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PÆg. 246687 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de junio de 2003 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen traslado de jueza de paz letra- do al Distrito Judicial de Arequipa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 072-2003-CE-PJ Lima, 20 de junio del 2003 VISTO:El expediente administrativo que contiene la solicitud presentada por la Magistrada Lucía Socorro Adriana Arni-llas Paredes, Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado deldistrito de Monsefú, Distrito Judicial de Lambayeque, sobretraslado a una plaza de similar rango y especialidad en elDistrito Judicial de Arequipa, por motivos de salud, oído elinforme oral; y, CONSIDERANDO: Que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3º del Regla- mento de Traslados de Magistrados, aprobado por Resolu-ción Administrativa Nº 052-93-CE-PJ, el traslado por razonesde salud procede "cuando la atención de una dolencia delMagistrado, su cónyuge o hijos menores de edad, requierentratamiento especializado permanente que no se pueda ob-tener en la sede de origen, o cuando su clima o la ubicacióngeográfica les sean perjudiciales a su salud (...)"; Que, el pedido de traslado presentado por la Magistra- da Lucía Socorro Adriana Arnillas Paredes, Juez Titular delJuzgado de Paz Letrado del distrito de Monsefú, se sus-tenta en que viene sufriendo de un cuadro de asma bron-quial, rinitis alérgica, dermatitis atópica crónica, y de artritisreumatoidea, así como de procesos alérgicos, que vienenafectando sus sistemas respiratorio y visual, habiéndosedeterminado que en su caso es el medio ambiente y elclima húmedo imperante en la zona en donde actualmentelabora y reside, el factor desencadenante de su enferme-dad, por lo que el médico tratante ha recomendado uncambio de ambiente a una ciudad con clima seco y dealtura como la ciudad de Arequipa de la que es natural,prescribiendo la continuación del tratamiento en dicha lo-calidad, a efectos de lograr su plena recuperación; Que, del Informe Médico expedido por el Director del Po- liclínico Chiclayo Oeste de EsSalud, de fojas 04, aparece quela Magistrada Lucía Socorro Adriana Arnillas Paredes vienesiendo atendida en el Servicio de Medicina General de dichoCentro de Salud, en donde se encuentran registrados lossiguientes diagnósticos: Asma Bronquial, Rinitis Alérgica,Dermatitis Atópica Crónica y Artritis Reumatoide; asimismoaparecen de fojas 05 a 07, las Constancias expedidas por elCentro Médico "Juan Aita Valle" de ciudad Eten, y por elCentro de Salud "Miguel Custodio Pisfil" - CLAS MONSEFU,respectivamente, en donde se acredita que la Magistradarecurrente ha sido atendida por emergencia al presentar cri-sis asmáticas; así como atenciones ambulatorias y hospitala-rias, las que obran de fojas 08 a 10; Que, complementando los fundamentos de su solicitud de traslado la Magistrada recurrente también acredita conel Informe Médico expedido por el Jefe de Medicina delHospital de Yanahuara, Arequipa, que en dicha localidadno registra en historia la existencia de Procesos Alérgicosni de Asma Bronquial durante el periodo que fue internadaen ese centro médico; de igual modo, acredita con el Infor-me Médico suscrito por el Director y por el Jefe MédicoQuirúrgico del Hospital I Edmundo Escomel, Arequipa, queactualmente padece de Asma Bronquial y Dermatitis Atópi-ca, enfermedades que pueden ser agravadas en mediosambientes de humedad elevada o contaminación ambien-tal, recomendando que la paciente siga su tratamiento enla ciudad de Arequipa; Que, en tal sentido, la nombrada Magistrada declara que solicita su traslado a la ciudad de Arequipa, debido alas recomendaciones de los médicos que la han atendido,señalando que cuenta en esta localidad con vivienda fami-liar propia, y que en la actualidad existen plazas vacantesen la Corte Superior de Justicia de Arequipa;Que, al respecto, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ha comunicado a la nombrada Magis-trada, conforme aparece del Informe Nº 059-2003-PER-A-CSJAR/PJ, expedido con fecha 17 de marzo del año encurso, que sí existen plazas vacantes en el cargo de Juezde Paz Letrado en la referida Corte Superior; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso12) del artículo 82º de la Ley Orgánica del Poder Judicial,en sesión ordinaria de la fecha, con lo expuesto en elInforme del señor Consejero Benjamín Ordóñez Valverde,quien no interviene por encontrarse de licencia, por unani-midad; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar fundada la Solicitud de Trasla- do, por motivos de salud, presentada por la Magistrada LucíaSocorro Adriana Arnillas Paredes, Juez Titular del Juzgado dePaz Letrado del distrito de Monsefú, Distrito Judicial de Lamba-yeque, en consecuencia disponer su traslado a una plaza deigual nivel en el Distrito Judicial de Arequipa. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa para que disponga laubicación de la nombrada Magistrada en el Juzgado dePaz Letrado que se encuentre vacante y disponible. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú-blica, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficinade Control de la Magistratura del Poder Judicial, al Presi-dente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, alPresidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ala Gerencia General del Poder Judicial, y a la interesada,para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase.SS.HUGO SIVINA HURTADOWALTER VÁSQUEZ VEJARANOJORGE B. CALDERÓN CASTILLOCARLOS E. ALVA ANGULO11939 Aprueban Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Ministerio de Justicia para acceder al Sistema Perua- no de Información Jurídica - SPIJ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 074-2003-CE-PJ Lima, 23 de junio del 2003 VISTO: El Oficio Nº 590-2003-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia General del Poder Judicial remite a éste Órgano de Gobierno el Proyecto de Convenio deCooperación Interinstitucional entre el Poder Judicial y elMinisterio de Justicia, que posibilita el acceso de este Po-der del Estado a la Base de Datos del Sistema Peruano deInformación Jurídica - SPIJ; Que, el Convenio tiene por objeto establecer una rela- ción de colaboración y cooperación institucional entre elPoder Judicial y el Ministerio de Justicia, de manera queambos obtengan beneficios en provecho de su desarrollo; Que, este Poder del Estado requiere determinados Bie- nes y Servicios para el cumplimiento de sus metas destina-das a mejorar la Administración de Justicia; siendo de inte-rés del Poder Judicial acceder y constituirse en usuariopermanente del Sistema Peruano de Información Jurídica- SPIJ, desarrollado por el Ministerio de Justicia, que siste-matiza y difunde la legislación peruana, así como la juris-prudencia de carácter general que expiden los Tribunalesde Justicia de la República;