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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2003 (18/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 248411 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de julio de 2003 torización y/o regularización de obras menores, definida en el artículo 1º de la presente Ordenanza, concordanteen cuanto corresponda con lo establecido en el Artículo 51º del Reglamento de la Ley Nº 27157, aprobado por D.S. Nº 008-2000-MTC. Artículo 3º. - Procedimientos y Requisitos 3.1 La presentación del expediente, deberá contener la siguiente documentación: 1. Carpeta con Formulario Oficial Múltiple (FOM). 2. Título de Propiedad y/o copia literal de dominio. 3. Planos de ubicación y arquitectura; indicando la ubi- cación del predio y diseño de la obra menor a realizar, con cuadro de áreas existentes y ampliación, de ser el caso, firmado por el propietario y Arquitecto o IngenieroColegiado. 4. Memoria Descriptiva, conteniendo el detalle de la obra a ejecutar, indicando fecha de inicio, plazo de ejecu-ción y monto estimado. 5. Carta de responsabilidad de obra, firmada por Ar- quitecto o Ingeniero Colegiado. 6. Boleta de Habilidad expedida por el Colegio Profe- sional respectivo. 7. Recibo de pago único por derecho de trámite y au- torización de construcción de Obra Menor. 3.2 Tratándose de inmuebles comprendidos en el Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Ex- clusiva y de Propiedad Común, cuando las obras a eje- cutar afecten áreas de dominio común o la aparienciaexterna del predio, en concordancia con lo establecido en los artículos 136º y 141º del Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, Reglamento de la Ley Nº 27157; sedeberá adjuntar, la autorización de la Junta de Propie- tarios, debidamente constituida, aprobada por mayo- ría calificada. 3.3 Presentado el expediente con la documentación requerida será revisada, evaluada y de cumplir con la normatividad vigente, será aprobada por Resolución Ge-rencial de Desarrollo Urbano, en un plazo no mayor de 10 días útiles, transcurridos los cuales será de aplica- ción el Silencio Administrativo Positivo. 3.4 El propietario, concluida la obra, está obligado a realizar los trámites de ampliación de área en el Registro Catastral, en un plazo no mayor de 30 días útiles. Artículo 4º.- Vigencia de la Autorización. Las autorizaciones de obra menor expedidas al am- paro de la presente Ordenanza, tendrán una vigencia de 90 días útiles, computables desde la fecha de su expedi- ción. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Incorpórese el Procedimiento de Autoriza- ción de Construcción de Obra Menor - acondicionamien- to, refacción y/o ampliación - a que se contrae la presen-te Ordenanza en el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos de la Municipalidad de San Borja. Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de Control de la Gestión, el cumpli- miento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 13471 Regulan la provisión de estacionamien- tos vehiculares que requiere todo in- mueble en el distrito ORDENANZA Nº 274 San Borja, 11 de julio del 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Borja, en su XIII-2003 Sesión Ordinaria de fecha 4 de julio del 2003, aprobó la siguiente: NORMA QUE REGULA LA PROVISIÓN DE ESTACIONAMIENTOS VEHICULARES QUE REQUIERE TODO INMUEBLE EN EL DISTRITO DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Art. 194º e Inc. 4º del Art. 200º de la Constitución Política del Estado, en concor- dancia con el Art. II del Título Preliminar y los Artícu- los 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972; las Municipalidades Distritales son órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y,cumplen sus funciones normativas, mediante Ordenan- zas, las que tienen rango de Ley en el ámbito de su jurisdicción; Que, es indispensable que cada unidad inmobiliaria (vivienda, comercio, industria, servicios y otros) nueva o existente cuente con espacios suficientes que permitancubrir las demandas actuales de estacionamiento dentro del lote, toda vez que la falta de provisión de estos espa- cios conlleva a la ocupación indebida de áreas públicas,tales como: frentes de lotes de propiedades colindantes, bermas, pistas, etc; generando desorden y malestar a la comunidad; Que, el distrito de San Borja afronta un crecimiento urbano vertical, producto de la demolición de viviendas unifamiliares; así como el incremento y consolidación deáreas y ejes comerciales, como la Av. Aviación, Av. San Luis, Av. La Rosa Toro y Av. Angamos; generando una mayor densidad e incremento en el parque automotor,creando una gran demanda de estacionamiento vehicu- lar; sin que exista la oferta correspondiente; por lo que se requiere contar con una normatividad acorde a reali-dad urbana del distrito; Que, las Ordenanzas Nº 028 y Nº 252, así como las normas establecidas en el Reglamento Nacional deConstrucciones, no se encuentran acordes al desarro- llo y crecimiento urbano del distrito, siendo convenien- te establecer normas técnico-legales que regulen elrequerimiento de estacionamientos dentro del lote de acuerdo al uso de la edificación y según las caracte- rísticas del mismo; Que, para ofrecer una oferta de estacionamientos que satisfaga los requerimientos, es necesario promo- ver la inversión privada mediante incentivos. De tal for-ma que a corto y mediano plazo, especialmente, las edificaciones existentes con déficit de estacionamien- tos puedan adecuarse de forma progresiva a la pre-sente ordenanza; CAPÍTULO I OBJETIVOS Y ALCANCES Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por finali- dad establecer los requerimientos mínimos para la ela- boración de proyectos de edificación, modificación y/o remodelación; en lo referente a estacionamientos vehi-culares, para el trámite de Licencia de Obra y de Funcio- namiento de Locales Comerciales en la jurisdicción del distrito de San Borja. Artículo 2º.- La aplicación de la presente Ordenan- za, alcanza a toda persona natural o jurídica que de- see realizar obras de edificación, ampliación, modifi-cación, remodelación y/o cambio de uso; así como solicitar Licencia de Apertura de Establecimiento de locales comerciales, en la jurisdicción del distrito deSan Borja Artículo 3º.- Los locales comerciales con Licencia de Apertura de Establecimiento que a la entrada en vigen-cia de la presente Ordenanza, tengan déficit de estacio- namiento, estarán obligados a adecuarse a esta Orde- nanza en un plazo no mayor de 2 años.