Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2003 (05/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de diciembre de 2003

Articulo 3º.- En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, la presente Resolucion Suprema sera notificada al concesionario y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLURY ROYLE Ministro de Energia y Minas 22704 RESOLUCION SUPREMA Nº 042-2003-EM MORDAZA, 3 de diciembre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 11000493 sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Yaupi, y la solicitud de transferencia a favor de ELECTROANDES S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11264232 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 055-2001EM del 6 de marzo de 2001, Empresa Electrica de los Andes S.A. adquiere la titularidad de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Yaupi, de 108 MW de capacidad instalada y ubicada en los departamentos de Pasco y MORDAZA, asumiendo todos los derechos y obligaciones que aparecen en el Contrato de Concesion Nº 018-94; Que, por Escritura Publica extendida el 11 de diciembre de 2001, se formalizo la compraventa de acciones de las que era titular la Empresa Minera del Peru S.A. (CENTROMIN) en Empresa Electrica de los Andes S.A., a favor de Inversiones Elegia S.R.L., segun consta en la MORDAZA de la Boleta Notarial de la mencionada Escritura Publica obrante en el Expediente; Que, en virtud de la Escritura Publica de Fusion por Absorcion, Aumento de Capital y Modificacion de Estatutos de fecha 27 de junio del 2002, Inversiones Elegia S.R.L. absorbio la totalidad del patrimonio de Empresa Electrica de los Andes S.A., incluyendo la concesion definitiva de generacion a que se refiere la presente Resolucion, transformandose en sociedad anonima y adoptando la denominacion social ELECTROANDES S.A.; Que, los actos societarios mencionados en el considerando que antecede, quedaron inscritos en los Asientos B10 y B4 de las Partidas Nº 03020954 y Nº 11264232, respectivamente, del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, tal como consta en el Testimonio de la senalada Escritura Publica cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, mediante el documento presentado el 31 de enero del 2003, ELECTROANDES S.A. (antes Inversiones Elegia S.R.L.) ha solicitado la aprobacion de la transferencia a su favor de la concesion definitiva materia de la presente Resolucion, producida en virtud de la Fusion por Absorcion MORDAZA referida; Que, de acuerdo con el numeral 2 del articulo 344º de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, la absorcion de una sociedad por otra sociedad existente, origina la extincion de la personalidad juridica de la sociedad absorbida, cuyo patrimonio es asumido a titulo universal y en bloque por la sociedad absorbente; Que, segun lo establecido en el articulo 353º de la Ley General de Sociedades, la transferencia de los bienes, derechos y obligaciones individuales que integran el patrimonio transferido en virtud de la fusion por absorcion, se inscriben en el respectivo registro por el solo merito de la inscripcion de la fusion;

Que, de los actos societarios que sustentan la solicitud y de las normas legales citadas en los considerandos que anteceden, se observa que la transferencia de la concesion definitiva de generacion a que se refiere la presente Resolucion se ha producido como consecuencia de la absorcion de Empresa Electrica de los Andes S.A. por parte de ELECTROANDES S.A. (antes Inversiones Elegia S.R.L.), y que la inscripcion de dicha transferencia en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos se produce por el solo merito de la inscripcion de tal fusion por absorcion; Que, al cumplir dicha solicitud con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EM, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesion a ELECTROANDES S.A.; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 284-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53º y en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Yaupi a favor de ELECTROANDES S.A. (antes Inversiones Elegia S.R.L.) por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Tener como titular de la concesion mencionada en el articulo anterior a ELECTROANDES S.A., quien asume todos los derechos y obligaciones que aparecen en el contrato de concesion Nº 018-94. Articulo 3º.- En cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, la presente Resolucion Suprema sera notificada al concesionario y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLURY ROYLE Ministro de Energia y Minas 22705

Modifican resolucion que designo integrantes de la Comision de Transferencia Sectorial del ministerio ante el Consejo Nacional de Descentralizacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 640-2003-MEM/DM MORDAZA, 2 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece como una de las etapas del MORDAZA de descentralizacion, la transferencia y recepcion de competencias sectoriales; Que, asimismo, la mencionada MORDAZA establece como una de las funciones del Consejo Nacional de Descentralizacion la de conducir, ejecutar, monitorear y evaluar la transferencia de competencias y recursos a los gobiernos regionales y locales, siendo el responsable directo de todas las acciones y transferencias senaladas en la mencionada MORDAZA Disposicion Transitoria, para cuyo efecto hace las evaluaciones correspondientes y coordina su ejecucion con los respectivos sectores del Poder Ejecutivo;

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