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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 sición de una nueva embarcación con dicha capacidad de bodega. Artículo 2º.- El saldo 70 m3 generado de la reducción de capacidad de bodega a que se refiere el artículo pre-sente, deberá ser utilizado dentro del plazo establecido por la normatividad pesquera vigente. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigi- lancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Ge- neral de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de De-fensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moque- gua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 22610 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F /G64/G65/G20/G70/G65/G73/G63/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61/G46/G6C/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G49/G6C/G6F/G20/G53/G2E/G52/G2E/G4C/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 333-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 2 de octubre del 2003 Vistos los escritos con registro Nº CE-02331002 del 17 de octubre y 11 de noviembre de 2002, 2 y 10 de abril y 2 de setiembre de 2003, presentados por EMPRESA PES- QUERA FLOR DE ILO S.R.L. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido por el numeral 1 del literal c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca -, para el desarrollo de las actividadespesqueras las personas naturales y jurídicas requerirán de permiso de pesca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional, el mismo que es otorgadoa nivel nacional por el Ministerio de la Producción, confor- me lo dispone el artículo 46º del mismo cuerpo legal, en concordancia con la Quinta Disposición Complementaria,Transitoria y Final de la Ley Nº 27789 - Ley de Organiza- ción y Funciones del Ministerio de la Producción; Que según el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, el permiso de pesca es indesligable de la embar- cación a la que corresponde. La transferencia de la propie-dad o posesión de las embarcaciones pesqueras de ban- dera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismostérminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolución Ministerial Nº 101-95-PE del 27 de febrero de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazodeterminado, entre otros, a PESQUERA FATIMA E.I.R.L., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional "LOURDES", con matrícula Nº CE-4989-CM, para la ex-tracción de recursos hidrobiológicos con destino al consu- mo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cercocon longitud mínima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que a través de los escritos del visto, EMPRESA PES- QUERA FLOR DE ILO S.R.L. solicita el cambio de titulardel permiso de pesca de la embarcación pesquera "LO- URDES", con matrícula Nº CE-4989-CM, al haber adquiri- do la propiedad de dicha embarcación, conforme constaen la Partida Electrónica Nº 11339166 expedida por la Ofi- cina Registral de Lima y Callao; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos esta- blecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Pro-cedimientos Administrativos del Ministerio de la Produc- ción, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular delpermiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 202-2003- PRODUCE/DNEPP-DCHI del 12 de mayo de 2003 y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica; y, De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca -, su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Úni-co de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002- PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de EMPRESA PESQUE- RA FLOR DE ILO S.R.L., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "LOUR-DES", con matrícula Nº CE-4989-CM, en los mismos tér- minos y condiciones en que fuera otorgado a PESQUERA FATIMA E.I.R.L. mediante Resolución Ministerial Nº 101-95-PE. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a PESQUERA FATIMA E.I.R.L., paraoperar la embarcación pesquera "LOURDES", con matrí- cula Nº CE-4989-CM, a través de la Resolución Ministerial Nº 101-95-PE. Artículo 3º.- Excluir a PESQUERA FATIMA E.I.R.L. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera "LOURDES", con matrícula Nº CE-4989-CM, del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229- 2002-PRODUCE y del literal A) del Anexo I de la Resolu- ción Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Artículo 4º.- Incorporar a EMPRESA PESQUERA FLOR DE ILO S.R.L. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera "LOUR-DES", con matrícula Nº CE-4989-CM y la presente resolu- ción, en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229- 2002-PRODUCE y en el literal A) del Anexo I de la Resolu-ción Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vi-gilancia, a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Re- gionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, LaLibertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 22612 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G63/G72/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G63/G61/G70/G61/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G62/G6F/G64/G65/G67/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G2D/G72/G61/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G52/G6F/G73/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 343-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 7 de octubre del 2003 Visto el escrito de registro Nº CE-00904002 de fecha 7 de febrero de 2003, presentado por PESQUERA SANTA ROSA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 082-2002-PE/DNE- PP de fecha 18 de marzo del 2002, se aprobó a favor de PESQUERA SANTA ROSA S.A.C., el cambio de titular delpermiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 490-95-PE de fecha 27 de setiembre de 1995 para operar la embarcación pesquera "SAN ANTONIO III" (ex AMA-ZONAS 3) con matrícula Nº CE-10474-PM de 198.24 m3 de volumen de bodega, para la extracción de recursos hi- drobiológicos con destino al consumo humano indirecto enel ámbito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ pulgada; Que a través de los artículos 4º y 3º de las Resolucio- nes Directorales Nº 109-2000-PE/DNE de fecha 23 de mayo del 2000 y Nº 180-2000-PE/DNE de fecha 4 de julio del 2000, respectivamente, se reservó a favor de PESQUERA