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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministe- rio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 22603 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 345-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 7 de octubre del 2003Vistos los escritos de registro Nº CE-10380002 de fe- chas 10 y 23 de septiembre de 2003, presentado por elseñor JUAN TEQUE FIESTAS y su esposa GABRIELA DIONICIA GALAN DE TEQUE; CONSIDERANDO: Que el primer párrafo del artículo 9º del Reglamento de la Ley Nº 26920, aprobado por Decreto Supremo Nº 003- 98-PE, modificado por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 001-99-PE, por el artículo 3º del Decreto Supremo Nº003-2000-PE, y por el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, establece que la sustitución de em- barcaciones pesqueras a que se refiere el artículo 24º dela Ley General de Pesca y los artículos 12º y 18º de su Reglamento, sólo será autorizada a las embarcaciones comprendidas en el régimen establecido por la Ley Nº26920, siempre que se sustituya por otras de madera de igual o menor volumen de capacidad de bodega, en los casos de siniestro con pérdida total o no siniestrada; Que mediante Resolución Directoral Nº 049-2000- CTAR-PIURA/DIREPE-DR de fecha 30 de octubre de 2000, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado al señorJUAN TEQUE FIESTAS para operar la embarcación pes- quera de madera denominada "DON VICTOR" con matrí- cula Nº PT-18830-CM, de 26.37 de Arqueo Neto, equiva-lente a 109.52 m3 de volumen de bodega, en la extracción de los recursos anchoveta y sardina para destinarlos al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes decerco con tamaño mínimo de malla de ½" pulgada (13 mm.) y 1 ½" pulgadas (38 mm.), respectivamente en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la cos-ta; Que mediante los escritos del visto, el señor JUAN TEQUE FIESTAS y su esposa GABRIELA DIONICIA GA-LAN DE TEQUE solicitan autorización de incremento de flota vía sustitución de la capacidad de bodega de 109.52 m3 y de los derechos de acceso de la embarcación pes-quera "DON VICTOR" de matrícula Nº PT-18830-CM, para la construcción de una nueva embarcación pesquera de igual capacidad de bodega y derechos de la embarcaciónpesquera antes mencionada, por razones de obsolescen- cia; Que de la evaluación efectuada a la documentación pre- sentada por los recurrentes se ha determinado que han cumplido con presentar los requisitos exigidos por el pro- cedimiento Nº 12-A del Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción), aprobado por Decreto Supre- mo Nº 004-2002-PE, así como los requisitos sustantivosestablecidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que es procedente otorgar la autorización de incremento de flota solicitada; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 380-2003-PRODUCE/ DNEPP-Dchi, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 003-98-PE, modificado por los Decretos Supre- mos Nº 001-99-PE, Nº 003-2000-PE y Nº 004-2002- PRODUCE, y el Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos del Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y,En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al señor JUAN TEQUE FIESTAS y su esposa GABRIELA DIONICIA GALAN DE TEQUE, autorización de incremento de flota vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embarcación pesquera "DONVICTOR" de matrícula Nº PT-18830-CM, para la construc- ción de una (1) embarcación pesquera de madera con 109.52 m3 de capacidad de bodega para la extracción delos recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando para ello redes de cerco con tamaño mínimo de abertura de malla de ½" pul-gada (13 mm.) y 1 ½" pulgadas (38 mm.). Artículo 2º.- La autorización otorgada por el artículo precedente tendrá un plazo de vigencia de dieciocho (18)meses. Vencido dicho plazo, la citada autorización de in- cremento de flota caducará de pleno derecho, sin que sea necesaria notificación alguna por parte del Ministerio de laProducción. Artículo 3º.- Ejecutada la construcción de la embar- cación dentro del plazo previsto y señalado en el artículoprecedente, el señor JUAN TEQUE FIESTAS y su esposa GABRIELA DIONICIA GALAN DE TEQUE, deberán solici- tar dentro del plazo máximo de tres (3) meses, el permisode pesca respectivo, bajo sanción de caducidad de pleno derecho del permiso de pesca de la embarcación pesque- ra a ser sustituida, sin que sea necesario para ello notifica-ción alguna por parte del Ministerio de la Producción. Artículo 4º.- La embarcación pesquera "DON VICTOR" de matrícula Nº PT-18830-CM, consignada en el literal A)del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 285-2003-PRO- DUCE, podrá operar hasta que la embarcación objeto de la presente autorización de incremento de flota se encuen-tre en condiciones de efectuar faenas de pesca, en cuyo caso, luego del otorgamiento del permiso de pesca corres- pondiente, deberá procederse a su desguace, conforme alo establecido en el segundo párrafo del artículo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por el Decre- to Supremo Nº 004-2002-PRODUCE. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigi- lancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Ge-neral de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de De- fensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tum- bes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequi-pa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 22615 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G2D /G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G32/G32/G2D/G32/G30/G30/G30/G2D/G50/G45/G2F/G44/G4E/G45 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 263-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 5 de setiembre de 2003 Visto el escrito con registro Nº 09934002 del 30 de mayo de 2003, presentado por JOSÉ MARTIN PALMA BERNAL y ESTEBAN PALMA BERNAL. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 671-97-PE del 31 de octubre de 1997, se autorizó a JOSÉ MAR- TIN PALMA BERNAL y ESTEBAN PALMA BERNAL elincremento de flota para una embarcación pesquera de madera, de construcción nacional, utilizando redes de cerco de longitud mínima de malla de 1 1/2 pulgada (38mm.), para la extracción de los recursos hidrobiológi- cos suco, cachema, lisa y chita, con destino al consu- mo humano directo;