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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (20/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 38

PÆg. 250036 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de agosto de 2003 IGNACIO LÉVANO SARMIENTO e IVÁN JUAN FRAN- CO BENAVIDES, en razón que los hechos por los cualeshan sido sancionados administrativamente configuraríantambién ilícitos penales. Artículo 9º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, y publíquese en el Diario Oficial El Peruano, para los efec- tos legales pertinentes Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ Presidente 15534 OSINERG Fijan valores mÆximos de presupuesto de conexión y del cargo mensual de re-posición y mantenimiento de conexiónaplicables a usuarios finales del servi-cio pœblico de electricidad RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 142-2003-OS/CD Lima, 18 de agosto de 2003 Las empresas de distribución eléctrica han presentado al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (enadelante “OSINERG”) sus propuestas de costos de co-nexión, a que se refiere el “Procedimiento para Fijación delas Tarifas de Distribución Eléctrica: Costos de Conexión a la Red de Distribución Eléctrica”. El resultado del procedi- miento seguido se contempla en la presente resolución, paralo cual el OSINERG ha tomado en cuenta lo siguiente: 1.- ANTECEDENTES Que, mediante Resolución OSINERG Nº 0001-2003- OS/CD, el Consejo Directivo del OSINERG aprobó lanorma “Procedimientos para Fijación de Precios Regula- dos”, en cuyo Anexo “D” quedó asimismo aprobado el “Procedimiento para Fijación de las Tarifas de Distribu- ción Eléctrica: Costos de Conexión a la Red de Distribu- ción Eléctrica” ; Que, el mencionado procedimiento, en atención a lo dispuesto en la Primera Disposición Transitoria de la Re- solución OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD dispuso que el procedimiento de Costos de Conexión a la Red de Distri-bución Eléctrica, iniciado el 30 de octubre de 2002, de-bía adecuarse al procedimiento establecido en el AnexoD de dicha norma, de modo tal que la presentación depropuestas de costos por parte de las empresas de dis- tribución eléctrica, debía efectuarse, como plazo máxi- mo, el 11 de febrero de 2003; Que, el procedimiento contenido en el Anexo “D” an- tes mencionado, se ha venido desarrollando cumpliendotodas las etapas previstas en el mismo, tales como lapresentación de la información y Propuestas de Costos de Conexión, la publicación de propuestas y convocato- ria a Audiencia Pública, la Audiencia Pública para quelas Empresas de Distribución Eléctrica expongan y sus-tenten sus propuestas, así como respondan a las con-sultas de los asistentes, la etapa de observaciones a di-chas propuestas por parte del OSINERG y la absolución de las mismas por las empresas, la publicación de la absolución de observaciones y de las Propuestas Defini-tivas de los Costos de Conexión, la prepublicación delProyecto de Resolución que fija los Costos de Conexióny señala la relación de la información que la sustenta, laAudiencia Pública Descentralizada donde el OSINERG expuso y sustentó el proyecto de resolución prepublica- do, así como respondió a las preguntas de los asistentesy, finalmente, el análisis de las observaciones y sugeren-cias presentadas con respecto al proyecto de resoluciónprepublicado.2.- ANÁLISIS DEL OSINERG Que, OSINERG de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Orga-nismos Reguladores de la Inversión Privada en los Ser- vicios Públicos; en los artículos 27º y 52º literal v), de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº054-2001-PCM y en el artículo 22º inciso i) del Regla-mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobadopor Decreto Supremo Nº 009-93-EM, tiene el encargo deregular las Tarifas de los Costos de Conexión a la Red de Distribución Eléctrica; Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso i) del artículo 22º del Reglamento de la Ley de Concesio-nes Eléctricas, corresponde al OSINERG fijar, revisar ymodificar los montos que deberán pagar los usuarios delservicio público de electricidad por el costo de acometi- da, equipo de medición y protección y su respectiva caja y el monto mensual que cubre su mantenimiento y per-mite su reposición en un plazo de 30 años; Que, es conveniente considerar tarifas uniformes para todas las concesiones de distribución de servicio público deelectricidad dado que los costos de instalación, reposición y mantenimiento son similares, con excepción del sector rural que, no obstante guardar similitud con los costos resultantespara zonas urbanas debido a una compensación entre elmenor costo de la tecnología utilizada (empalme directo) y elmayor requerimiento de longitud de acometida, recursos demano de obra, transporte y equipos, se ha incluido el costo resultante de la conexión rural aérea con una tensión de su- ministro de 220V, monofásica, hasta 3 kW, para el tipo deacometida simple, BT5B; Que, en razón a que los valores de los costos de co- nexión no están por lo general sujetos a variaciones rele-vantes, resulta razonable establecer para ellos un perío- do de vigencia de 4 años, período similar al utilizado en la fijación de los Valores Agregados de Distribución, de-biendo establecerse una nueva fijación antes del venci-miento de dicho período, sólo si sus valores se duplican,tal como lo dispone el artículo 76º de la Ley de Concesio-nes Eléctricas para el caso de las tarifas eléctricas; Que, el Informe Técnico OSINERG-GART/DDE Nº 048-2003, que se acompaña como Anexo Nº 6 de la pre-sente resolución, contiene los antecedentes, criterios yresultados que sustentan la presente resolución de Fija-ción de los Costos de Conexión a la Red de DistribuciónEléctrica, complementando la motivación que sustenta la decisión del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos aque se refiere el artículo 3º numeral 4 de la Ley del Pro-cedimiento Administrativo General; Que, asimismo, la presente resolución contiene los Anexos Nº 1 al Nº 5, en los que aparecen los costos, cargos y parámetros relacionados con los costos de co- nexión regulados, Anexos que forman parte integrantede la presente resolución; Teniendo en cuenta el Informe Técnico OSINERG- GART/DDE Nº 048-2003 elaborado por la Gerencia Ad-junta de Regulación Tarifaria (en adelante “GART”) del OSINERG, así como el Informe de la Asesoría Legal In- terna OSINERG-GART-AL-2003-108; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inver-sión Privada en los Servicios Públicos, en el ReglamentoGeneral de OSINERG aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. RESUELVE: Artículo 1º.- Fíjense los valores máximos del presu- puesto de conexión y del cargo mensual de reposición ymantenimiento de conexión, aplicables a los usuarios fi-nales del servicio público de electricidad de acuerdo a losiguiente: 1. Costos del Presupuesto de Conexión Los costos del presupuesto de conexión deberán cal- cularse para cada uno de los tipos de conexión, nivel de