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PÆg. 237550 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de enero de 2003 Los tipos de alumbrado se determinan de acuerdo al tipo de vía, bajo el criterio funcional conforme la Tabla I. TABLA I Tipos de alumbrado según la clasificación vial Tipo de vía Tipo de Función Características del tránsito y la vía alumbrado -Une zonas de alta - Flujo vehicular ininterrumpido. generación de tránsito - Cruces a desnivel.con alta fluidez - No se permite estacionamiento. Expresa I -Accesibilidad a las - Alta velocidad de circulación, mayor a áreas urbanas adya- 60 km/h. centes mediante infra- - No se permite paraderos urbanos sobre estructura especial la calzada principal.(rampas) - No se per mite vehículos de transporte urbano, salvo los casos que tengan vía especial. -Une zonas de alta - No se permite estacionamiento. generación de tránsito - Alta y media velocidad de circulación,con media o alta fluidez entre 60 y 30 km/h. Arterial II -Acceso a las zonas ad- - No se permiten paraderos urbanos so- yacentes mediante vías bre la calzada principal. auxiliares. - V olumen importante de vehículos de transporte público. Permite acceso a vías - Vías que están ubicadas y/o atraviesan locales var ios distritos. Se considera en esta ca- tegoría las vías principales de un distrito o zona céntrica. Colectora 1 II - Generalmente tienen calzadas principa- les y auxiliares. - Circulan vehículos de transporte público. Permite acceso a vías - Vías que están ubicadas entre 1 ó 2 dis- locales tritos. Colectora 2 III - Tienen 1 ó 2 calzadas pr incipales pero no tienen calzadas auxiliares. - Circulan vehículos de transporte público. Permite el acceso al - Los vehículos circulan a una velocidad comercio local máxima de 30 km/h. Local III - Se per mite estacionamiento. Comercial - No se permite vehículos de transporte público. - Flujo peatonal importante. Local IV Per mite acceso a las - Vías con calzadas asfaltadas, veredas Residencial 1 viviendas continuas y con flujo motorizado reduci- do. - Vías con calzadas asfaltadas pero sin veredas continuas y con flujo motorizado muy reducido o nulo. Local V Per mite acceso a las - Vías con calzadas sin asfaltar. Residencial 2 viviendas - Vías con calzadas asfaltadas, veredas continuas y con flujo motorizado muy re- ducido o nulo. Vías V Permite el acceso a las - T ráfico exclusivamente peatonal. peatonales viviendas y propiedades mediante el tráficopeatonal En el caso de las vías regionales y subregionales, debe considerarse sólo el alumbrado en el tramo comprendido dentro de la zona urbana. Para efectos de diseño, los proyectistas deberán tener presente la norma municipal vigente respecto al Sistema Vial Metropolitano. Para proyectos en provincias, se deben considerar nor- mas correspondientes. En todo caso, el proyectista deberá coordinar con el concesionario y la municipalidad respectiva la viabilidad de construcción, estipulados en dichos dispositivos muni- cipales. TÍTULO TERCERO 3. ESTÁNDARES DE CALIDAD DE ALUMBRADO Toda instalación de alumbrado público debe cumplir, como mínimo, con los niveles de alumbrado para tráfico motorizado, tráfico peatonal y áreas públicas recreaciona- les, desde la etapa de diseño como en el control de la Nor- ma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos, la fis- calización por parte de la Autoridad y reclamaciones que pudieran realizar los usuarios. 3.1. Requerimiento para el diseño y la puesta en ope- ración de nuevas instalaciones Para las nuevas instalaciones, así como para su diseño de iluminación, se consideran en la superficie de la vía, los niveles de luminancia, iluminancia e índices de control de deslumbramiento establecidos en la Tabla II, de acuerdo al tipo de alumbrado que corresponde a la vía, conforme al numeral 2 de la presente Norma.La identificación de los tipos de calzada se realizará de acuerdo al siguiente cuadro: Tipo de superficie Tipo de calzada Revestimiento de concreto Clara Revestimiento de asfalto Oscura Superficies de tierra Clara TABLA II Niveles de luminancia , iluminancia e índice de control de deslumbramiento Tipo de Luminancia media Iluminancia media Indice de alumbrado revestimiento seco (lux) control de deslumbramiento ( cd/m2) Calzada clara Calzada oscura (G) I 1,5 - 2,0 15 - 20 30 - 40 ≥ 6 II 1,0 - 2,0 10 - 20 20 - 40 5 - 6 III 0,5 - 1,0 5 - 10 10 - 20 5 - 6 IV 2 - 5 5 - 10 4 - 5 V 1 - 3 2 - 6 4 - 5 En caso de vías exclusivamente peatonales, deberá considerarse un nivel de iluminancia media equivalente al tipo de alumbrado V. 3.1.1 Uniformidades de luminancia e iluminancia La repartición de luminancia e iluminancia debe ser lo suficientemente uniforme para que todo obstáculo desta- que por su silueta, cualquiera que sea la posición del ob- servador. En ambos casos, se respetarán los valores que a con- tinuación se señalan en las Tablas III y IV: Tabla III Uniformidad de luminancia Tipo de Uniformidad Uniformidad alumbrado longitudinal media I ≥0,70 ≥0,40 II ≥0,65 ≥0,40 Tabla IV Uniformidad media de iluminancia Tipo de Uniformidad media Alumbrado III 0,25 - 0,35 IV , V ≥ 0,15 3.1.2 La iluminación de las veredas no deberá ser infe- rior al 20% de la iluminación media de la calzada. 3.1.3 Las estándares de calidad fijados en las Tablas II, III y IV deben verificarse en el momento de la puesta en operación comercial de las nuevas instalaciones de alum- brado de vías públicas. 3.1.4 El control de calidad que se exija en los asentamien- tos humanos (AAHH) que se encuentren en cerros y cuyas vías no están afirmadas, o sea dificultoso el desplazamiento de vehículos rodantes, o la calzada presente ondulaciones, sólo será el parámetro iluminancia media para el tipo de vía que corresponde. Conforme vayan mejorando las vías, les será de aplicación la Tabla II. 3.2. Requerimiento para el control de la calidad del alumbrado y reclamaciones de los usuarios: 3.2.1 Los niveles mínimos de alumbrado para efecto del control de la calidad del alumbrado de vías públicas, para la aplicación de la NTCSE y reclamaciones de usuarios, son las que se indica en la Tabla II. 3.2.2 Todo cambio de color de la calzada obliga que la iluminación de ésta se ajuste a los estándares vigentes que le corresponde. 3.3. Alumbrado de zonas urbano rurales y ruralesDe acuerdo a la clasificación de OSINERG se con- sidera zonas urbano-rurales aquellas que pertenecen al Sector de Distribución Típico 3 y zonas rurales aque- llas que pertenecen al Sector de Distribución Típico 4.