos; Que, por mandato del inciso 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas tienen ran-go de ley; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contandocon el voto por Unanimidad de los señores regidores y conla dispensa de la lectura y aprobación de actas, se ha dadola siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA APELACIONES ADMINISTRATIVAS PENDIENTES DE RESOLVER ANTE LA VIGENCIA DE LA LEY Nº 27972 Artículo Primero.- DISPONER, que los expedientes administrativos que se encuentren con recursos impug-natorios pendientes de resolver, presentados hasta el27.5.03, continuarán con el trámite previsto en la Ley Nº27444, concordante con el inciso 8) del Art. 36º, de la LeyNº 23853 y serán resueltos por el Concejo Municipal. Artículo Segundo.- Las apelaciones administrativas interpuestas a partir del 28.5.03, se sujetarán a las dispo-siciones de la Ley Nº 27972. Artículo Tercero.- Encárguese a las áreas competen- tes de la Corporación Edil el cumplimiento de la presenteOrdenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entra en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JESÚS ÁLVARO VÉLIZ DUARTE Teniente Alcalde 15170 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G20/G64/G65 /G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G72/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 507-2003-AL/MDSMP San Martín de Porres, 4 de julio de 2003CONSIDERANDO: Que, el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú estipula el derecho fundamental del acce-so a la información, al establecer que toda persona tienederecho a solicitar sin expresión de causa la informaciónque requiera y recibirla de cualquier entidad pública, en elplazo legal y con el costo que suponga este pedido; Que, con la finalidad de promover la transparencia de los actos de Estado y regular el derecho fundamental cons-titucional antes indicado, se ha promulgado la Ley Nº 27806,Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,con la cual se cautela y promueve la transparencia de losactos de todas las entidades de la Administración Pública,entre ellas los Gobiernos Locales; Que, el último párrafo del artículo 3º en concordancia con el segundo párrafo del artículo 8º de la referida ley, seestablece que la entidad pública designará al funcionarioresponsable de entregar la información solicitada en virtudde la misma ley. La obligatoriedad de dicha designacióndebe cumplirse bajo responsabilidad del máximo represen-tante de la entidad, motivo por el cual es necesario que seefectúe dicha designación; Que, la indicada designación no exime a las demás áreas de la entidad pública edilicia en éste caso, ya sea que produz-can o posean la información que se solicite, de su obligación yresponsabilidad en proporcionarla en el término legal y en lascondiciones que hagan posible su cumplimiento; Que, en el caso de la Municipalidad de San Martín de Porres, el Alcalde tiene la facultad de designar al funciona-rio responsable que señala la precitada Ley Nº 27806; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y enuso de las facultades contenidas en el inciso 6) del artículo 20ºde la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, al Secretario General de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, como responsa-ble de la entrega de información solicitada por cualquier ciudada-no, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806 precitada. Artículo Segundo.- DISPONER, que todos los Funcio- narios de las Direcciones y Jefaturas que integran el orga-nigrama estructural de la Municipalidad Distrital de SanMartín de Porres, proporcionen y faciliten, bajo responsa-bilidad toda información que sea requerida por el Secreta-rio General, dentro de los términos legales y en las condi-ciones que hagan posible su cumplimiento, a fin de quecumpla con la función encomendada. Artículo Tercero.- Designar al Jefe de la Unidad de In- formática, como responsable de las informaciones conte-nidas en la página web de la Municipalidad Distrital de SanMartín de Porres, cuyas siglas son www.munidsmp.gob.pe,debiendo mantenerla actualizada bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 15158 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G53/G75/G73/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G67/G65/G6E/G65/G2D/G72/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6D/G70/G61/G63/G74/G6F/G20/G76/G69/G73/G75/G61/G6C/G20/G6E/G65/G67/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G79/G2F/G6F/G63/G6F/G6E/G74/G61/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G75/G6D/G69/G6E/G6F/G73/G61 ORDENANZA Nº 146-MSS Santiago de Surco, 7 de agosto de 2003 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha;