Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2003 (18/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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pacios Publicos, por la causal invocada en la parte considerativa de esta Disposicion, por un periodo de hasta 60 dias calendario contados a partir del 10.julio.2003. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion respectivo, el Servicio de Recoleccion y Disposicion Final de Residuos Solidos Servicios de Limpieza de Vias y Espacios Publicos, procediendose a la Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme a los siguientes detalles: a) Servicio de Recoleccion y Disposicion de Residuos Solidos hasta 2,280 tm. diarias. Valor referencial: S/. 37.00. Hasta S/. 84,360.00 (Ochenta y Cuatro Mil Trescientos Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). b) Servicio de Limpieza de Vias y Espacios Publicos 57 personas. Valor referencial: S/. 791.00. Hasta S/. 90,174.00 (Noventa Mil Ciento Setenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica el presente Acuerdo conforme lo dispone el Art. 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 13484

en los incisos 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los senores miembros del Concejo; asimismo, contando con la dispensa del tramite de la lectura y la aprobacion del acta, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA BENEFICIOS PARA LA REGULARIZACION DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y MULTAS EN GENERAL, EN FAVOR DE LOS VECINOS DEL DISTRITO DEL MORDAZA Articulo Primero.- BENEFICIARIOS DE LA PRESENTE ORDENANZA. Pueden acogerse los vecinos del distrito del MORDAZA que tengan la condicion de contribuyentes, responsables e infractores de los dispositivos municipales de la jurisdiccion, teniendo deudas generadas y/o pendientes de pago por obligaciones tributarias y multas de cualquier naturaleza que hayan sido notificadas hasta el 31 de diciembre de 2002, no importando el estado de fiscalizacion y/o MORDAZA de cobranza ordinaria o coactiva en el que se encuentren. Asimismo, pueden acogerse los contribuyentes que voluntariamente reconozcan tener obligaciones pendientes, detectadas o no por la Municipalidad. Articulo Segundo.- PLAZO PARA ACOGERSE A LA PRESENTE ORDENANZA. Los contribuyentes, responsables y/o infractores podran acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza desde el dia siguiente de su publicacion en Diario Oficial El Peruano, hasta el 30 setiembre del ano 2003. Articulo Tercero.- BENEFICIO PARA LOS CASOS DE TRIBUTOS ADEUDADOS. Se establecen las siguientes disposiciones: 1. En el caso de las obligaciones tributarias pendientes de pago al 31 de diciembre de 2002, se condona el 100% de los reajustes e intereses moratorios a los que hubiera lugar. El pago al contado en el caso de los arbitrios tiene un descuento adicional del 30% sobre el monto total. 2.- Adicionalmente, en el caso del pago fraccionado de los arbitrios pendientes de pago al 31 de diciembre de 2002, se otorga el plazo MORDAZA de seis (6) meses para su cancelacion total. De no cumplir con el pago, el contribuyente debera cancelar el total de la deuda contraida, incluyendo los intereses de ley generados durante el tiempo que dejo de pagar. Articulo Cuarto.- BENEFICIO PARA LOS CASOS DE MULTAS TRIBUTARIAS. Se establecen las siguientes disposiciones: 1. Los contribuyentes que no hubiesen cumplido con la obligacion de presentar la declaracion jurada y que a la fecha de publicacion de la presente Ordenanza no hayan sido multados, tendran un plazo de 30 dias calendario para regularizar su situacion presentando la declaracion jurada pertinente. Transcurrido el plazo indicado, seran pasibles de fiscalizacion e imposicion de las sanciones correspondientes. 2. En el caso de las multas tributarias impuestas hasta el 31 de diciembre de 2002, se condonara el 100% de los recargos, intereses y reajustes; asimismo, se descontara en un 50% del valor insoluto de la multa. Articulo Quinto.- BENEFICIO PARA LOS CASOS DE MULTAS ADMINISTRATIVAS. Se establecen las siguientes disposiciones: 1. Los alcances del beneficio comprenden la condonacion del 100% de los recargos, reajustes y actualizacion del IPM de todas aquellas sanciones administrativas que se produjeron hasta el 31 de diciembre de 2002, las que tendran un descuento del 50% sobre el valor de la multa insoluta. 2. Los contribuyentes, responsables, infractores y/o obligados que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva y fiscalizacion, pueden acogerse a la presente Ordenanza, sin pago de costas y gastos procedimentales. Articulo Sexto.- EL PAGO DE LAS MULTAS NO ENERVA LA SUBSANACION DE LAS INFRACCIONES

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Establecen beneficios para la regularizacion de obligaciones tributarias y multas en general, en favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 072-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito del MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha 11 de MORDAZA de 2003, aprobo por unanimidad el Dictamen Nº 001-2003-SR-MDR-CAR, emitida por la Comision de Regidores de Administracion y Rentas, que otorga beneficio tributario a favor de los contribuyentes y/o infractores del distrito del Rimac; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - D.S. Nº 135-99-EF, dispone que excepcionalmente los gobiernos locales pueden condonar con caracter general el interes moratorio, los recargos y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, la politica de la actual gestion esta encaminada a velar permanentemente por el saneamiento y actualizacion de la base de datos de los vecinos y contribuyentes del distrito, asi como el dirigir las acciones que viabilicen la fiscalizacion de sus Estados de Cuenta; asimismo, el procurar el bienestar de la comunidad rimense otorgandoles facilidades tributarias y administrativas, teniendo en cuenta la situacion economica por la que atraviesa actualmente el MORDAZA, sentando asi las bases para una MORDAZA y eficiente gestion tributaria y administrativa; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes; en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo

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